Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2013 (30/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

508008
Visto el Sustento Tecnico de viaje de la Direccion de Promocion del Turismo de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU. CONSIDERANDO: Que, la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, es un organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promocion de bienes y servicios exportables, asi como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Peru en materia turistica y de exportaciones; Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERU participara en la conferencia "USTOA Annual Conference & Market Place 2013", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 4 al 8 de diciembre de 2013, evento organizado por la Asociacion de Tour Operadores de Estados Unidos ­ USTOA, que congrega a los principales tour operadores de los Estados Unidos, quienes definen las tendencias en turismo a nivel Norteamerica, las mismas que permiten a la Institucion y a la oferta peruana, permanecer a la vanguardia en la promocion del destino, permitiendo de esta manera promover, educar e informar a la industria turistica norteamericana sobre los destinos turisticos que el Peru ofrece, generando oportunidades unicas para su futura inclusion en sus portafolios de ventas, promoviendo de esta manera al Peru; Que, es importante la participacion de PROMPERU en este evento, porque permitira reforzar las relaciones con los mas importantes tour operadores de Estados Unidos, mantener nuestra presencia frente a los paises competidores, incrementando de esta manera la participacion del Peru tanto en el grupo que conforma USTOA, como en los portafolios individuales de los operadores; asimismo, MORDAZA posible realizar acciones de inteligencia respecto a la competencia, para asegurar nuestra posicion de liderazgo entre los destinos turisticos de MORDAZA del Sur; Que, en tal razon, a propuesta de la Direccion de Promocion del Turismo de la entidad ha solicitado que se autorice el viaje de las senoras MORDAZA del MORDAZA de Reparaz MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bamberger de MORDAZA, quienes prestan servicios en dicha entidad, a la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, para que en representacion de PROMPERU, desarrollen actividades vinculadas a la promocion turistica del Peru en el evento MORDAZA mencionado; Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de las acciones de promocion de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, de las senoras MORDAZA del MORDAZA de Reparaz MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bamberger de MORDAZA, del 3 al 8 de diciembre de 2013, para que en representacion de PROMPERU lleven a cabo diversas acciones de promocion del turismo, durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA del MORDAZA de Reparaz Zamora: - Pasajes Aereos : US$ 1 592,00 - Viaticos (US$ 440,00 x 4 dias) : US$ 1 760,00

El Peruano Sabado 30 de noviembre de 2013

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bamberger de Hakim: - Pasajes Aereos : US$ 1 281,00 - Viaticos (US$ 440,00 x 5 dias) : US$ 2 200,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza, presentara a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERU un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4°.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARACELLY LACA MORDAZA Directora Ejecutiva (e) 1020666-1

DEFENSA
Aprueban linea de alta marea ubicada en el distrito de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1066-2013 MGP/DCG Callao, 15 de noviembre del 2013 Visto, el Oficio H.1000-2419 de fecha 11 de noviembre del 2013, del Director de Hidrografia y Navegacion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru CONSIDERANDO: Que, mediante documento del visto el Director de Hidrografia y Navegacion preciso a esta Autoridad Maritima la Linea de Alta Marea - LAM aplicable al area de playa del distrito de Barranco, en la provincia y departamento de Lima; Que, para determinar la Linea de Alta Marea - LAM aplicable al area de playa del distrito de Barranco, la Direccion de Hidrografia y Navegacion durante el ano 2013, realizo los correspondientes estudios de determinacion de la Linea de Alta Marea, los cuales fueron efectuados en conformidad al articulo 4.1 del Capitulo IV de las Normas Tecnicas Hidrografica HIDRONAV-5130, "Instrucciones tecnicas para la determinacion del limite de la franja no menor de CINCUENTA (50) metros de ancho paralela a la LAM"; Que, las normas tecnicas precisadas en el parrafo anterior, indican que una vez determinada la Linea de Alta Marea y el limite de la franja paralela no menor de CINCUENTA (50) metros, esa tendra caracter definitivo, aunque la geomorfologia del lugar sufra variaciones con el transcurso del tiempo, debido a los cambios estacionales regulares que producen la sedimentacion y erosion ciclica anual de las playas, asi como por los efectos ocasionados por fenomenos naturales y/o por actividades antropicas; Que, en el articulo 4.2 de las Normas Tecnicas precisadas en el parrafo precedente, establece que la Direccion de Hidrografia y Navegacion es el Ente Tecnico y de servicio oficial del Estado que definira, previo MORDAZA de evaluacion, el establecimiento de la Linea de Alta Marea y el limite de la franja paralela no menor de CINCUENTA (50) metros, para lo cual se pronunciara tecnica y definitivamente al respecto; Que, el pronunciamiento tecnico y definitivo que efectue la Direccion de Hidrografia y Navegacion sobre la determinacion de la Linea de Alta Marea y el limite de la franja paralela no menor de CINCUENTA (50) metros sera luego del MORDAZA de evaluacion correspondiente que se efectue sobre los documentos, planos e informes tecnicos que presente el promotor de un proyecto que presumiblemente se encuentre en la jurisdiccion de la Autoridad Maritima, correspondiendole a esta MORDAZA

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