Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2013 (09/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Sabado 9 de noviembre de 2013

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De conformidad con lo dispuesto en el inciso x) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; SE RESUELVE:

VISTO: El Informe N° 773-2013-SUNARP/OGAJ elaborado por la Oficina General de Asesoria Juridica de la SUNARP, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP es un organismo descentralizado MORDAZA del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos, dotada de personeria juridica de Derecho Publico, con patrimonio propio y autonomia funcional, juridica, tecnica, economica, financiera y administrativa; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2013JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de octubre de 2013, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos como instrumento tecnico que formaliza la nueva estructura organica de la entidad, conteniendo las funciones generales de esta y las especificas de cada uno de sus organos y unidades organicas; Que, el literal f) del articulo 9° del citado Reglamento establece como facultad del Superintendente Nacional ejercer la representacion legal en todos aquellos actos y contratos que MORDAZA realice, celebre o intervenga, sea en el MORDAZA o en el extranjero, y suscribir los respectivos contratos y convenios; Que, en tal contexto, cabe mencionar que la entidad, en su calidad persona juridica de derecho publico, se encuentra obligada a ejecutar y cumplir distintos actos y procedimientos administrativos de naturaleza tributaria ante la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT; Que, en tal contexto, resulta conveniente delegar la representacion legal prevista en el literal f) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones en el Secretario General de la SUNARP para el desarrollo de cualquier acto, procedimiento y/o actividad ante la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT; Que, el literal v) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP dispone que el Superintendente Nacional tiene la facultad de delegar aquellas funciones que no MORDAZA inherentes a su cargo en el Superintendente Adjunto u otros funcionarios;

Articulo Unico.- Delegar en el Secretario General de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos la facultad de representacion legal prevista en el literal f) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, para el desarrollo de cualquier acto, procedimiento y/o actividad ante la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT. Registrese, comuniquese y publiquese en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Publicos 1011539-1

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Designan Responsable de la Unidad de Informacion e Investigaciones Especiales de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL JEFATURA SUPREMA RESOLUCION DE JEFATURA Nº 194-2013-J-OCMA/PJ MORDAZA, 26 de setiembre de 2013

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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