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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013 (16/10/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 11

El Peruano Miércoles 16 de octubre de 2013 504893 De conformidad con las normas citadas precedentemente y en uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25962 – Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi cación de la base legal y competencia de procedimiento Modifíquese la base legal y la competencia de la autoridad responsable de evaluar y resolver los trámites correspondientes al procedimiento del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, previsto en el Ítem IM06 “Acreditación o Renovación de la condición de Pequeño Productor Minero o Productor Minero Artesanal”, a cargo de la Dirección General de Formalización Minera, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe), así como en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas ÍTEM DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE PAGO COSTO (%) U.I.T. C A L I F I C A C I Ó N RESPONSABLE DE LA EVALUACIÓN AUTORIDAD QUE RESUELVE EL TRÁMITE DOCUMENTO RESOLUTORIO APROBACIÓN AUTOMÁTICA EVALUACIÓN PREVIA POSITIVO NEGATIVO D I R E C C I Ó N G E N E R A L D E F O R M A L I Z A C I Ó N M I NE R A IM06 ACREDITACIÓN O RENOVACION DE LA CONDICIÓN DE PEQUEÑO PRODUCTOR MINERO O PRODUCTOR MINERO ARTESANAL Base Legal: - D.S. Nº 014-92-EM (Art. 91º modifi cado por Art. 3º del D.Leg. 1040) (03.06.92) - Ley Nº 27651 (24.01.02) - R.D. Nº 136-02-EM/DGM (07-05-02) (Formularios de Declaración Jurada Bienal) - D.S. Nº 013-2002-EM (Arts. 5º, 6º, 7º, 8º, 10º, 12º, 13º, 14º y 15º) modifi cado por Art. 1º del D.S. Nº 023-2005-EM, - D.Legislativo Nº 1040 (Arts. 1º, 2º y 3º) (26-06-08). - D.S. Nº 051-2009-EM (Art. 4º) (13-06-09) - D.S. Nº 025-2013-EM (Art. 2º) (25-07-13) a) SOLICITUD DE ACUERDO A FORMATO, CONSIGNANDO EL NÚMERO DE RUC. b) DECLARACIÓN JURADA BIENAL SEGÚN FORMATO APROBADO POR R.D. TRÁMITE PPM 5 PMA 2.5 -- -- 30 días calendario DGFM Director General de Formalización Minera Resolución Directoral 1000253-1 RELACIONES EXTERIORES Delegan facultades suficientes para la suscripción de la Enmienda al Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Oficina de Cooperación Suiza en Perú y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores relativo al “Apoyo al Programa de Mejoramiento Continuo de la Gestión de las Finanzas Públicas del Perú” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 190-2013-RE Lima, 15 de octubre de 2013 Visto el Memorándum (DCI) N° DCI0551/2013 de fecha 27 de septiembre de 2013, de la Dirección de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Memorándum (APC) N° APC0179/2013 de fecha 24 de septiembre, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; Debiéndose suscribir la Enmienda al Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza – Ofi cina de Cooperación Suiza en Perú y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores relativo al “Apoyo al Programa de Mejoramiento Continuo de la Gestión de las Finanzas Públicas del Perú”; De conformidad con lo establecido en el inciso 6 del artículo 5° de la Ley Nº 29357, y el Decreto Supremo N° 031-2007-RE; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Luis Humberto Olivera Cárdenas, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, las facultades sufi cientes para que suscriba la Enmienda al Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza – Ofi cina de Cooperación Suiza en Perú y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores relativo al “Apoyo al Programa de Mejoramiento Continuo de la Gestión de las Finanzas Públicas del Perú”. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Luis Humberto Olivera Cárdenas, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la señora Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1000811-5 Designan fedatarios del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0877/RE Lima, 14 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en el artículo 127º que cada entidad designará fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención, quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, asimismo, el fedatario tiene como labor personalísima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre