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El Peruano Viernes 22 de noviembre de 2013 507582 Que, mediante Informe Nº 426-2013-OAJ-MVES la Ofi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal en el sentido que es pertinente, se emita la Resolución de Alcaldía que designe a la Abogada Elvia Elizabeth Lau López, como ganadora del Concurso Público de Méritos Nº 01-2013-MVES, en consecuencia haber obtenido la plaza de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, de conformidad con lo establecido en el artículo 32º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Que, con Informe Nº 713-2013-UDRH-OGA/MVES la Unidad de Desarrollo de Recursos Humanos, informa que la codifi cación de la plaza de Ejecutor Coactivo, según el Cuadro de Asignación Personal es el Nº 30614064 con Clasifi cación SP-EJ; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, concordante con el artículo 43º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR como ganadora del Concurso Público de Méritos Nº 01-2013-MVES a la Abogada Elvia Elizabeth Lau López, conforme al Acta de Resultado de Evaluación Curricular, efectuada por la Comisión Especial para la Conducción del Concurso Público de Méritos para el Nombramiento de un Ejecutor Coactivo, bajo el Régimen laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 276. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir de la fecha de la presente Resolución, como Ejecutora Coactiva de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, a la Abogada Elvia Elizabeth Lau López, con Código Nº 30614064, Clasifi cación SP-EJ del Cuadro de Asignación de Personal de este Corporativo Edil; en consecuencia dejar sin efecto el Artículo Cuarto de la Resolución de Alcaldía Nº 381- 2013-ALC/MVES. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Ofi cina General de Administración a través de la Unidad de Desarrollo de Recursos Humanos el fi el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1017615-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao aprobado por Ordenanza N° 012-2012 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 17-2013-MPC-AL Callao, 19 de noviembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: Visto: el Informe Nº 120-2013-MPC/GGPPR-GR de la Gerencia de Racionalización, sobre modifi cación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos correspondiente a la Gerencia de Habilitación Urbana; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal N° 012-2012, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de julio del 2012, se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, con Informe Nº 120-2013-MPC/GGPPR- GR, la Gerencia de Racionalización señala que en el procedimiento N° 3) correspondiente a la Gerencia de Habilitación Urbana denominado “Autorización para la ejecución de obras en Areas Públicas para conexiones domiciliarias de servicios básicos en Asentamientos Humanos o posesiones informales (lote individual)”, la tasa por derecho de trámite es de S/. 451.88, la cual cuenta con una estructura de costo unitario, calculado de acuerdo a la metodología determinación de costos aprobada por Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, sin embargo, debe tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1014, que establece un límite de 1% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), como derecho de trámite; Que, a través del Decreto Legislativo N° 1014, se dictan medidas para impulsar la inversión en infraestructura para la provisión de servicios públicos esenciales para el desarrollo humano, a través de la implementación de medidas que eliminen sobrecostos y logren una efectiva simplifi cación administrativa, en benefi cio de los usuarios de dichos servicios públicos, en tal sentido, el artículo 4° de dicha norma establece que al momento de establecer montos por derecho de tramitación para los procedimientos administrativos para acceso o conexión domiciliaria, a los usuarios y operadores de los servicios públicos señalados en el Artículo 2 del presente Decreto Legislativo, no podrán establecer montos mayores al 1% (uno por ciento) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente por dicho concepto; Que, el artículo 36° numeral 3) en concordancia con el artículo 38° numeral 5) de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establece que una vez aprobado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se realiza mediante Decreto de Alcaldía; Que, en tal sentido, es necesario se adecue el procedimiento N° 3) correspondiente a la Gerencia de Habilitación Urbana denominado “Autorización para la ejecución de obras en Areas Públicas para conexiones domiciliarias de servicios básicos en Asentamientos Humanos o posesiones informales (lote individual)”, a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1014; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de las Gerencias Generales de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y Asesoría Jurídica y Conciliación, y Gerencia Municipal, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo 1.- Modifíquese en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Provincial del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal N° 012-2012, el costo del procedimiento N° 3) correspondiente a la Gerencia de Habilitación Urbana denominado “Autorización para la ejecución de obras en Areas Públicas para conexiones domiciliarias de servicios básicos en Asentamientos Humanos o posesiones informales (lote individual)”, estableciendo la tasa por derecho de trámite en S/. 37.00 (uno por ciento de la Unidad Impositiva Tributaria). Artículo 2.- Dispóngase la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano” y encárguese a la Gerencia de Informática la publicación del mismo y anexo en el Portal Web de la Municipalidad Provincial del Callao www.municallao.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe. Artículo 3.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 1017187-1