Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2013 (17/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA 17 de noviembre de 2013

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Que, en virtud de lo expresado se programaron las inspecciones a las que se hace mencion en el articulo 4 de la Ordenanza Nº 401/MM; emitiendose el Informe Tecnico Nº 1612-2013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 09 de octubre de 2013, que obra en el folio cincuenta y ocho (58) y siguientes de los actuados, mediante el cual se efectua el diagnostico del predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº 660 - Interior 4, Miraflores, que contiene el pronunciamiento sobre las areas o zonas del predio con valor urbanistico que deberan mantenerse intangibles, el estado de conservacion de las mismas, las recomendaciones a considerar para las obras a realizarse y los derechos edificatorios a transferir; Que, en merito de lo indicado y acorde a lo establecido en el articulo 6 de la Ordenanza Nº 401/MM, la Subgerencia de Catastro emitio la Resolucion de Subgerencia Nº 1162013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 17 de octubre de 2013, que declara procedente la solicitud presentada por los administrados, entre otros aspectos; correspondiendo por ello emitir el decreto de alcaldia en cumplimiento de lo senalado en el articulo 18 de la ordenanza citada, a fin que constituya el documento con el que se dispone la limitacion o restriccion de demoler, ampliar y/o remodelar el predio ubicado en Av. 28 de MORDAZA Nº 660 - Interior 4, Miraflores; de conformidad con lo resuelto en el articulo MORDAZA de la referida resolucion, con la finalidad que el decreto de alcaldia a emitirse y demas actos vinculados MORDAZA inscritos en la Partida Nº 11046981 del Registro de Predios de Lima; Que, a mayor sustento, mediante Informe Legal Nº 478-2013-GAJ-MM de fecha 30 de octubre de 2013, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye que atendiendo a los informes tecnicos y demas documentacion adjunta, es procedente emitir el decreto de alcaldia respectivo por encontrarse acorde a la normativa aplicable; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 20, numeral 6, y el articulo 42 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Disponer que los propietarios del predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº 660 - Interior 4, Miraflores, deben ponerlo en valor y conservarlo conforme se establece en las recomendaciones comprendidas en los considerandos de la Resolucion de Subgerencia Nº 116-2013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 17 de octubre de 2013, la misma que como anexo forma parte integrante del presente decreto de alcaldia. Articulo Segundo.- Establecer que los propietarios deberan cumplir las limitaciones y restricciones referidas a la demolicion, ampliacion y/o remodelacion de las areas intangibles del predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº 660 - Interior 4, Miraflores, conforme se establece en los considerandos de la Resolucion de Subgerencia Nº 116-2013-SGCA-GDUMA/MM de fecha 17 de octubre de 2013. Articulo Tercero.- Precisar que en concordancia con lo resuelto en el Articulo MORDAZA de la Resolucion de Subgerencia Nº 116-2013-SGCA-GDUMA/MM, los propietarios del predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº 660 - Interior 4, Miraflores, deberan inscribir en Registros Publicos el derecho al que se hace referencia en la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 401/MM, a partir de lo cual correspondera a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente entregar el Certificado de Derechos Edificatorios respectivo. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente decreto de alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicacion en el MORDAZA Institucional (www.miraflores.gob.pe) asi como del anexo que contiene, en la misma fecha de publicacion oficial. Asimismo, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente y a la Subgerencia de Catastro el cumplimiento del presente dispositivo, de acuerdo a sus competencias. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

documentacion sustentatoria que obra como anexo y que forma parte del presente dispositivo. Articulo Segundo.- Expresar el agradecimiento correspondiente a los representantes de Telefonica del Peru S.A.A,, en nombre de la Municipalidad de Miraflores, por el aporte efectuado atendiendo a la donacion realizada en beneficio del distrito. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, el cumplimiento de las acciones necesarias para la suscripcion del acto administrativo correspondiente, a fin de formalizar la aceptacion de la donacion aprobada en virtud del Articulo Primero, de conformidad a las atribuciones conferidas. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de cinco (5) dias habiles siguientes; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicacion en el MORDAZA Institucional (www. miraflores.gob.pe). POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Disponen la puesta en valor y conservacion y el cumplimiento de limitaciones y resticciones sobre predio a que se refiere la Res. Nº 116-2013SGCA-GDUMA/MM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-2013/MM
Miraflores, 14 de noviembre de 2013 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. De igual modo, segun el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la autonomia que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, segun la Ordenanza Nº 387/MM se constituye y regula las Microzonas de Valor Urbanistico y Ejes de Aprovechamiento del Potencial de Desarrollo MORDAZA en el distrito de Miraflores; asimismo, con la Ordenanza Nº 401/ MM se emiten las disposiciones que regulan la aplicacion de la Ordenanza Nº 387/MM, desarrollandose, entre otros aspectos, el procedimiento para acogerse a los beneficios que dichos dispositivos establecen. En ese sentido, con las ordenanzas referidas se busca orientar la composicion arquitectonica de las edificaciones, proteger la arquitectura de valor representativo, preservando los predios que constituyen patrimonio cultural o aquellos que no siendolo poseen un valor urbanistico en su conjunto; Que, a traves del Expediente Nº 4432-2013 ingresado el 10 de junio de 2013, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sumar Puppo y don MORDAZA MORDAZA Sotolongo MORDAZA, solicitan acogerse a las disposiciones establecidas por las citadas ordenanzas, con relacion al predio ubicado en la Av. 28 de MORDAZA Nº 660 - Interior 4, Miraflores; Que, conforme se aprecia en el expediente MORDAZA citado y de acuerdo a la verificacion realizada por la unidad organica competente, los recurrentes han cumplido con acompanar los requisitos exigidos para la emision del Certificado de Derechos Edificatorios, al que se hace referencia en el articulo 6 y demas articulos aplicables de la Ordenanza Nº 401/MM, conforme se corrobora del denominado Informe Legal Nº 158-2013-SGCAGDUMA/MM de fecha 10 de junio de 2013, emitido en la Subgerencia de Catastro;

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