Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2013 (24/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental y el Decreto Legislativo Nº 1101. Articulo 8°.- De la publicacion El presente Decreto Supremo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano. Su Anexo sera publicado en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Articulo 9º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Ambiente. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de noviembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1018699-1

El Peruano MORDAZA 24 de noviembre de 2013

Incorporar como miembros del Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, creado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAM, encargado de la preparacion, organizacion y realizacion de la "Vigesima Conferencia de las Partes de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - COP20", la "Decima Reunion de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10", asi como de sus actividades y eventos conexos, a las instituciones que se senalan a continuacion: Ministerio de Energia y Minas. Agencia Peruana de Cooperacion Internacional APCI. Articulo 2°.- Designacion de los representantes La designacion de los representantes, titular y alterno, de las instituciones senaladas en el articulo 1° del presente Decreto Supremo, sera formalizada mediante resolucion del Titular de la Entidad, dentro de los cinco (05) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente norma. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros del Ambiente; Relaciones Exteriores; Defensa; Interior; Salud; Agricultura y Riego; Produccion; Comercio Exterior y Turismo; Transportes y Comunicaciones; Vivienda, Construccion y Saneamiento; Cultura; y, Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de noviembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA ALVAREZ-CALDERON GALLO Ministra de Cultura MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1018699-2

Incorporan al Ministerio de Energia y Minas y a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional como nuevos integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAM
DECRETO SUPREMO Nº 013-2013-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2013MINAM se declaro de interes nacional la realizacion de la "Vigesima Conferencia de las Partes de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico COP20", y la "Decima Reunion de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10", que se llevaran a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, en el ano 2014, asi como de sus actividades y eventos conexos; Que el articulo 2° de la mencionada MORDAZA resuelve crear el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, encargado de la preparacion, organizacion y realizacion de la "Vigesima Conferencia de las Partes de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - COP20", la "Decima Reunion de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10", asi como de sus actividades y eventos conexos; Que, resulta necesario llevar a cabo las coordinaciones de manera integral, intersectorial e intergubernamental, entre las instituciones nacionales que tendran vinculacion directa con el desarrollo de dichos eventos; por lo que, corresponde incorporar en e! mencionado Grupo de Trabajo Multisectorial, que se encuentra liderado y adscrito al Ministerio del Ambiente, al Ministerio de Energia y Minas y a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional - APCI; Que, el articulo 35° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, senala que las Comisiones del Poder Ejecutivo son organos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalizacion, propuesta o emision de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; siendo que para otras funciones que no MORDAZA las indicadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1°.- Incorporacion de nuevos miembros en Grupo de Trabajo Multisectorial

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