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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (16/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Miércoles 16 de octubre de 2013 504894 el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fi delidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad, así como certifi car fi rmas previa verifi cación de la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que sea necesario; Que, el Decreto Supremo Nº 205-2013/EF, que aprueba el reglamento del artículo 3º de la Ley Nº 30001, Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado, establece como requisito, entre otros, para acceder a los referidos incentivos la necesidad de presentar copia autenticada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Tarjeta del Migrante Retornado; Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en el artículo 145º que la autoridad competente, aun sin pedido de parte, debe promover toda actuación que fuese necesaria para su tramitación, así como superar cualquier obstáculo que se oponga a regular tramitación del procedimiento; Que, por necesidad del Servicio, se requiere designar a nuevos fedatarios que cumplan con las autenticaciones y las certifi caciones que solicite el administrado; Teniendo en cuenta el Memorándum (DGC) N° DGC0711/2013, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 4 de setiembre de 2013; De conformidad con el artículo 127º inciso 1) y artículo 145º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los siguientes servidores administrativos como fedatarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el período de dos (02) años, a partir de la fecha: • Servidora Administrativa, nivel STA, Lurdes María Orejuela Paz de Céspedes; y, • Servidor Administrativo, nivel STD, Luis Antonio Guerrero Lobatón. Artículo 2º.- Los citados fedatarios desempeñarán sus funciones Ad Honorem y de manera exclusiva para asistir en el impulso de los procedimientos iniciados en las dependencias de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares. Artículo 3º.- Los fedatarios designados quedan obligados a llevar un registro de los actos que autentiquen y de las certifi caciones que realicen en el ejercicio de sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1000540-1 SALUD Disponen la publicación de la propuesta de Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Salud Materna, en el Portal Institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 647-2013/MINSA Lima, 14 de octubre del 2013 Visto el Expediente 13-039117-003, que contiene el Memorándum N° 3131/2013-DGSP-MINSA, presentado por la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el literal b) del artículo 41° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, establece que la Dirección General de Salud de las Personas es el órgano técnico normativo en los procesos relacionados a la atención integral, servicios de salud, calidad, gestión sanitaria y actividades de salud mental, estando a su cargo de establecer las normas, supervisión y evaluación de la atención de la salud de las personas en las diferentes etapas de vida, así como la categorización, acreditación y funcionamiento de los servicios de salud y la gestión sanitaria en el Sector Salud; Que, en el marco de sus competencias funcionales, la Dirección General de Salud de las Personas ha propuesto la Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Salud Materna, que tiene como objetivo general lograr un manejo estandarizado, efi ciente y de calidad en la atención integral de la salud materna, en el marco de los derechos humanos, con enfoque de género e interculturalidad; Que, resulta conveniente poner a disposición de la ciudadanía la mencionada propuesta normativa, con la fi nalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir a su mejoramiento, en el marco de lo dispuesto en el numeral 6.2 de las “Normas para la Elaboración de Documentos Normativos del Ministerio de Salud”, aprobadas por Resolución Ministerial N° 526-2011/MINSA; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad, con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones efectúe la publicación de la propuesta de Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Salud Materna, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica de normas legales http:// www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp y en el enlace de documentos en consulta http://www.minsa. gob.pe/portada/docconsulta.asp, a efecto de recibir las sugerencias y aportes de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta (30) días calendario, a través del correo webmaster@ minsa.gob.pe. Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, a fi n de elaborar el proyecto correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1000334-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Establecen normas complementarias para la adecuada implementación del “Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC”, aprobado por D.S. Nº 008-2013-TR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 177-2013-TR Lima, 15 de octubre de 2013 VISTOS: El Ofi cio Nº 1127-2013-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo, el Informe N° 1246-2013- MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los numerales 5.1 y 5.2 del artículo 5° de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ésta entidad es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente en la formulación, planifi cación, dirección, coordinación, ejecución, supervisión y evaluación de las políticas nacionales y