Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2013 (17/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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Del Area Bruta del terreno correspondiente de 9,822.32 m2, han cedido un area de vias de 2,156.24 m2, correspondiendole un Area Util total de 7,666.08 m2, el cual esta distribuido de la siguiente manera:
DESCRIPCION MANZANA A B 02 CANTIDAD DE LOTES 21 19 40 DENOMINACION DE LOTES 1 al 21 1 al 19 TOTAL AREA (M2) 3,828.55 3,837.53 7,666.08

El Peruano MORDAZA 17 de noviembre de 2013

Articulo Segundo.- CONSIDERAR, de MORDAZA Progresivo la presente Recepcion de Obra de Habilitacion MORDAZA, dejandose diferidas la ejecucion de las obras de pavimentacion de pistas, veredas y las rampas para personas con discapacidad, conforme a lo dispuesto en la R.M. Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001; para ser ejecutado por los propietarios de los lotes en un plazo MORDAZA de 10 anos contados a partir de la notificacion de la presente Resolucion; obras de pavimentacion que seran ejecutadas de conformidad con el Plano Nº009-2013-SGHUE-GDU/MDA, aprobada mediante Resolucion de Subgerencia Nº 116-2013-MDA/ GDU-SGHUE. Articulo Tercero.- INCORPORAR en la jurisdiccion del distrito de Ate, la Habilitacion MORDAZA que se recepciona con la presente Resolucion de Subgerencia. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario de notificados, por cuenta de los interesados. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion de Sub Gerencia, al Registro de Propiedad de Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao ­ SUNARP para los efectos de su Inscripcion correspondiente; al SERPAR-LIMA, a EMILIMA, al Ministerio de Educacion, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, y a los interesados para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE NUNEZ Sub Gerente de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones

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MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aceptan donacion dineraria para la implementacion y equipamiento de la MORDAZA del Adulto Mayor de Miraflores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 113-2013/MM
Miraflores, 14 de noviembre de 2013 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia reconocida en la Constitucion Politica del Peru y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente;

Que, segun el articulo 9, numeral 20, de la citada ley, le corresponde al Concejo Municipal, aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad. Asimismo, de acuerdo con el articulo 55 de este mismo dispositivo, constituyen el patrimonio de cada municipalidad, sus bienes, rentas y derechos. En ese sentido, todo acto de disposicion o de garantia sobre el patrimonio municipal deber ser de conocimiento publico. Por ello, el articulo 56, numeral 7, de dicha ley senala que son bienes de la municipalidad los legados o donaciones que se instituyan en su favor; Que, es conveniente precisar que, segun el articulo 64 de la ley referida, las donaciones de bienes a favor de una municipalidad estan exoneradas de todo impuesto; Que, por otra parte el articulo 53 del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales prescribe que el ofrecimiento de donacion a favor del Estado se presenta ante el Gobierno Regional, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN o la entidad beneficiada, acompanando los documentos que acrediten la propiedad del bien asi como su valor comercial. De igual modo, segun el articulo 54 del dispositivo en mencion, la aceptacion de la donacion, previa evaluacion de los documentos presentados y emision de un informe tecnico-legal, se efectuara por resolucion de la autoridad administrativa de la entidad beneficiaria, la SBN o el Gobierno Regional, de acuerdo con sus competencias; Que, adicionalmente, segun el articulo 24 de la Ordenanza Nº 361/MM, que aprueba el reglamento de Altas, Bajas, Actos de Disposicion y Saneamiento de Bienes Patrimoniales de la Municipalidad de Miraflores, las donaciones de bienes a favor de la Municipalidad de Miraflores seran aprobadas mediante acuerdo de concejo; Que, la Gerencia de Desarrollo Humano a traves del Informe Nº 005-2013-GDH/MM de fecha 11 de marzo de 2013, sustenta la necesidad de implementar la MORDAZA del Adulto Mayor Armendariz, a fin de continuar brindando los servicios diversos al colectivo social que representan los vecinos mayores del distrito y asi proseguir con las politicas de un envejecimiento feliz y saludable, promoviendo la prevencion y cuidado de la calidad de MORDAZA de los adultos mayores; por lo cual especifica el objeto, relevancia, alcance de beneficiados, distribucion de areas y localizacion del inmueble cuya implementacion se solicita; Que, mediante Carta Externa Nº 33440-2013, ingresada el 21 de octubre de 2013, el Director de Relaciones Institucionales y Comunicacion Corporativa de Telefonica del Peru S.A.A., ha ofrecido la donacion consistente en la suma de S/. 100,000.00 (Cien mil y 00/100 nuevos soles), a ser destinados para la implementacion y equipamiento de la MORDAZA del Adulto Mayor ubicada en MORDAZA Aljovin Nº 153, Miraflores; Que, debe tenerse presente lo establecido por el articulo 69 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en cuanto a que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por el Titular de la Entidad o Acuerdo de Concejo en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente del donante y el destino de estos fondos publicos; Que, en ese contexto la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante Informe Legal Nº 447-2013-GAJ/MM de fecha 22 de octubre de 2013, opina que es procedente aceptar, mediante acuerdo de concejo, la donacion de dinero ofrecida a favor de la entidad, que sera destinada para la implementacion y equipamiento de la MORDAZA del Adulto Mayor en Miraflores; asimismo, considerando la cantidad ofrecida en donacion esta debera sujetarse a lo indicado en el articulo 69 de la Ley Nº 28411; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9 y 41 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo, con dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACORDO: Articulo Primero.- Aceptar la donacion ofrecida por Telefonica del Peru S.A.A., consistente en la suma de S/. 100,000.00 (Cien mil y 00/100 nuevos soles), a ser usados para la implementacion y equipamiento de la MORDAZA del Adulto Mayor de Miraflores, ubicada en MORDAZA Aljovin Nº 153, entendiendose que es una donacion desinteresada y sin ninguna contraprestacion; de conformidad con la

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