Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2013 (05/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Martes 5 de noviembre de 2013

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por la exigencia de aspectos formales que puedan ser subsanados dentro del procedimiento, siempre que dicha excusa no afecte derechos de terceros o el interes publico, por lo que en este caso, debe proceder a interpretarse en forma favorable al contribuyente del distrito, aplicandose la vigencia de la presente MORDAZA desde el dia siguiente a su publicacion, toda vez que con dicha aplicacion no se afectan derechos de terceros ni el interes publico; Estando a los fundamentos expuestos, conforme a las atribuciones conferidas mediante Acuerdo de Concejo Nº 073-2013/MLV, a lo establecido en el inciso 6) del articulo 20º, y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA Articulo 1º.- Prorrogar hasta el 13 de noviembre del 2013, el plazo para el acogimiento a los Beneficios e Incentivos Tributarios consignados en el articulo 3º de la Ordenanza Nº 175-2013/MDLV, siendo que para acogerse no deberan contar con deuda pendiente de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2013, tal como se detalla en el siguiente cuadro:
DESCUENTOS INTERESES 100% GASTOS y COSTAS* 100% FECHA MAX. DE PAGO 29 de Noviembre 2013

para prorrogar la vigencia de la misma, establecida en la primera disposicion final y complementaria, mediante Decreto de Alcaldia; Que, en atencion a lo expuesto la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria mediante Memorandum Nº 0235-2013-GSAT/MDLV, ha propuesto la prorroga del beneficio concedido mediante la precitada MORDAZA en el extremo referido a los Beneficios e Incentivos Tributarios dentro de la jurisdiccion del Distrito de La MORDAZA, a fin de que los contribuyentes que no pudieron acogerse a dicho beneficio cuenten con la oportunidad de regularizar los adeudos que mantengan pendientes con esta Municipalidad en cuanto al pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales, concordantemente con las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y la Modernizacion Municipal para el ano 2013, del Ministerio de Economia y Finanzas; Que de conformidad a lo establecido en el articulo IV del Titulo preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las normas de procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable a la admision y decision final de las pretensiones de los administrados, de modo que sus derechos e intereses no MORDAZA afectados

CONDICION

PLAZO DE ACOGIMIENTO

CONCEPTO IMPUESTO PREDIAL

PERIODO DE DEUDA INSOLUTO 2012 y Anos Anteriores 2008 y Anos Anteriores -90% 80% 40% 20% 10%

No tener deuda por Impuesto Predial y Arbitrios 2013 (INCLUIDA LA 4º CUOTA)

HASTA EL 13 DE NOVIEMBRE

ARBITRIOS MUNICIPALES

2009 2010 2011 2012

100%

100%

30 de Diciembre 2013

(*) De tener un MORDAZA de Ejecucion Coactiva con Designacion de Peritos, debera cancelar previamente las Costras y Gastos del Expediente Coactivo involucrado.

Articulo 2º.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Administracion Documentaria e Informatica, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Articulo 3º.- Disponer la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el MORDAZA institucional www. munilavictoria.gob.pe. Articulo 4º.- El presente Decreto de Alcaldia entrara

en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL C. MANCHEGO BUSTIOS MORDAZA Alcaldesa Encargada del Despacho de Alcaldia

1009205-1

Prorrogan plazo para el acogimiento a los beneficios e incentivos tributarios por actualizacion predial establecidos en la Ordenanza Nº 177-2013/MDLV
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2013-ALC/MLV
La MORDAZA, 31 de octubre de 2013. LA MORDAZA MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru de conformidad con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ordenanza Nº 177-2013/MDLV, publicada en el diario oficial El Peruano el martes 04 de octubre del 2013, se establecieron beneficios e Incentivos

tributarios por la regularizacion voluntaria en la MORDAZA de las declaraciones juradas de autoavaluo del Impuesto Predial para omisos y para quienes actualicen o hayan actualizado o rectifiquen o hayan rectificado el aumento de valor de autoavaluo de su predio y/o el uso de los mismos u otro MORDAZA que incida en la determinacion del Impuesto Predial o Arbitrios Municipales, asi como tambien a aquellos contribuyentes que hayan sido fiscalizados o esten en MORDAZA de Fiscalizacion Tributaria. Dicha Ordenanza senala en su tercera disposicion final y complementaria que el senor MORDAZA queda facultado para prorrogar la vigencia de la misma, establecida en la primera disposicion final y complementaria, mediante Decreto de Alcaldia; Que, en atencion a lo expuesto, la Gerencia de Servicios de Administracion Tributaria mediante el Memorandum Nº 0238-2013-GSAT/MLV, ha propuesto la prorroga de la fecha de vencimiento de los beneficios e incentivos tributarios por actualizacion predial, concedidos mediante la precitada MORDAZA, a fin de que los contribuyentes que no pudieron acogerse a dicho beneficio cuenten con la oportunidad de efectuar sus declaraciones juradas de autoavaluo del Impuesto Predial regularizando los adeudos que mantengan pendientes con esta Municipalidad, concordantemente con las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y la Modernizacion Municipal para el ano 2013, del Ministerio de Economia y Finanzas; Que de conformidad a lo establecido en el articulo IV del Titulo preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del

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