Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2013 (25/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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VISTO, el Expediente Nº 2011-040828, presentado por la EMPRESA DE RADIODIFUSION PERUANA "VIDEO STEREO" E.I.R.L., sobre renovacion de la autorizacion que le fuera otorgada para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial No. 0782001-MTC/15.03 del 12 de febrero de 2001, se otorgo autorizacion a la EMPRESA DE RADIODIFUSION PERUANA "VIDEO STEREO" E.I.R.L.1, por el plazo de diez (10) anos, incluyendo el periodo de instalacion y prueba otorgado por Resolucion Ministerial No. 66391-TC/15.17, para operar una estacion de servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, estableciendose que el plazo de vigencia de la autorizacion otorgada vencera el 10 de setiembre de 2001; Que, con Resolucion Viceministerial No. 456-2006MTC/03 del 28 de agosto de 2006, se renovo por mandato expreso de la Primera Disposicion Complementaria y Final de la Ley No. 28853, las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion, en las diversas bandas y localidades, entre ellas, la autorizacion que fue otorgada a la EMPRESA DE RADIODIFUSION PERUANA "VIDEO STEREO" E.I.R.L. por Resolucion Viceministerial No. 0782001-MTC/15.03, cuya vigencia de autorizacion vencia el 10 de setiembre de 2011; Que, a traves del escrito de registro No. 2011-040828 de fecha 01 de setiembre de 2011, la EMPRESA DE RADIODIFUSION PERUANA "VIDEO STEREO" E.I.R.L. solicito la renovacion de la autorizacion que le fuera renovada mediante Resolucion Viceministerial No. 4562006-MTC/03; Que, el articulo 15º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con los articulos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establecen las condiciones y requisitos aplicables al procedimiento de renovacion de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, senala que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo senalado en el MORDAZA del Ministerio; Que, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, con Informe N° 1242-2013MTC/29.02 del 25 de MORDAZA de 2013, sustentado en el Acta de Inspeccion Tecnica N° 068-2013 del 25 de MORDAZA de 2013, da cuenta de la inspeccion tecnica efectuada a la estacion autorizada a la EMPRESA DE RADIODIFUSION PERUANA "VIDEO STEREO" E.I.R.L., concluyendo que opera el servicio de radiodifusion sonora en FM, de acuerdo a las caracteristicas tecnicas autorizadas y a las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion; por lo que el resultado de la inspeccion tecnica es favorable. Asimismo, se verifico que cumple con el objetivo y programacion del proyecto de comunicacion; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 092-2004MTC/03, y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Huaraz; Que, mediante Informe N° 2677-2013MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que es procedente renovar la autorizacion otorgada a la EMPRESA DE RADIODIFUSION PERUANA "VIDEO STEREO" E.I.R.L., al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos para tal efecto, y que la solicitante no se encuentra incursa en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de una autorizacion contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento;

El Peruano Lunes 25 de noviembre de 2013

De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 456-2006MTC/03, a favor de la EMPRESA DE RADIODIFUSION PERUANA "VIDEO STEREO" E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 10 de setiembre de 2021, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de MORDAZA, departamento de Ancash. Articulo 2°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- La titular de la autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 4°.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

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Denominacion social de la empresa conforme a la Partida N° 02010408 de Registro Publicos.

1018476-1

Aprueban transferencia de autorizacion a favor de Grupo Turbo Mix S.R.L. para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial, otorgada mediante R.VM Nº 856-2010-MTC/03
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 584-2013-MTC/03 MORDAZA, 15 de Noviembre del 2013 VISTO, el escrito de registro N° 2013-013404 del 04 de marzo de 2013, presentado por el senor WILMER MORDAZA MORDAZA, sobre aprobacion de transferencia de la autorizacion otorgada para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Chota - Lajas, departamento de MORDAZA, a favor de la empresa GRUPO TURBO MIX S.R.L.;

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