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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2013 (09/11/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Sábado 9 de noviembre de 2013 506750 RELACIONES EXTERIORES Modifican el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2013 de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 DECRETO SUPREMO Nº 060-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2013 de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2013; Que, conforme al inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 29951, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo “B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2013” podrán ser modifi cadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, el Ministerio de Salud no se encuentra incluído en el referido Anexo B, y toda vez que se requiere incluir el pago de la cuota a la Organización Iberoamericana de Seguridad Social - OISS, por concepto de pago de membresía correspondiente a US$ 5 000, 00 que equivale a S/. 13 950,00 (Trece mil novecientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), a cargo de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento de Salud - SUNASA, organismo técnico especializado adscrito a dicho Ministerio, corresponde modifi car dicho Anexo; Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se ha considerado pertinente modifi car el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2013, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 134: Superintendencia Nacional de Aseguramiento de Salud - SUNASA de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; a efecto de atender el pago de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social - OISS; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1°.- Adición Agréguese al Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2013, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 134: Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto al siguiente organismo internacional y monto: PLIEGO PRESUPUESTARIO MONTO (En nuevos soles) PERSONA JURÍDICA SALUD 134 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD S/. 13 950,00 ORGANIZACIÓN IBEROAMERICANA DE SEGURIDAD SOCIAL - OISS Artículo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA. A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1012037-1 Autorizan a la SUNAT efectuar pago de cuota a la Organización Mundial de Aduanas (OMA) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 203-2013-RE Lima, 8 de noviembre de 2013 VISTO: El ofi cio Nº 087-2013-SUNAT/1M0000 y el ofi cio Nº 036-2013-SUNAT/4L1000 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), por el que se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del período comprendido entre el 1° de julio de 2013 y el 30 de junio de 2014 a la Organización Mundial de Aduanas (OMA); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, mediante carta del Secretario General de la OMA se señala que la contribución anual del Perú es de € 22,871.23, abarcando la misma el periodo entre el 1° de julio de 2013 y el 30 de junio de 2014. Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota al mencionado organismo internacional, con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT); De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) a efectuar el pago de € 22,871.23 (VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO Y 23/100 EUROS) a la Organización Mundial de Aduanas (OMA), correspondiente a la cuota por el período comprendido entre el 1° de julio de 2013 y el 30 de junio de 2014. Artículo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Articulo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.