Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2013 (16/10/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Que, los mencionados cursos son de MORDAZA importancia para la Autoridad Nacional del Servicio Civil, pues proveeran a las servidoras del conocimiento en los subsistemas de gestion del empleo asi como en la gestion del desarrollo y la capacitacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y, las Normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Analista de Capacitacion de la Gerencia de Desarrollo de Recursos Humanos del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, del 16 al 19 de octubre de 2013, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar el viaje de la senorita Yessica MORDAZA MORDAZA Astuhuaman, Profesional en Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Administracion y Finanzas de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, del 22 al 25 de octubre de 2013, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran con cargo del presupuesto asignado para capacitacion de la Entidad, segun el siguiente detalle: Senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nombre del curso : "Evaluacion de Programas de Recursos Humanos y Metodologia ROI" : US$ : US$ : US$ 731.82 1,050.00 1,781.82

El Peruano Miercoles 16 de octubre de 2013

respectivamente, del Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura y Riego, que remite y hace suyos los Informes Nºs 065 y 069-2013-MINAGRI-DGCA/DPC/JLRA, respectivamente, ambos de la Direccion de Promocion de la Competitividad de la citada Direccion General, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28477, Ley que declara a los cultivos, crianzas nativas y especies silvestres usufructuadas Patrimonio Natural de la Nacion, establece como objetivo considerar como Patrimonio Natural de la Nacion, entre otros, a los cultivos nativos de la Canihua, Kiwicha y Quinua; asimismo el articulo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 1442013-MINCETUR-DM, declara como Producto Bandera a la Quinua; Que, en el MORDAZA del Sexagesimo MORDAZA Periodo de Sesiones, la Asamblea General de la Organizacion de las Naciones Unidas, mediante Resolucion Nº A/RES/66/221, ha declarado el ano 2013 como "Ano Internacional de la Quinua", resaltando que la quinua es un alimento natural con un elevado valor nutritivo, y reconociendo que los pueblos indigenas andinos han mantenido controlada, protegida y preservada en su estado natural a la quinua, incluidas sus numerosas variedades cultivadas, para la alimentacion de las generaciones actuales y las venideras; Que, caracteristicas similares y complementarias a la quinua, la tienen otros granos andinos como la kiwicha o MORDAZA, la canihua y el tarwi o chocho, que presentan un alto indice de proteinas, aminoacidos esenciales, calcio, fosforo, hierro y vitaminas, superiores a otros cereales, contando el Peru con una gran diversidad genetica de estas cuatro especies de granos andinos, tanto en condicion MORDAZA como cultivada, las cuales cubren diversos espacios ecologicos de nuestro MORDAZA, principalmente en la MORDAZA altoandina, donde sus cultivos prosperan sobre los 3,000 msnm, con caracteristicas comunes como su rusticidad agronomica y su bajo requerimiento hidrico, convirtiendose en una excelente alternativa de consumo para la poblacion, contribuyendo a la seguridad alimentaria y nutricional del pais; Que, las potencialidades de estos cuatro granos andinos son inmensas, tanto para su consumo como granos enteros o para su transformacion industrial en harina, hojuelas, extruidos, mezclas, instantaneos, y mas, lo que conlleva no solo a mejorar la nutricion de la poblacion, sino ademas a generar mas puestos de trabajo a lo largo de toda la Cadena Agro Productiva (trabajo en MORDAZA, post cosecha, transformacion, comercializacion, gastronomia, turismo); siendo necesario promover el consumo de estos cuatro granos andinos, asi como avanzar en el desarrollo de sistemas agronomicos y agroindustriales, que contribuyan a su optimo aprovechamiento; Que, en atencion a la finalidad expuesta, la Direccion General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura y Riego, en coordinacion efectuada con la Comision Multisectorial del "Ano Internacional de la Quinua 2013" durante la reunion de trabajo realizada el 26 de junio de 2013, se ha propuesto establecer como el "Dia Nacional de los Granos Andinos" el 30 de junio de cada ano, entre otros, por cuanto este reconocimiento de envergadura nacional e internacional generara una mayor demanda en el MORDAZA interno y externo de dichos productos alimenticios, asi como un mayor interes de investigar en relacion a dichos granos andinos, con proyeccion a la conformacion de un Instituto o Consejo Nacional o Internacional de Investigacion y Promocion de Granos Andinos, como sustento para lograr el desarrollo y aprovechamiento sostenible de los mismos; Que, en ese sentido, es de interes nacional revalorar, fomentar y difundir el consumo de la quinua, la kiwicha o MORDAZA, la canihua y el tarwi o chocho, tanto a nivel nacional como internacional, siendo pertinente establecer la celebracion del "Dia Nacional de los Granos Andinos", por su valioso aporte a la seguridad alimentaria y nutricional del MORDAZA, ademas de contribuir a mejorar la nutricion de la poblacion mundial, asi como, dinamizar y mejorar su produccion, procesamiento y mayor aprovechamiento de estos valiosos granos andinos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por Ley Nº 30048, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2008-AG, y la Ley Nº 28477, Ley que declara a los cultivos, crianzas nativas y especies silvestres usufructuadas Patrimonio Natural de la Nacion;

Pasajes aereos Viaticos (3 dias) 370x3 TOTAL

Senorita Yessica MORDAZA MORDAZA Astuhuaman Nombre del curso Pasajes aereos Viaticos (3 dias) 370x3 TOTAL : "Gestion y Seleccion Competencias" : US$ : US$ : US$ 635.00 1,050.00 1,685.00 por

Articulo 4.- Dentro de los quince (15) dias calendarios siguientes a su retorno al MORDAZA, las profesionales cuyo viaje se autoriza deberan presentar al Titular de la entidad un informe detallado sobre los resultados obtenidos, asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 5.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

1000811-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Declaran el 30 de junio de cada ano como "Dia Nacional de los Granos Andinos"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0392-2013-MINAGRI
MORDAZA, 14 de octubre de 2013 VISTOS: Los Oficios N°s. 2607 y 2731-2013-MINAGRIDGCA/DPC de fechas 19 y 27 de setiembre de 2013,

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