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El Peruano Viernes 22 de noviembre de 2013 507575 Biológica de Piura es concordante con los lineamientos y la Guía para la elaboración de las estrategias y planes de acción regional; Que, con Informe Nº 128-2013/GRP-450000, del 16 de setiembre de 2013, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente alcanza la propuesta de Estrategia Regional y Plan de Acción para la Conservación de la Diversidad Biológica de la Región Piura; con Informe Nº 1913-2013/GRP-460000 del 01 de octubre de 2013, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica emite informe legal favorable a la propuesta presentada; y con Informe Nº 067-2013/GRP-200010-ACCR del 25 de octubre de 2013, Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional recomienda su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 26-2013, de fecha 30 de octubre de 2013, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRATEGIA REGIONAL Y PLAN DE ACCIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA DE LA REGIÓN PIURA Artículo Primero.- Aprobar la Estrategia Regional y Plan de Acción para la Conservación de la Diversidad Biológica de la Región Piura, que comprende cinco (05) Objetivos o Acciones Estratégicas, y el Plan de Acción de Diversidad Biológica de Piura al 2021, que contiene indicadores, metas y acciones por cada objetivo; y cuyo contenido forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la implementación de la presente Ordenanza Regional, informando a la Secretaría del Consejo Regional las acciones para dicho fi n. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece. TOMÁS FIESTAS ECHE Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil trece. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente 1016854-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Instauran proceso administrativo disciplinario a funcionarios o ex funcionarios del Gobierno Regional de Tacna RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 765-2013-G.G.R/GOB.REG.TACNA 15 de noviembre de 2013 VISTO: El Ofi cio N° 001-2013-CEPAD/GOB.REG.TACNA, de fecha 16 de octubre del 2013, y el Informe Nº 001-2013- CEPAD-GOB.REG.TACNA, emitido por el Presidente de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y elevado a la Gerencia General Regional y; CONSIDERANDO: Que, informe N° 864-2013-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 18 de junio del 2013, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna, opina que se conforme una comisión Investigadora a fi n de determinar las responsabilidad administrativa de los funcionarios o Ex Funcionarios y Ex Servidores que; “Participaron en los actos administrativos anteriores y posteriores a la emisión de la Resolución Ejecutiva Regional N° 293-2012-P.R./GOB.REG.TACNA de fecha 28 de junio del 2012 materia de Nulidad; la cual modifi caba los incentivos laborales de los trabajadores del Gobierno Regional de Tacna”; que en consecuencia la comisión deberá avocarse a la evaluación de la presunta Falta administrativa y emitir pronunciamiento fi nal en sujeción a los plazos establecidos por Ley. Que, Conforme se tiene del Informe del visto Nº 001- 2013-CEPAD/GOB.REG.TACNA, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, del expediente Administrativo, que contiene la presunta responsabilidad administrativa mencionada en el párrafo anterior, del cual se ha podido determinar que del análisis y verifi cación de los actuados se tiene que; mediante Resolución Gerencial General Regional N° 454-2013- G.G.R./GOB.REG.TACNA de fecha 21 de junio del 2013 se resuelve designar a los miembros de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, encontrándose presidida por el Abog. David Chambi Ramos – Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente del Gobierno Regional de Tacna, que de los hechos se desprende que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 313-2013-PR/GOB.REG.TACNA, de fecha 18 de junio del 2013 se dispone declarar la Nulidad de Ofi cio del Acto Administrativo contenido en la Resolución Ejecutiva Regional N° 293-2012-P.R./GOB.REG.TACNA de fecha 28 de junio del 2012; que modifi ca la Directiva Ejecutiva Regional N° 001-2007-P.R./GOB.REG.TACNA que realizó la modifi cación de los incentivos laborales a los Trabajadores del Gobierno Regional de Tacna, el mismo que fuera solicitado por el Sindicato de Trabajadores, con fecha 12 de junio del 2012 y que fuera aprobado por el Directorio Gerencial efectuado el 20 de junio del 2012, en el cual intervinieron los Ex Funcionarios Mag. Adm. Pedro Emilio Pascual Vargas Rivera- en calidad de Gerente General Regional; Blga. Edith Naara Campos Silva–en calidad de Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente; CPC. Jesús Esteban Quispe Ninaja- en calidad de Director Regional Administración; Ing. Marcelino Marca Flor – en calidad de Director Regional de Energía y Minas; Abog. Sidanelia Soto Liendo–en calidad de Directora Ejecutiva de Administración de Bienes Inmuebles; Abog. Luis Adolfo Rivas Carrillo-en calidad de Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; Ing. Raúl Milton Yufra Carita- en calidad de Gerente Regional de Desarrollo Económico; Ing. Alejandro Estrada Andrade- en calidad de Director Regional de Agricultura; Abog. José Luis Rojas Mantilla-en calidad Procurador Público Regional; CPC. Michel Elvis Tejada Guiza-en calidad de Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Que la Comisión Especial determina que, Don Pedro Emilio Pascual Vargas Rivera, habría incurrido en responsabilidad administrativa, por haber participado en el Directorio Gerencial efectuado el día 20 de junio del 2012, en el cual se aprobó la Modifi cación del Anexo N° 01 de la Directiva Ejecutiva Regional N° 001-2007- PR/GOB.REG.TACNA, sin haber realizado los estudios legales y económicos previos correspondientes, lo que se tradujo luego en la Resolución Ejecutiva Regional N° 293-2012-P.R/GOB.REG.TACNA, asimismo por no haber tramitado conforme a ley, el Ofi cio N° 190-2012-EF/53.01 determinando que las decisiones tomadas por el Gobierno Regional de Tacna no cuentan con el informe favorable de la Dirección General de Economía para la aprobación de las Nuevas Escalas de Incentivos, que en consecuencia