Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2013 (23/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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hasta en dos(2) oportunidades por trabajos referidos a la instalacion de circuitos que ha habian sido realizados anteriormente por la suma de S/.37,819.19; disponiendose la remision del expediente que contiene, al Directorio de Gerentes a fin de que se autorice al Procurador Publico Regional para que interponga las acciones legales necesarias en relacion a los hechos en referencia, en salvaguarda de los intereses del Estado; Que, ademas del Oficio Nº 435-2013-GR.LAMB/SG, que contiene el Acuerdo de Sesion de Directorio de fecha 12 de MORDAZA del 2013, se remite a Secretaria General las piezas procesales del expediente de la referencia, a efecto de que se autorice al Procurador Publico Regional para que interponga las acciones legales que corresponda, en cumplimiento a lo decidido en el indicado acto ; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 12 de MORDAZA del 2013, se aprobo emitir la Resolucion Ejecutiva correspondiente para el inicio de las acciones penales y las que fueran pertinentes, atendiendo a que de los hechos consistentes en duplicidad de pagos en remodelacion de instalaciones electricas al interior de la sede Regional del Gobierno Regional, se infiere la materializacion de ilicitos de caracter penal; En cumplimiento del articulo 78º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, inc. 2 del articulo 23º del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Juridica del Estado, articulo 38º del Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS "Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1068 del Sistema de Defensa Juridica del Estado", que estipula que para iniciar cualquier MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, el Procurador Publico Regional debera contar con autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales; En uso de las atribuciones conferidas por Ley Organica de los Gobiernos Regionales aprobada por Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, concordante con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR.LAMB/CR, de fecha 20 de MORDAZA de 2011 y contando con el visto de la Oficina Regional de Asesoria Juridica y Secretario General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al senor Procurador Publico Regional a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que en nombre y representacion del Estado, inicie e impulse las acciones penales y las que fueren pertinentes, respecto a los hechos consistentes en duplicidad de pagos en remodelacion de instalaciones electricas al interior de la sede Regional del Gobierno Regional de Lambayeque. Articulo Segundo.- REMITIR los antecedentes del caso al indicado Procurador Publico Regional a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Articulo Tercero.- PUBLICAR la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano ademas en el MORDAZA Institucional www.regionlambayeque.gob.pe en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 5º de la Ley Nº 29091. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 940284-2 RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 174-2013-GR.LAMB/PR 7 de MORDAZA de 2013 VISTO: Oficio Nº 435-2013-GR.LAMB/SG de fecha 12 de MORDAZA del 2013 que contiene el Acuerdo de Sesion de

El Peruano Jueves 23 de MORDAZA de 2013

Directorio de fecha 12 de MORDAZA del 2013, en el que se Autoriza la intervencion del Procurador Publico Regional en las medidas cautelares que hubieren sobre la MORDAZA de afectacion del area de influencia del terminal maritimo de Puerto Eten, solicitando la expedicion del presente acto resolutivo, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ha observado el plano perimetrico, Memoria Descriptiva, y Resolucion Nº 2012-00097317 de fecha 06-12-2012 que dispone la inscripcion en Primera de dominio a nombre del Estado, segun coordenadas UTM de los vertices DTUMPSAD 56 del area de 1,217.2671 hectareas de terrenos eriazos, que seran destinados para la ejecucion del terminal Maritimo Puerto Eten, por existir superposicion con otros predios inscritos, uno de ellos como consecuencia de una anotacion preventiva ordenada por el Poder Judicial en el MORDAZA judicial iniciado por el senor MORDAZA Munoz Lizarzaburo contra la Municipalidad Distrital de la MORDAZA de Eten, en el MORDAZA que se sigue sobre Prescripcion Adquisitiva; disponiendose la remision del expediente que contiene, al Directorio de Gerentes a fin de que se autorice al Procurador Publico Regional para que interponga las acciones legales necesarias en relacion a los hechos en referencia; Que, ademas del Oficio Nº 435-2013-GR.LAMB/SG, que contiene el Acuerdo de Sesion de Directorio de fecha 12 de MORDAZA del 2013, se remite a Secretaria General las piezas procesales del expediente de la referencia, a efecto de que se autorice al Procurador Publico Regional para que interponga las acciones legales que corresponda, en cumplimiento a lo decidido en el indicado acto; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 12 de MORDAZA del 2013, se aprobo emitir la Resolucion Ejecutiva correspondiente para el inicio de las acciones civiles y las que fueran pertinentes, atendiendo a que de los hechos consistentes en las medidas cautelares que hubieren sobre la MORDAZA de afectacion del area de influencia del Terminal Maritimo de Puerto Eten, se infiere materializacion de ilicitos de caracter civil; En cumplimiento del articulo 78º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, inc. 2 del articulo 23º del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Juridica del Estado, articulo 38º del Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS "Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1068 del Sistema de Defensa Juridica del Estado", que estipula que para iniciar cualquier MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, el Procurador Publico Regional debera contar con autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales; En uso de las atribuciones conferidas por Ley Organica de los Gobiernos Regionales aprobada por Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, concordante con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR.LAMB/CR, de fecha 20 de MORDAZA de 2011 y contando con el visto de la Oficina Regional de Asesoria Juridica y Secretaria General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al senor Procurador Publico Regional a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que en nombre y representacion del Estado, inicie e impulse las acciones civiles y las que fueren pertinentes, respecto a las medidas cautelares que hubieren, sobre la MORDAZA de afectacion del area de influencia del Terminal Maritimo de Puerto Eten. Articulo Segundo.- REMITIR los antecedentes del caso al indicado Procurador Publico Regional a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Articulo Tercero.PUBLICAR la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano ademas en el MORDAZA Institucional www.regionlambayeque.gob.pe en

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