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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2013 (23/05/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

El Peruano Jueves 23 de mayo de 2013 495328 de una Agencia ubicada en Jr. Virrey Toledo N° 468, Distrito, Provincia y Departamento de Huancavelica. Regístrese, comuniqúese y publiquese. DEMETRIO CASTRO ZARATE Intendente General de Microfi nanzas 939884-2 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SBS N° 2935-2013 Mediante Ofi cio N° 20312-2013-SBS, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución SBS N° 2935-2013, publicada en Separata Especial el día 16 de mayo de 2013. En el Artículo Segundo, en la antepenúltima defi nición comprendida en el literal a. del artículo 24° del Capítulo V de las Normas para la Reducción y Elección de la Comisión sobre el Flujo; DICE: ݎ݉௞ൌሺͳ ൅ݎܽ௞ሻଵȀଵଶെͳ, donde es la rentabilidad real anual del fondo de pensiones k. Siendo ݎܽ௞ igual a 3%, 5% y 7% para los fondos de pensiones tipo 1, 2 y 3, respectivamente. DEBE DECIR: ݎ݉௞ൌሺͳ ൅ݎܽ௞ሻଵȀଵଶെͳ, donde ݎܽ௞ es la rentabilidad real anual del fondo de pensiones k. Siendo ݎܽ௞ igual a 3%, 5% y 7% para los fondos de pensiones tipo 1, 2 y 3, respectivamente. 940264-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueba Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2014, del Gobierno Regional del Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 000013 Callao, 17 de mayo del 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 17 de mayo del 2013. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 191º, señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones; Que, la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el artículo 32º establece que la gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, la Ley Nº 29298, Ley que modifi ca la Ley Nº 28056 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, defi nen y establecen las disposiciones, alcances y objetivos del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modifi catoria la Ley Nº 29298 y el Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, indican que el Proceso del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil y, que para ello los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos, y que, mediante ordenanza, dispondrán las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso del Presupuesto Participativo, particularmente de aquellos representantes de la sociedad civil; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007- 2010-EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010- EF/76.01 – “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados”, con la fi nalidad de orientar y fortalecer los procesos de planeamiento concertado y Presupuesto Participativo; Que, mediante Memorando Nº 1237-2013-GRC/ GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial remite el proyecto de Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados 2014 a la Gerencia de Asesoria Juridica a fi n de que emita el informe Legal correpondiente; Que,la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 740 -2013-GRC/GAJ, considera que es viable y procedente la aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados 2014, el mismo que debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2014 DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2014, del Gobierno Regional del Callao, el cual consta de trece capítulos, veintiséis artículos y tres Disposiciones Finales, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, cuyo texto se publica en el Portal Institucional www.regioncallao.gob.pe Artículo 2º.- Encárguese a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciónes la publicación de la presente Ordenanza Regional y el reglamento precitado en el artículo anterior, en el portal institucional www. regioncallao.gob.pe así como en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano. gob.pe; el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe; y en el Portal del Ministerio de Justicia. Artículo 3º.- Encárgase a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la adopción de las acciones pertinentes a fi n de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza.