Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2013 (23/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2013

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alimentos de origen nacional, ayudando a conservar la biodiversidad de este grano andino. Al respecto cumple con remitir la Opinion Tecnica contenida en el OFICIO Nº 198-2012-DRA-P/DPA/D, suscrita por el Director de Promocion Agraria; por el cual senala en su punto primero: Sobre el area cosechada rendimiento y volumen de produccion a nivel Regional y Nacional. A nivel Regional se cultiva 1,477 hectareas, con una produccion de 1,880 toneladas metricas (ano 2011), mayormente en las Provincias de Yunguyo, Chucuito y Huancane. A nivel nacional se llega a cultivar 9,303 hectareas de Tarwi, con una produccion total de 10,521 toneladas metricas (ano 2010). Establece el contenido de la parte resolutiva de la Ordenanza misma. Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa teniendo por mision organizar, y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa. Que, teniendo en cuenta que uno de los principales problemas a nivel nacional y mundial es la crisis alimentaria generada no por falta de alimentos sino porque los que se proveen carecen de los nutrientes necesarios para la poblacion dejandose de lado este aspecto fundamental, asi mismo ante la inexistencia de entidad publica y/o privada que promueva la produccion del Tarwi como producto nativo. Que, nuestra Constitucion Politica del Peru en su Articulo 88º, refiere: "El Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario...", comprendiendo este como la asistencia tecnica, credito, comercializacion, agro industria, trabajo rural y el uso de los recursos necesarios para la mejorar la produccion y por ende todas las actividades que emanan de esta; en beneficio de nuestra poblacion rural dedicada a la actividad agricola. Ademas del desarrollo que no debera ser entendido tampoco como un simple crecimiento economico sino mas bien como un desarrollo tecnologico y productivo plasmado en mecanismos necesarios para la exportacion de productos oriundos de la MORDAZA altiplanica, al exterior. Que, conforme la Ley Nº 27867, es traves de su Articulo 46º que regula: "Las funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las politicas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las politicas nacionales sobre la materia". En su Articulo 51º, refiere sobre las Funciones en materia agraria, d)"Promover la transformacion, comercializacion, exportacion y consumo de productos naturales y agroindustriales de la region"; literal h) "Promover la provision de recursos financieros privados a las empresas y organizaciones de la region, con enfasis en las micro, pequenas y medianas empresas y las unidades productivas orientadas a la exportacion". Asi mismo en su literal o)"Promover politicas para generar una cultura de seguridad alimentaria". Que, acorde con lo previsto por el Articulo 38° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia...". Por tanto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales- Ley Nº 27867. El Pleno del Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros integrantes APROBO: ORDENA: Articulo Primero.- DECLARAR de interes regional, la especie de leguminosa Lupinus mutabilis sweet (tarwi); por ser un producto alimenticio altamente nutritivo y que contribuye a la seguridad y soberania alimentaria nacional, disminuyendo los indices de desnutricion y mejorando las condiciones de MORDAZA del poblador rural de la Region Puno.

cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 5º de la Ley Nº 29091. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 940284-3

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de interes regional la especie de leguminosa Lupinus Mutabilis Sweet (Tarwi)
(Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 09-2013-G.R. PUNO/OCRG, recibido el 21 de MORDAZA de 2013) ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2012-GRP-CRP EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE PUNO; en Sesion Ordinaria Nº 07-2012, aprobo por unanimidad la Ordenanza Regional que establece la declaratoria como producto de interes regional al Tarwi, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta Respectiva, considerando lo siguiente: Que, visto el Expediente Administrativo Nº 317, Mocion de Orden, Propuesta de Ordenanza Regional formulada por la Consejeria de Yunguyo por la que se busca declarar como producto de interes regional la especie de leguminosa - Lupinus mutabilis sweet (tarwi); teniendo en cuenta sus propiedades nutritivas y el derecho que tiene la poblacion a la seguridad alimentaria y nutricional. Que, mediante CARTA Nº 080-2012-GR PUNO-CRP/ SCRP, se remite el presente Expediente Administrativo a la Comision Ordinaria de Desarrollo Economico y Cooperacion Tecnica, la misma solicita mediante Oficio Nº 008-2012-CRP-CODEyCT, emision de Opinion Legal. Asi mismo con Oficio Nº 009-2012-CRP-CODEyCT, se solicita a la Direccion Regional Agraria la emision de Opinion Tecnica con respecto a la Mocion de Orden remitida. Que, con Oficio Nº 700-2012-GR-PUNO/PR, remitido en fecha 22 de MORDAZA del 2012, el Presidente Regional cumple con remitir la respectiva Opinion Legal contenida en el INFORME LEGAL Nº 196-2012-GR PUNO/ORAJ, suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica del Gobierno Regional, donde de los antecedentes y analisis legal respectivo senala en su punto sexto: "...consideramos pertinente emitir acto de declaracion de interes regional a la especie leguminosa Lupinus Mutabilis (tarwi), a traves de una Ordenanza Regional, siendo procedente emitir el presente expediente al Consejo Regional para su debate y eventual aprobacion, de conformidad con el Articulo 121º, inciso e) del citado Reglamento, asi como lo dispuesto por el Articulo 15º numeral a) de la ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales que establece como parte de las funciones del Gobierno Regional...". Que, con Oficio Nº 726-2012-DRA-P, remitido en fecha 28 de junio del ano en curso, el Director Regional de la Direccion Regional Agraria, indica que es importante resaltar que uno de los MORDAZA de la oferta alimentaria nacional y regional esta basada en los productos de origen local como el tarwi que contribuyen tanto a la seguridad y a la soberania alimentaria. Del Acuerdo Nacional y en la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004-2015 (ENSA 2004-2015), establece el objetivo de prevenir los riesgos de deficiencias nutricionales y reducir los niveles de malnutricion, incluyendo entre otras medidas el desarrollo de una oferta sostenible y competitiva de

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