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El Peruano Viernes 22 de noviembre de 2013 507573 soberanía alimentaria frente al cambio climático. Otras 8 Estrategias Prioritarias, tienen relación y vínculo con alguno de los 5 componentes de la seguridad alimentaria. El cambio climático viene afectando cada uno de los componentes de la seguridad alimentaria. Que, en setiembre del año 2012, se fi rma la Declaración Regional de Acción por la Primera Infancia de la Región Cusco, que en su parte considerativa manifi esta. “Que es competencia del gobierno regional y gobiernos locales, atender a la primera infancia, mediante la generación de políticas públicas, la defi nición de planes estratégicos, y formulación de programas y proyectos de inversión”. Sobre esta base dice: Nos comprometemos, entre otros aspectos: Región Cusco libre de Desnutrición Crónica Infantil. “El Gobierno Regional asume el liderazgo para promover que los gobiernos locales y sociedad civil prioricemos la atención en la prevención de la desnutrición crónica infantil en coordinación con el Gobierno Regional. Los gobiernos locales asumen el compromiso de implementar las políticas públicas nacional y regional para reducir las brechas de la desnutrición crónica infantil”. Que, el Consejo Regional de Seguridad Alimentaria Región Cusco, reconocido mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1215-2006-GR CUSCO/PR y Resolución Ejecutiva Regional Nº 1087-2008-GR CUSCO/PR, en el marco de la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria e incorporando elementos de las políticas nacional y regional en la materia, ha actualizado la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria de la Región Cusco, considerando elementos del contexto actual, como documento que contiene los lineamientos de política de seguridad alimentaria y que orientará las acciones concernientes al tema que se realicen por parte de las instituciones públicas, privadas y sociedad civil en todos los espacios territoriales de la Región Cusco. Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 27902; con el voto unánime se; Se ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APRUÉBESE, Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria “Por una Niñez Feliz” 2013 – 2021, como Política de Estado Regional para el fomento del desarrollo integral de la región Cusco, garantizando los medios de protección social a la madre el niño y la niña, para desarrollar su capacidad de aprovechar las oportunidades de desarrollo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Cusco para que a través del Consejo Regional de Seguridad Alimentaria CORSA, coordine las acciones necesarias que demande la implementación de la Estrategia Regional de Seguridad Alimentaria “Por una Niñez Feliz” 2013 – 2021. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional del Cusco para su promulgación. Dado en Cusco, a los veintinueve días de agosto del año dos mil trece. VALERIO PACUALA HUILLCA Consejero Delegado del Consejo Regional de Cusco. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, a los diecisiete días del mes de octubre del dos mil trece. VALERIO PACUALA HUILLCA Consejero Delegado del Consejo Regional Cusco 1016737-4 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Constituyen Consejo Regional de Pesca y Acuicultura en la Región Piura - COREPESCA ORDENANZA REGIONAL Nº 278-2013/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modifi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el inciso 7) del artículo 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización – Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a la ley; Que, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 52º, incisos a), b), y c), señala que son funciones específicas de los Gobiernos Regionales, en concordancia con las políticas nacionales y planes sectoriales en materia pesquera, las de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia pesquera y producción acuícola de la región; Administrar, supervisar y fiscalizar la gestión de actividades y servicios pesqueros bajo su jurisdicción; y, Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos bajo su jurisdicción, respectivamente; Que, es necesario impulsar el desarrollo y quehacer operativo de las actividades pesqueras en la Región Piura para contribuir en la mejora competitiva y social de los agentes económicos involucrados en este segmento, en el marco de las políticas regionales de fomentar la pesca sostenible, basada en el Código de Conducta para la Pesca Responsable y los Planes de Ordenamiento Pesquero; Que, en cumplimiento de la Misión del Gobierno Regional Piura y, en el marco de los esfuerzos por realizar una verdadera descentralización, es de alto interés institucional el conformar un espacio de concertación y coordinación entre entes públicos y privados, asociaciones, organizaciones de pescadores, procesadores y acuicultores, empresarios y gobiernos locales, para que a través del Consejo Regional de Pesca y Acuicultura asuman el compromiso de contribuir a superar las difi cultades y desentendimientos que atentan contra el desarrollo integral de la región y sumar en los propósitos y esfuerzos de alcanzar los resultados que conduzcan hacia ello; Que, con Ofi cio Nº 1743-2013/GRP-420020-100- 900 del 20 de marzo de 2013, la Dirección Regional de Producción alcanza la propuesta de creación del Consejo Regional de Pesca y Acuicultura, la cual cuenta con opinión favorable de la Subgerencia Regional de Desarrollo Institucional mediante Informe Nº 147-2013/ GRP-410300, de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico a través del Memorando Nº 052-2013/GRP- 420300 del 02 de agosto de 2013 de la Sub Gerencia Regional de Normas y Supervisión de dicha Gerencia; e, Informe Nº 068-2013/GRP-200010-ACCR del 28 de octubre de 2013;