Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2013 (24/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Viernes 24 de MORDAZA de 2013

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adendas, en las Unidades Ejecutoras 001: Administracion General, 003: MORDAZA Arqueologica Caral, 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano, 005: Naylamp - MORDAZA y 007: Marcahuamachuco del Pliego 003: Ministerio de Cultura; a excepcion de aquellos que se suscriban con instituciones u organismos internacionales o entidades del Gobierno Nacional." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 940973-1

designado, de confianza, o MORDAZA que desempene actividades o funciones en nombre del servicio del Estado; Que, el Articulo 16° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2005-PCM, dispone que el empleado publico que incurra en infracciones establecidas en la Ley y el Reglamento sera sometido al procedimiento administrativo disciplinario, conforme a lo previsto en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 00590-PCM y sus modificatorias; Que, el Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, dispone en su Articulo 167° que el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por Resolucion del Titular de la entidad o del funcionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto; Que, en consecuencia, a fin de desconcentrar las acciones administrativas de gestion, resulta necesario delegar en el Secretario General la facultad de instaurar los procesos administrativos disciplinarios que correspondan en el MORDAZA de la Ley N° 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica y su Reglamento, aprobado por N° 033-2005-PCM; Que, de otro lado, resulta necesario modificar el Articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 003-2013-MC a fin de delegar la suscripcion de convenios de gestion, de cooperacion y/o colaboracion interinstitucional u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, asi como, sus respectivas adendas, a excepcion de aquellos que se suscriban con instituciones u organismos internacionales o entidades del Gobierno Nacional; Estando a lo visado por el Secretario General, el Director General de la Oficina General de Administracion y el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el numeral 1.3 del Articulo 1° de la Resolucion Ministerial N° 003-2013-MC, cuyo texto quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 1°.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2013, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administracion General del Pliego 003: Ministerio de Cultura: (...) 1.3 En materia Disciplinarios de Procesos Administrativos

Otorgan la distincion de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 147-2013-MC MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2013 Vistos, el Informe N° 08-2013-DGICA-VMI/MC de la Direccion General de Inclusion de los Conocimientos Ancestrales, el Informe N°125-2013-DPIC-DGPC/MC de la Direccion de Patrimonio Inmaterial Contemporaneo, el Informe Nº 159-2013-DGIA-VMPCIC/MC de la Direccion General de Industrias Culturales y Arte; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personeria juridica de derecho publico, estableciendo entre sus funciones "conceder reconocimientos al merito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del pais"; Que, el Articulo 11° de la Directiva Nº 001-2011/MC, Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion y el otorgamiento de reconocimientos, aprobada por la Resolucion Ministerial N° 080-2011-MC, modificada por Resolucion Ministerial N° 103-2011-MC y Resolucion Ministerial Nº 302-2012-MC, establece que "el Ministerio de Cultura, mediante Resolucion Ministerial, reconoce a personas naturales y/o juridicas, previo estudio en cada caso en particular, con alguna de las distinciones siguientes: Personalidad Meritoria de la Cultura, otorgada en el MORDAZA de la investigacion, transmision, conservacion, rescate y salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, asi como la creacion academica, intelectual y en el MORDAZA de la creacion e interpretacion artistica diversa (...)"; Que, mediante los documentos del visto, la Direccion General de Inclusion de los Conocimientos Ancestrales, la Direccion de Patrimonio Inmaterial Contemporaneo y la Direccion General de Industrias Culturales y Artes, recomiendan que se otorgue la distincion de "Personalidad Meritoria de la Cultura" a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su destacada labor en la salvaguardia de los conocimientos tradicionales vinculados al cultivo y la preservacion de variedades de quinua y otros cultivos andinos; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA nacio el 22 de setiembre de 1927 en el distrito de Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, y fallecio en 1993. Heredo de sus padres y abuelos su vocacion por la preservacion de los conocimientos tradicionales, especialmente del cuidado de la biodiversidad agricola. Su identificacion y compromiso con la preservacion de los cultivos andinos, lo llevaron a estudiar agronomia en la Universidad Nacional del Centro del Peru, graduandose como ingeniero agronomo en 1965; Que, ese mismo ano ingreso a la docencia en la Facultad de Agronomia de la Universidad Nacional del Centro del Peru en las catedras de Cultivos Alimenticios y Cultivos Andinos. Posteriormente, fue nombrado Administrador de la Granja Experimental del Mantaro

a) Instaurar procesos administrativos disciplinarios a los funcionarios y servidores que se encuentren sujetos al regimen laboral del Decreto Legislativo N° 276. b) Instaurar los procesos administrativos disciplinarios que correspondan en el MORDAZA de la Ley N° 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica y su Reglamento, aprobado por N° 033-2005-PCM." La delegacion de facultades senalada en el presente numeral resulta de aplicacion respecto de todo el Pliego 003: Ministerio de Cultura. Articulo 2°.- Modificar el Articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 003-2013-MC, cuyo texto quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 2°.- Disponer que el Secretario General suscriba Convenios de Gestion, de Cooperacion y/o Colaboracion Interinstitucional, u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, asi como, sus respectivas

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