Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2013 (09/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: Amazonas - Chachapoyas, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de Mendoza. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chimbote, Huascaran / Anta. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, MORDAZA, Mollendo, Orcopampa. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andahuaylas. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Palmapampa, Vilscashuaman. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Jaen. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Kiteni, Kirigueti, Las Malvinas, MORDAZA MORDAZA, Patria, Tangoshiari, Timpia, Yauri. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Pueblo Libre de Codo, Tingo Maria. DEPARTAMENTO: Ica - Nasca / MORDAZA Reiche Neuman, MORDAZA, Las Dunas. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Cutivereni, Jauja, Mazamari / MORDAZA MORDAZA, Los Misioneros. DEPARTAMENTO: La MORDAZA - Chagual / Don Lucho, Huamachuco, Pata de Gallo, Pias, MORDAZA, Tulpo, Urpay. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chiclayo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Callao - Internacional MORDAZA Chavez. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Contamana, Colonia Angamos, El Estrecho, Iquitos, Trompeteros / Corrientes, Yurimaguas, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA Bergerie. DEPARTAMENTO: MORDAZA de MORDAZA - Puerto MORDAZA, Inapari, Manu. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Ilo. DEPARTAMENTO: Pasco - MORDAZA Constitucion, Vicco. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Talara. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Juliaca, San Rafael. DEPARTAMENTO: San MORDAZA - MORDAZA, Juanjui, Moyobamba, Tarapoto, Saposoa, Palmas del MORDAZA, Tocache. DEPARTAMENTO: Tacna - Tacna. DEPARTAMENTO: Tumbes - Tumbes DEPARTAMENTO: Ucayali - Atalaya, Bolognesi, Breu, Oventeni, Paititi, Pucallpa, Puerto MORDAZA, Sepahua. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez. - Aeropuerto de Pisco. - Aerodromo de Las Dunas. SUB-BASE DE OPERACIONES:

El Peruano Sabado 9 de noviembre de 2013

- Aerodromo de Lib Mandi Metropolitano Articulo 2º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debera iniciar el MORDAZA de Certificacion en el plazo de seis (06) meses contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion Directoral, de conformidad a lo establecido en la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 119. Articulo 3º.- Las aeronaves autorizadas al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 4º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA esta obligado a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los informes y datos estadisticos que correspondan a su actividad, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA esta obligado a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener la informacion sobre el trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 6º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedido o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 7º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y explotadores; y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 8º.- Las aeronaves del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA podran operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos, que se encuentran comprendidos en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 10°.- Si la administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 11º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debera cumplir con la obligacion de constituir la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley N° 27261, en los terminos y condiciones que establece el Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201° de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 12º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 13º.- El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais.

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