Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2013 (24/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio disenar, normar y ejecutar la politica nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; asi como, ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento, conforme a Ley; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece que los recursos publicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y por el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion del convenio correspondiente; Que, el numeral 11.2 del referido dispositivo, senala que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); y que las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA de dicha disposicion solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2013; asimismo, dispone que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, sujetandose a lo senalado en el articulo 11 de la Ley Nº 29951, cuando corresponda; senalando que dichas transferencias se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, mediante los Memorandums Nº 084 y 105-2013/ VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, solicita gestionar el dispositivo que autorice una transferencia de partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, por el importe de VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 409 249,00), para la ejecucion de diez (10) proyectos de inversion publica en el ambito rural, precisando que dichos proyectos se encuentran en ejecucion en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica y cuentan con las Adendas a los Convenios suscritos; asi mismo, informa que los recursos para el financiamiento mencionado, seran atendidos con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, con el Memorandum Nº 773-2013/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, hace MORDAZA el Informe Nº 116-2013/VIVIENDA-OGPPUPTO de la Unidad de Presupuesto de la cita Oficina, y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural a

El Peruano Viernes 24 de MORDAZA de 2013

favor de diversos Gobiernos Locales, por la suma de VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 409 249,00), para el financiamiento de la continuidad de ejecucion de diez (10) proyectos de inversion publica de saneamiento rural; precisando que dichos proyectos se encuentran declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, habiendose suscrito las Adendas a los Convenios correspondientes; asi mismo, informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 409 249,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Programa Presupuestal 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001778: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural, Generica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, para financiar la transferencia de recursos indicada; en merito de lo cual, con Oficio Nº 791-2013-VIVIENDA/SG, el referido Ministerio solicita la transferencia de los recursos correspondientes; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, por la suma de VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 409 249,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, para el financiamiento de la continuidad de ejecucion de diez (10) proyectos de inversion publica de saneamiento rural, en el MORDAZA de lo senalado en el articulo 11 de la Ley Nº 29951; De conformidad con lo establecido por el articulo 11 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma de S/. 22 409 249,00 (VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el financiamiento de la continuidad de ejecucion de diez (10) proyectos de inversion publica de saneamiento rural, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles : Gobierno Central

037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PRODUCTO 3 000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5 001778 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 22 409 249,00 =========== TOTAL EGRESOS 22 409 249,00 ===========

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