Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2013 (24/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 941506-3 SE RESUELVE:

El Peruano Viernes 24 de MORDAZA de 2013

Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformaran la tripulacion principal y alterna de la aeronave Boeing 737-528 FAP-356, que trasladara a la Primera Vicepresidenta de la Republica y Comitiva Oficial, a la MORDAZA de MORDAZA - Republica del Ecuador, del 23 al 24 de MORDAZA de 2013:
Tripulacion Principal Comandante FAP NSA: O-9544187 Comandante FAP NSA: O-9556188 Comandante FAP NSA: O-9573089 Comandante FAP NSA: O-9589691 Tecnico Inspector FAP NSA: S-60397183 Tecnico de 2da. FAP NSA: S-60738493 Empleada Civil FAP NSA: C-70941901 Empleada Civil FAP NSA: C-71347907 Empleada Civil FAP NSA: C-71361308 Empleada Civil FAP NSA: C-78066810 Tripulacion Alterna Comandante FAP NSA: O-9601791 Empleado Civil FAP NSA: C-P0128910 DNI: 05372957 Tecnico Inspector FAP NSA: S-60529087 Empleada Civil FAP NSA: C-70729794 Empleada Civil FAP NSA: C-71424110 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 43412943 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 02773543 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 07871146 MORDAZA MORDAZA MORDAZA BLACIDO DNI: 43623935 MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 09712366 MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 09221031 MORDAZA LIZ MORDAZA MORDAZA DNI: 06624283 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 45555238 MORDAZA MORDAZA SANONI DNI: 42046732 YELITZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 45560863 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 09393112 MORDAZA MORDAZA MORDAZA VIGNES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 09714481 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 09997179 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 45648824 Piloto Piloto Piloto Piloto Mecanico Mecanico Hostess Hostess Hostess Hostess

Autorizan viaje de personal militar y civil FAP que conformaran la tripulacion principal y alterna que trasladara a la Primera Vicepresidenta de la Republica y Comitiva Oficial a Ecuador
RESOLUCION SUPREMA Nº 230-2013-DE/ MORDAZA, 23 demayo de 2013 VISTO: El Oficio Nº 296-2013/DP-CM/EDEC de fecha 22 de MORDAZA de 2013 del Jefe de la MORDAZA Militar del Presidente de la Republica. CONSIDERANDO: Que, con la Resolucion Suprema Nº 222-2013-DE/FAP de fecha 20 de MORDAZA de 2013, se autorizo el viaje al exterior en Comision de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformaran la tripulacion principal y alterna de la aeronave Boeing 737-528 FAP-356, que trasladara al senor Presidente de la Republica y Comitiva Oficial a las ciudades de MORDAZA de Cali - Republica de Colombia y MORDAZA - Republica del Ecuador, del 22 al 24 de MORDAZA de 2013; Que, posteriormente mediante Resolucion Suprema N° 174-2013-PCM de fecha 22 de MORDAZA de 2013, se autorizo el viaje de la Primera Vicepresidenta de la Republica, senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion del senor Presidente de la Republica del Peru, Ollanta Humala Tasso, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador, el dia 24 de MORDAZA de 2013; Que, con el Oficio Nº 296-2013/DP-CM/EDEC de fecha 22 de MORDAZA de 2013, el Jefe de la MORDAZA Militar del Presidente de la Republica, solicita la programacion para el 23 y 24 de MORDAZA de 2013, de la aeronave Boeing 737-528 FAP-356, que permita apoyar las actividades de la Primera Vicepresidenta de la Republica y Comitiva Oficial; Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformaran la tripulacion principal y alterna de la aeronave Boeing 737-528 FAP-356, que trasladara a la Primera Vicepresidenta de la Republica y Comitiva Oficial a la MORDAZA de MORDAZA - Republica de Ecuador, del 23 al 24 de MORDAZA de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional del Ano Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aerea del Peru, de conformidad con el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951- Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

Piloto Piloto Mecanico Hostess Hostess

Articulo 2º.- La participacion de la Tripulacion Alterna queda supeditada a la imposibilidad de participacion por parte de la Tripulacion Principal. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2013, de acuerdo al concepto siguiente:
Viaticos: US $ 370.00 x 01 dia x 10 personas TOTAL = = US$ 3,700.00 --------------------US$ 3,700.00

Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- El personal comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuaran la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Articulo 6º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 941509-1

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