Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2013 (23/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su articulo 38º senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de MORDAZA procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar, en el caso de Municipalidades, por Decreto de Alcaldia; Que, la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala en su Articulo 42º que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, es objetivo primordial de la actual gestion municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como celula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion a la familia que el MORDAZA juridico exige, y que en MORDAZA de lo consagrado por el Articulo 4º de nuestra Constitucion Politica, es obligacion del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y el Articulo 248º y 252º del Codigo Civil vigente; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR y EJECUTAR la ceremonia del Matrimonio Civil Comunitario del presente ano, la misma que se llevara a cabo el dia 05 de junio del presente ano, a las 11.00 horas en el Establecimiento Penal de Lurigancho, ubicado en la Av. El Sol Nº S/N A.H. San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- DISPENSAR la publicacion de los avisos de Ley para el Matrimonio Civil Comunitario, realizandose una unica publicacion en el Diario Oficial El Peruano, indicando en forma generica el dia, la hora y el lugar donde se llevara a cabo el Matrimonio Civil Comunitario. Articulo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estaran disgregados de la siguiente manera: - POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en MORDAZA del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles). - CERTIFICADO PRE NUPCIAL: Pagar en MORDAZA del Local Central por Examen Medico la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para participar en el Matrimonio Civil Comunitario, son los que a continuacion se detallan: - Acta de nacimiento de ambos contrayentes (original actualizada). - Certificado de Inscripcion de RENIEC y Certificado de Reclusion del Contrayente. - Copias legalizadas del D.N.I. de la Contrayente. - Certificado Pre Nupcial (medico), expedido por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho (S/. 60.00). - Apertura de Expediente Matrimonial (S/. 40.00). - Declaracion Jurada de Domicilio de ambos contrayentes - MORDAZA de No Inscripcion de Matrimonio (Certificado de Solteria) del lugar donde indica su Documento de Identidad. - MORDAZA legalizada del D.N.I. de dos ( 02) testigos (que no MORDAZA familiares)

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2013

- Se dispensara la publicacion en el Diario. Articulo Quinto.- AUTORIZAR la recepcion de los Expedientes Matrimoniales a partir de la expedicion del presente Decreto de Alcaldia, hasta el dia lunes 03 de junio del 2013. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Secretaria General a traves de la Sub Gerencia de Registro Civil, el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 940235-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Prorrogan vigencia de Ordenanza Nº 341-MDSMP que aprobo beneficio temporal para los comites y/o juntas vecinales de seguridad ciudadana y organizaciones sociales de base para su reconocimiento y registro en el RUOS de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2013/MDSMP San MORDAZA de Porres, 30 de MORDAZA del 2013 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El Informe Nº 27-2013/GPC/MDSMP de la Gerencia de Participacion Ciudadana, sobre prorroga de vigencia de Ordenanza; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 341-MDSMP (15. FEBRERO.2013), publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 01.MARZO.2013, se aprobo el Beneficio Temporal para los Comites y/o Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana y Organizaciones Sociales de Base para su Reconocimiento y Registro en el RUOS de la Municipalidad; Que, con Informe de Visto, la Gerencia de Participacion Ciudadana solicita la prorroga de la vigencia de la mencionada disposicion municipal, a efectos de que se acoja el mayor numero de organizaciones que se encuentran dentro de sus alcances, lo que deviene viable, conforme lo senala la Gerencia de Asesoria Juridica a traves de su Informe Nº 412-2013-GAJ/MDSMP; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria Final de la Ordenanza Nº 341-MDSMP faculta al senor MORDAZA prorrogar su vigencia; Con la visacion de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia de Participacion Ciudadana; De conformidad con los articulos 20, inciso 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 ­ Organica de Municipalidades, asi como MORDAZA Disposicion Transitoria Final de la Ordenanza Nº 341-MDSMP; DECRETA Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 341-MDSMP (15.FEBRERO.2013) hasta el 28.JUNIO.2013. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Participacion Ciudadana la estricta aplicacion de la

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