Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2013 (25/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Lunes 25 de noviembre de 2013

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Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional N° 211AREQUIPA de fecha 05.03.2013 se aprobo declarar como prioridad regional, la promocion e implementacion de la alimentacion saludable de los ninos y adolescentes en edad escolar, a traves de estrategias en el ambito de las instituciones educativas y hogares de la Region Arequipa; con la finalidad de mejorar su estado nutricional y favorecer la prevencion del riesgo y dano alimentario nutricional. Que, asimismo la referida MORDAZA regional encargo a la Gerencia Regional de Salud y a la Gerencia Regional de Educacion, para que en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles desde la vigencia de la MORDAZA, presenten ante el Consejo Regional estrategias de caracter regional, tendientes a lograr los siguientes objetivos: (1) Implementar las recomendaciones contenidas en la Resolucion Ministerial N° 908-2012/MINSA, (2) Sensibilizar a la comunidad educativa (directores, profesores, alumnos y padres de familia en general) sobre la importancia del consumo de alimentos saludables en las instituciones educativas y los hogares de los estudiantes; siendo que para tal efecto se establecieron cuatro medidas y/o acciones especificas, referidas a: ((a)) Elaboracion de una Guia de Buenas Practicas Alimenticias en las Instituciones Educativas y Hogares de la Region MORDAZA, tendiente a ser difundido en la comunidad educativa y padres de familia, en forma fisica y a traves de las paginas webs del Gobierno Regional y sus dependencias competentes; ((b)) Conformacion de un grupo tecnico para que cumpla labores de capacitacion, sensibilizacion, control y vigilancia, tendientes a promover la venta de alimentos saludables en las instituciones educativas; ((c)) Elaboracion del diagnostico situacional y establecimiento de linea base de la alimentacion de los estudiantes de las instituciones educativas en la Region MORDAZA, a efecto de contar con informacion que permita realizar un monitoreo adecuado; y ((d)) Conformacion de Consejos Escolares de la Salud, que coadyuven a la implementacion de estrategias para una alimentacion saludable. Que, las Gerencias Regionales de Salud y de Educacion, mediante Oficio N° 2242-2013-GRA/GRS/GR-DEPS del 20.06.2013 remitieron de manera conjunta las estrategias regionales dispuestas mediante Ordenanza Regional N° 211AREQUIPA, las que han sido elaboradas con la participacion de agentes involucrados representantes de la Gerencia Regional de Agricultura, APAFAS, Municipios Escolares, Colegio de Nutricionistas de Arequipa; las mismas que han sido revisadas y complementadas por la Comision de Desarrollo e Inclusion Social y Prevencion de Conflictos, y la Comision de Educacion, Ciencia, Tecnologia e Innovacion del Consejo Regional, mediante la elaboracion del MORDAZA logico que permita realizar un adecuado monitoreo y medicion del cumplimiento de los objetivos planteados en la MORDAZA regional. Que, conforme a la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la ordenanza: "Las estrategias remitidas al Consejo Regional en cumplimiento del primer parrafo del Articulo 2°, seran aprobadas mediante Ordenanza Regional, en su debida oportunidad" Que, bajo ese contexto, corresponde al Consejo Regional aprobar las estrategias regionales para elevar los indicadores de alimentacion saludable en la Region MORDAZA, como medio de contribucion para mejorar el estado nutricional y prevenir el riesgo de dano alimentario nutricional de sus pobladores, con incidencia en los ninos y adolescentes en edad escolar. Que, entonces, por estas consideraciones, al MORDAZA de la Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley N° 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales; y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional N° 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154AREQUIPA. HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA ESTRATEGIAS REGIONALES PARA UNA ALIMENTACION SALUDABLE EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y HOGARES DE LA REGION MORDAZA Articulo 1°: Disposicion aprobatoria Aprobar las estrategias regionales elaboradas por las Gerencias Regionales de Salud y de Educacion y

Articulo 1°.- MORDAZA Reservada DECLARAR Area de Proteccion del Recurso Hidrobiologico "Macha" (Mesodesma Donacium), el area comprendida entre las playas "Los Hornos" y playa "Las Cuevas", provincia de Camana, delimitadas por el Sur y Norte por las siguientes coordenadas geograficas 16°40'56.988" Latitud Sur ­ 72°31'47.937" Latitud Oeste, y, 16°39'50.897" Latitud Sur ­ 72°36'57.454" Latitud Oeste y demas MORDAZA de influencia del Proyecto de Inversion Publica "Recuperacion poblacional del recurso macha en el litoral MORDAZA de la Region Arequipa"; por lo tanto, y mientras dure la MORDAZA decretada por la Resolucion Ministerial N° 099-99-PE, ninguna persona natural ni juridica podra extraer recursos hidrobiologicos durante los meses de noviembre, diciembre, enero y febrero haciendo uso de artes de pesca que danen el sustrato MORDAZA como las cortinas y otros, como medida de proteger los meses de mayor reproduccion y asentamiento de este recurso. Articulo 2°.- Finalidad La finalidad de la presente ordenanza regional es poder proteger los meses de mayor produccion de desove, aglomeracion y asentamiento del recurso hidrobiologico "Macha". Articulo 3°.- Notificacion Notificar la presente ordenanza regional a la Presidencia del Gobierno Regional y a la Gerencia Regional de la Produccion. Articulo 4º.- Vigencia La presente ordenanza regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 5º.- Publicacion Oficial y Electronica DISPONER la publicacion de la presente MORDAZA Regional tanto en el diario Oficial "El Peruano", como en el Diario de Avisos Judiciales "La Republica"; asimismo, SE ENCARGA a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el diario oficial, inmediatamente publique electronicamente en la Pagina Web su texto integro de conformidad con lo regulado en el articulo 9 del decreto Supremo Nro. 00-2009-JUS. La tramitacion de la publicacion sera a cargo de la Secretaria del Consejo Regional, mientras que el costo que esta irrogue sera cubierto por el Organo Ejecutivo Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de noviembre del 2013. MORDAZA CARCAMO MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de noviembre del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 1018619-1

Aprueban Estrategias Regionales para una alimentacion saludable en las instituciones educativas y hogares de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 250-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA

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