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El Peruano Martes 5 de noviembre de 2013 506482 Resolución Ministerial N° 026-2010-TR (numeral Segundo del Anexo sobre Criterios del Proceso de Certifi cación de Competencias Laborales), como son: el sector y subsector económico, denominación de la ocupación, código de la ocupación, nivel de competencia laboral, competencias básicas, genéricas y específi cas, contexto de desempeño laboral y la vigencia del perfi l ocupacional, a fi n de contar con un Perfi l Ocupacional basado en competencias que agrupe los Estándares o Unidades de Competencia Laboral que cuentan las actividades y funciones que componen un ofi cio o cargo, respondiendo a una lógica de ofi cios completos más que actividades o tareas aisladas, teniendo de este modo un valor agregado para el ámbito de la formación profesional, capacitación y gestión de recursos humanos en empresas, además de la posibilidad para ser usados en la evaluación y certifi cación de competencias laborales; Que, estando a las facultades y atribuciones de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral y en el ejercicio de sus funciones específi cas asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación Aprobar el Perfi l Ocupacional del Mecánico de Mantenimiento de Motor de Combustión Interna, propuesto por la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2°.- Incorporación y vigencia Incorpórese el Perfi l Ocupacional del Mecánico de Mantenimiento de Motor de Combustión Interna, al Catálogo Nacional de Perfi les Ocupacionales, el mismo que tendrá una vigencia de tres (3) años a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución Directoral. Artículo 3°.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en la separata de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional de la entidad (www.trabajo.gob.pe) adicionándose el Perfi l Ocupacional correspondiente. Regístrese y comuníquese.- ASTRID AIMÉE SÁNCHEZ FALERO. Directora General de Formación Profesional y Capacitación Laboral 1008923-2 Aprueban Perfil Ocupacional del Panadero RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 50-2012-MTPE/3/19 Lima, 28 de diciembre de 2012. VISTOS: El Ofi cio N°1029-2012-MTPE/3/19.2., de la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, así como los Informes N° 28- 2012-MTPE/3/19.2/CKLJ y N° 014-2012-MTPE/3/19.2/ MAAA, en relación al Perfi l Ocupacional del Panadero; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381, se establece como competencia del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo entre otras áreas programáticas la de normalización y certifi cación de competencias laborales (literal “h” del Artículo 4°), ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional (numeral 5.1. del Artículo 5°), así como ejerce función rectora formulando, planifi cando, dirigiendo, coordinando, ejecutando, supervisando y evaluando las políticas nacionales y sectoriales (literal “a”, numeral 3.1., Artículo 3° del Decreto Supremo N° 004-2010-TR); Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral como órgano de línea, es responsable de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las políticas públicas (Artículo 71°) y tiene como función específi ca emitir y aprobar lineamientos, directivas, mecanismos y procedimientos en el ámbito nacional y sectorial (literal “c” del artículo 72°), en normalización y certifi cación de competencias laborales; Que, conforme al Decreto Supremo N° 004-2010-TR, entre otras, constituye función específi ca de la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales: proponer, validar, actualizar y promover la elaboración de perfi les ocupacionales en base a competencias laborales (literal “b” del artículo 75°); Que, mediante Resolución Ministerial N° 026- 2010-TR, son aprobados los Criterios del Proceso de Certifi cación de Competencias Laborales, estableciendo el marco procedimental y contenido mínimo de un Perfi l Ocupacional, siendo instancias competentes para proponerlo la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, así como las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, la competencia tiene su fuente en la Constitución y la ley, siendo reglamentada por instrumentos legales de inferior jerarquía. Su ejercicio es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia (numeral 65.1. de la Ley N° 27444), constituyendo un requisito de validez del acto administrativo el ser emitido por órgano facultado en razón de la materia (numeral 1, Artículo 3°, Ley N° 27444); Que, la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, luego de la revisión y análisis correspondiente, mediante ofi cio de vistos propone aprobar el Perfi l Ocupacional del Panadero, de conformidad al Informe N° 28-2012-MTPE/3/19.2/CKLJ y control de calidad efectuado según Informe N° 014-2012- MTPE/3/19.2/MAAA, al presentar el contenido mínimo requerido para un Perfi l Ocupacional, conforme a lo regulado por la Resolución Ministerial N° 026-2010-TR (numeral Segundo del Anexo sobre Criterios del Proceso de Certifi cación de Competencias Laborales), como son: el sector y subsector económico, denominación de la ocupación, código de la ocupación, nivel de competencia laboral, competencias básicas, genéricas y específi cas, contexto de desempeño laboral y la vigencia del perfi l ocupacional, a fi n de contar con un Perfi l Ocupacional basado en competencias que agrupe los Estándares o Unidades de Competencia Laboral que cuentan las actividades y funciones que componen un ofi cio o cargo, respondiendo a una lógica de ofi cios completos más que actividades o tareas aisladas, teniendo de este modo un valor agregado para el ámbito de la formación profesional, capacitación y gestión de recursos humanos en empresas, además de la posibilidad para ser usados en la evaluación y certifi cación de competencias laborales; Que, estando a las facultades y atribuciones de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral y en el ejercicio de sus funciones específi cas asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación Aprobar el Perfi l Ocupacional del Panadero, propuesto por la Dirección de Normalización y Certifi cación de Competencias Laborales, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2°.- Incorporación y vigencia. Incorpórese el Perfil Ocupacional del Panadero, al Catálogo Nacional de Perfi les Ocupacionales, el mismo que tendrá una vigencia de tres (3) años a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución Directoral. Artículo 3°.- Publicación. Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en la separata de Normas Legales del Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional de la entidad (www.trabajo.gob.pe) adicionándose el Perfi l Ocupacional correspondiente. Regístrese y comuníquese.- ASTRID AIMÉE SÁNCHEZ FALERO. Directora General de Formación Profesional y Capacitación Laboral 1008923-3