Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2013 (23/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2013

Aprueban ejecucion de ceremonias de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011 San MORDAZA de Lurigancho, 13 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto el Informe Nº 026-2013-SGRRCC-SG/MDSJL, de fecha 13/05/2013 de la Sub Gerencia de Registro Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 026-2013-SGRRCC/SG/ MDSJL la Sub Gerencia de Registro Civil senala que de acuerdo al Plan Operativo 2013 de la indicada Sub Gerencia se tiene programado llevar a cabo el Matrimonio Civil Comunitario en el Modulo Siglo XXI, para el sabado 20 de MORDAZA del presente ano, a las 11.00 horas; Que, el articulo 252º del Codigo Civil vigente faculta al MORDAZA dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248º del mismo cuerpo legal; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su articulo 38º senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar, en el caso de Municipalidades, por Decreto de Alcaldia; Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades senala en su articulo 42º que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, es objetivo primordial de la actual gestion municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como celula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion a la familia que el MORDAZA juridico exige, y que en MORDAZA de lo consagrado por el articulo 4º de nuestra Constitucion Politica, es obligacion del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a lo establecido en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y el articulo 248º y 252º del Codigo Civil vigente; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR y EJECUTAR la ceremonia del Matrimonio Civil Comunitario del presente ano, la misma que se llevara a cabo el dia sabado 20 de MORDAZA del ano 2013, a las 11.00 horas en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha, ubicado en la Av. Proceres de la Independencia Cuadra 15 ­ San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- DISPENSAR la publicacion de los avisos de Ley para el Matrimonio Civil Comunitario, realizandose una unica publicacion en el Diario Oficial El Peruano, indicando en forma generica el dia, la hora y el lugar donde se llevara a cabo el Matrimonio Civil Comunitario. Articulo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Masivo la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estaran disgregados de la siguiente manera:

- POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en MORDAZA del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles). - CERTIFICADO PRENUPCIAL: Pagar en MORDAZA del Local Central por Examen Medico la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para participar en el Tercer Matrimonio Civil Comunitario, son los que a continuacion se detallan: 1. Acta de Nacimiento de ambos contrayentes (original y MORDAZA actualizada). 2. Copias legalizadas de D.N.I. de ambos novios. 3. Certificado Pre-Nupcial (medico) expedido por la Municipalidad S/ 60.00. 4. Expediente Matrimonial S/ 40.00. 5. Declaracion Jurada de Domicilio. 6. MORDAZA de No Inscripcion de Matrimonio (Certificado de Solteria). 7. MORDAZA autenticada del D.N.I. de dos (2) testigos. 8. El Acta de Nacimiento, Certificado de Solteria, Certificado del domicilio del Contrayente extranjero, debe contar con la visacion del Consul Peruano en el MORDAZA de origen, asi como con la legalizacion del Ministerio de Relaciones Exteriores. 9. Se dispensara la publicacion en el Diario. Articulo Quinto.- AUTORIZAR la recepcion de los Expedientes Matrimoniales a partir de la expedicion del presente Decreto de Alcaldia, hasta el dia miercoles 17 de MORDAZA del 2013. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Secretaria General a traves de la Sub Gerencia de Registro Civil, el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 940233-1 DECRETO DE ALCALDIA Nº 012 San MORDAZA de Lurigancho, 14 de MORDAZA de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto el Informe Nº 027-2013-SGRRCC-SG/MDSJL, de fecha 14/05/2013 de la Sub Gerencia de Registro Civil; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 027-2013-SGRRCC/SG/ MDSJL la Sub Gerencia de Registro Civil senala que de acuerdo al Plan Operativo 2013 de la indicada Sub Gerencia se tiene programado llevar a cabo el Matrimonio Civil Comunitario en la Iglesia de Jesucristo de los MORDAZA de los Ultimos Dias, para el sabado 25 de MORDAZA del presente ano, a las 11.00 horas; Que, el Articulo 252º del Codigo Civil vigente faculta al MORDAZA dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248º del mismo cuerpo legal; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su articulo 38º senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de MORDAZA procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar, en el caso de Municipalidades, por Decreto de Alcaldia;

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