Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2013 (30/11/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Sabado 30 de noviembre de 2013

508013
Que, en aplicacion del articulo 53 del Reglamento de la Ley Nº 28749 ­ Ley General de Electrificacion Rural, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM y cuyo procedimiento ha sido regulado por la Directiva Nº 0022013-MEM/DGER, se autoriza realizar las transferencias para las inversiones adicionales que MORDAZA requeridas, para subsanar deficiencias en la construccion de acuerdo a las normas tecnicas de electrificacion rural y/o para ampliar la cobertura del servicio electrico rural, que seran financiados por la Direccion General de Electrificacion Rural - DGER con los recursos para electrificacion rural; Que, mediante Oficio N° GR-1549-2013, de fecha 20 de noviembre de 2013, la EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD ELECTRONORTE MEDIO S.A. -HIDRANDINA , ha solicitado a la Direccion General de Electrificacion Rural del Pliego 016 - Ministerio de Energia y Minas recursos economicos, para mejoras en las instalaciones electricas de treinta y siete (37) proyectos de electrificacion rural, que se detallan en el Anexo 01, sustentado con su respectivo informe tecnico; Que, mediante Memorandum Nº 0791-2013/MEM/ DGER-JEST, la Direccion General de Electrificacion Rural, del Pliego Institucional, ha dado conformidad al informe tecnico y a la solicitud de Transferencia de Recursos, a favor de la EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD ELECTRONORTE MEDIO S.A. - HIDRANDINA, por el monto de S/. 12 090 000,00 para mejoras en las instalaciones electricas de treinta y siete (37) proyectos de electrificacion rural, detallados en el Anexo 01, transferencia que se realizara con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, el Ministerio de Energia y Minas ha suscrito un Convenio Especifico con la EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD ELECTRONORTE MEDIO S.A. - HIDRANDINA, para la transferencia de recursos, para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura electrica, de acuerdo a lo establecido en la Decima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y la Ley Nº 29952 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2013, y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 ­ Directiva para la Ejecucion Presupuestaria, modificada por Resolucion Directoral Nº 022-2011-EF/50.01; Con el visto MORDAZA del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Administracion, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, de la Secretaria General y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase una Transferencia de Recursos por la suma total de DOCE MILLONES NOVENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 090 000,00), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005Direccion General de Electrificacion Rural del Pliego 016 - Ministerio de Energia y Minas, para el Ano Fiscal 2013, a favor de la EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD ELECTRONORTE MEDIO S.A. - HIDRANDINA, para mejoras en las instalaciones electricas de treinta y siete (37) proyectos de electrificacion rural, segun Anexo 01. Articulo 2º.- La transferencia MORDAZA citada se efectuara segun el siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL GENERICA DE GASTO: 2.5 OTROS GASTOS Articulo 3º.- Los recursos, materia de la Transferencia autorizada, seran destinados exclusivamente para el

SE RESUELVE: Articulo 1.- Imponer con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de transmision de energia electrica de la que es titular Abengoa Peru S.A., la servidumbre permanente de electroducto para la Linea de Transmision de 220 kV SE MORDAZA ­ SE Tia MORDAZA, ubicada en los distritos de Cocachacra y Punta Bombon, provincia de Islay; y de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamentos de MORDAZA y MORDAZA, respectivamente, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Nivel de Tension ( kV ) Ancho de la Faja (m) 25

Cod. Exp.

Inicio y Llegada de la Linea Electrica

N° de Longitud Ternas (km)

21221512

SE MORDAZA ­ SE Tia MORDAZA

220

02

101,16

Articulo 2.- Abengoa Peru S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 3.- Abengoa Peru S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 4.- La servidumbre impuesta mediante la presente Resolucion no perjudica los acuerdos estipulados entre las partes. Articulo 5.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 6.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1021549-1

Autorizan Transferencia de Recursos a favor de HIDRANDINA para mejoras en las instalaciones electricas de diversos proyectos de electrificacion rural
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 530-2013-MEM/DM MORDAZA, 29 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el literal e) de la Decima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a efectuar transferencias de recursos a favor de las empresas concesionarias de distribucion electricas estatales, destinadas exclusivamente a financiar inversiones adicionales para mejoras, ampliaciones y reforzamientos de la infraestructura electrica de las empresas distribuidoras de electricidad, que abastecen el servicio electrico rural; Que, la referida disposicion establece que las transferencias de los recursos se financiaran con cargo al presupuesto institucional correspondiente al ano fiscal 2013 del pliego Ministerio de Energia y Minas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, las que se autorizaran mediante resolucion del titular del pliego, previa suscripcion de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energia y Minas y las empresas involucradas, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.