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El Peruano Martes 5 de noviembre de 2013 506498 apercibimiento de considerarse como infracción grave. Artículo 3º.- QUEDA PROHIBIDA la sustitución de redes de distribución subterránea por redes de distribución aéreas en toda la jurisdicción del distrito de Barranca. Artículo 4º.- PROHÍBASE la instalación de cualquier elemento de distribución de energía eléctrica, de Telefonía o sanitaria adosado a la fachada de un inmueble o cruzando vías en aéreas no permitidas, las cuales deberán ser canalizadas en forma subterránea a través de la vía y empotrados en los paramentos de los inmuebles o a través de interior de los mismos. Artículo 5º.- Los Elementos de Telefonía y/o Seguridad.- Queda prohibida la instalación de cualquier elemento de seguridad eléctrica y/o sanitaria, que obstaculice la libre circulación peatonal o de vehículos, los cuales deberán ser canalizados en forma subterránea a través de la vía. Artículo 6º.- A partir de la vigencia de la presente Ordenanza constituirá infracción grave cuando la Empresa prestadora de Energía Eléctrica suspenda el fl uido eléctrico sin una causa justifi cada, debiendo poner en conocimiento de la población del Distrito de la Provincia de Barranca con una anticipación justifi cada en los medios de comunicación local, a efectos de no causar perjuicio a la colectividad, debiendo garantizar que las instituciones públicas cuenten siempre con dicho servicio. DISPOSICIONES FINALES Primero.- INCORPÓRESE dentro del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Provincial de Barranca, infracciones que se generen por el incumplimiento de la presente Ordenanza. CÓD. INFRACCIONES ESPE- CIALES BASE LEGAL CATEGORÍA (%) U.I.T. I II III IV 9.00 Por no Presentar el Plan de Reestructuración para el Re- ordenamiento del Cableado Aéreo en el Plazo Establecido. 100.00 120.00 150.00 300.00 9.01 Instalación de Tendido de Re- des de Cableado (Cualquier sea su Modalidad) Aéreo de Telecomunicaciones, Eléc- tricos y Afi nes dentro de las Zonas Urbanas y Expansión Urbana. (Por Cuadra) Art. 19º del DS. Nº 013-93-TCC. Sub Numeral 3.6.5 del Nu- meral 3.6) del Artículo 79º de la Ley Nº 27972. 100.00 120.00 150.00 300.00 9.02 Por Suspender el Fluido Eléctrico sin causa Justifi cada y sin poner en Conocimiento de la Población del Distrito de Barranca. Artículo 45º y 46º de la Ley Nº 27972. 100.00 120.00 150.00 300.00 Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los veinticinco días del mes de septiembre del dos mil trece. ROMEL ULLILEN VEGA Alcalde Provincial 1008907-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CORRALES Ratifican autorización de viaje de Teniente Alcalde a Chile, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 094-2013-MDC-CM Corrales, 23 de octubre de 2013 VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 22 de octubre del 2013. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194 de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; en concordancia con lo establecido en el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, las Municipalidades Provinciales y Distritales tienen autonomía Política Económica y Administrativas en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo Nº 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referida a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, en Sesión Ordinaria de fecha 04 de octubre 2013 se acordó autorizar al Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de Corrales Profesor Máximo Avelino Zapata Dios viaje en Comisión de Servicios a la Ciudad de Arica del Vecino País del Sur de Chile durante los días 6 al 11 de noviembre del 2013 para que asista en el “VI Encuentro Municipal Chileno – Peruano” en representación de la Municipalidad Distrital de Corrales. Que, con Memorándum Nº 022-2013-MDC-ALC, de fecha 14 de octubre 2013 se comunicó al Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Corrales el acuerdo del Concejo Municipal aludido en el considerando precedente y de conformidad a la Ley Nº 27619 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su Modifi catoria por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, solicita se proceda a cuantifi car el costo de los viáticos correspondientes a favor del Teniente Alcalde Profesor Máximo Avelino Zapata Dios para que asista al “VI Encuentro Municipal Chileno – Peruano” en representación de la Municipalidad Distrital de Corrales. Que, en atención al Memorándum Nº 2858-2013- MDC-GM, de fecha 21 de octubre 2013 generado por la Gerencia Municipal; la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Corrales otorga Certifi cación de Crédito Presupuestario con Nota Nº 0000000524 por un monto de S/.2,756.00 a favor del Teniente Alcalde Profesor Máximo Avelino Zapata Dios para asistir al VI Encuentro Municipal Chileno – Peruano. Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 11 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 el Concejo Municipal por Unanimidad y con dispensa de trámite de lectura y Aprobación del Acta: ACUERDA Artículo Primero.- RATIFICAR la Autorización de viaje del Teniente Alcalde Profesor Máximo Avelino Zapata Dios a la Ciudad de Arica del Vecino País de Chile, para que en representación de la Municipalidad Distrital de Corrales, asista al “VI Encuentro Municipal Chileno – Peruano”, en representación de la Municipalidad Distrital de Corrales. Artículo Segundo.- LOS GASTOS que demanda la Comisión de Servicio del Teniente Alcalde Profesor Máximo Avelino Zapata Dios a la Ciudad de Arica – Chile por un monto de S/. 2,756.00 será asumida por la Municipalidad Distrital de Corrales con cargo a los Recursos del Presupuesto Municipal 2013. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR el presente acuerdo a las Unidades Orgánicas de competencia de la Municipalidad Distrital de Corrales, para cumplimiento del Acuerdo de Concejo Municipal. Regístrese, comuníquese y archivese. JAVIER REYNALDO VELIZ SAAVEDRA Alcalde 1008851-1