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El Peruano Viernes 24 de mayo de 2013 495361 SE RESUELVE: Artículo Único.- Apruébese el documento denominado “Estrategia de Gestión Global de Activos y Pasivos 2013 – 2016”, que incluye el Programa Anual de Endeudamiento y Administración de Deuda correspondiente al año 2013, dentro del nuevo marco estratégico de gestión fi nanciera, cuyo texto forma parte de la presente resolución ministerial, como Anexo. El referido Anexo será publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 941505-2 Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 011-2013-EF/15.01 Lima, 22 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifi có el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 293-2012-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo del 1º de enero hasta el 30 de junio de 2013; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 1 al 15 de mayo de 2013; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modifi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo Del 1/5/2013 al 15/5/2013 327 516 578 3 451 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Viceministro de Hacienda encargado del Despacho de la Viceministra de Economía 941099-1 Modifican anexos de la R.D. Nº 008- 2013-EF/50.01, incorporando resultados complementarios de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal correspondiente al 31 de diciembre de 2012 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 010-2013-EF/50.01 Lima, 23 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29332 se crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, cuyo objeto es incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales, la ejecución del gasto en inversión y la reducción de los índices de desnutrición crónica infantil a nivel nacional; Que, la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, incorpora como parte de los objetivos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, el que en adelante se denomina “Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal”, la simplifi cación de trámites, la mejora en la provisión de servicios públicos y la prevención de riesgos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2013-EF se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2013, el cual dispone en su artículo 6º que las Municipalidades deben de cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Plan de Incentivos; Que, conforme al numeral 8.2 del artículo 8º de los procedimientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 002-2013-EF, corresponde una evaluación del cumplimiento de las quince (15) metas establecidas para el 31 de diciembre del 2012. Asimismo, conforme al numeral 8.1 del mismo artículo 8º, los resultados de las evaluaciones son aprobados mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, previo informe de dicha Dirección General, como requisito para la asignación de los recursos; disponiéndose que los gobiernos locales podrán presentar sus observaciones a estos resultados en los plazos que establezca el Ministerio de Economía y Finanzas, las cuales se analizarán con las entidades correspondientes y se procederá a la aprobación de resultados complementarios de las evaluaciones observadas sujetándose a la misma formalidad de aprobación antes mencionada; Que, conforme a la Resolución Directoral Nº 021- 2012-EF/50.01, norma que aprueba los Instructivos para el cumplimiento de las Metas para el año 2012 en el marco del Plan citado en el considerando precedente, correspondiente a las Metas del 17 al 31 establecidas en el Anexo Nº 04 del Decreto Supremo Nº 004-2012-EF; la evaluación del cumplimiento de las metas 17 y 22 se realiza sobre la base de la información registrada por las municipalidades en el Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF-SP a cargo de la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF al 31 de diciembre de 2012; para las metas 21 y 26 se considera la información remitida al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - VIVIENDA al 31 de diciembre de 2012; para las metas 18, 23, 28 y 31 se considera la información remitida al Ministerio de Salud - MINSA al 31 de diciembre de 2012; para las metas 19, 24 y 29 se toma en cuenta la información del Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS al 31 de diciembre de