TEXTO PAGINA: 43
El Peruano Domingo 20 de octubre de 2013 505385 crea conveniente en su defensa, dicho descargo deberá hacerse por escrito y contener la exposición ordenada de los hechos, los fundamentos legales y pruebas con que se desvirtúen los cargos materia del proceso o el reconocimiento de su legalidad. El término de presentación del descargo será de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notifi cación, excepcionalmente cuando exista causa justifi cada y a petición del interesado se prorrogará cinco (5) días hábiles más; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 812 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Instaurar proceso administrativo disciplinario a los señores Dennis Eduardo Zúñiga Luy, Josefi na Estrada Mesinas De Capriata y Juan Francisco Pasara Gonzales, ex Presidentes de Directorio de la Sociedad de Benefi cencia de Lima Metropolitana, por la comisión de la presunta falta prevista en el literal d) del artículo 28° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en virtud de los cargos imputados respecto de la Observación N° 5 del Informe N° 002- 2012-2-0479 “Examen Especial a la captación de ingresos a través de Convenios, Créditos y Rentas del Hogar de la Madre Clínica Hospital Rosalía de la Valle de Morales Macedo”, y adicionalmente, en relación al señor Dennis Eduardo Zúñiga Luy respecto de la Observación N° 4 del referido Informe N° 002-2012-2-0479; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Otorgar a los señores Dennis Eduardo Zúñiga Luy, Josefi na Estrada Mesinas De Capriata y Juan Francisco Pasara Gonzales, ex Presidentes de Directorio de la Sociedad de Benefi cencia de Lima Metropolitana, el plazo de cinco días hábiles para que presenten el descargo que consideren pertinente. Artículo 3°.- Notifi car la presente Resolución a los señores Dennis Eduardo Zúñiga Luy, Josefi na Estrada Mesinas De Capriata y Juan Francisco Pasara Gonzales, así como a la Comisión Especial Ad Hoc de Procesos Administrativos, constituida mediante la Resolución de Alcaldía N° 109, de fecha 30 de abril de 2013, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1001556-1 MUNICIPALIDAD DE ANCON Modifican la Ordenanza Nº 216-2010- MDA, mediante la cual se establece compensación de deudas tributarias ORDENANZA Nº 273-2013-MDA Ancón, 11 de setiembre del 2013 VISTO: Ordenanza Municipal Nº 216-MDA, de fecha 31 de agosto del 2010, Informe Nº 303-2013- OAJ/MDA, de fecha 16 de agosto del 2013, emitido por el Asesor Legal, Memorándum Nº 711-2013-GM/MDA; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 40º numeral 3) del TUO del Código Tributario, aprobado por D.S. Nº 133-2013-EF., establece que la Compensación a solicitud de parte, deberá ser efectuada por la Administración Tributaria, previo cumplimiento de los requisitos, forma, oportunidad y condiciones que esta señale; Que estando al Artículo 9º inciso 8), en concordancia con el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto por Unanimidad de los regidores, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 216-2010- MDA, QUE ESTABLECE LA COMPENSACIÒN DE DEUDAS TRIBUTARIAS POR CONCEPTOS DE ARBITRIOS MUNICIPALES CONTRA LOS CREDITOS LABORALES DEVENGADOS Y CREDITOS DE DIETAS DEVENGADAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÒN. Artículo Único.- MODIFICAR el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 216-2010-MDA., de fecha 31 de agosto del 2010, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: “Artículo Tercero:- La compensación deberá ser otorgada a pedido de parte y aprobada mediante Resolución de la Gerencia de Rentas. “ Regístrese, publíquese y cúmplase. PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 1001832-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 177-2013/MDLV Mediante Ofi cio Nº 1145-2013-SG/MLV la Municipalidad Distrital de La Victoria, solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 177-2013-MDLV publicada en la edición del viernes 4 de octubre de 2013. 1. En el Artículo 7º.- Pérdida de los incentivos otorgados.- (Pág. 504323 y 504324) DICE: De ser el caso que se confi gure incumplimiento en el pago de alguna cuota, el contribuyente perderá todos los benefi cios referidos a la condonación de los intereses del Impuesto Predial generado, la condonación de Arbitrios de años anteriores generados por la omisión o subvaluación, así como la condonación de las Multas Tributarias. DEBE DECIR: De ser el caso que se confi gure incumplimiento en el pago de alguna cuota, el contribuyente perderá todos los benefi cios referidos a la condonación de los intereses de la deuda no cancelada, la condonación de Arbitrios de años anteriores generados por la omisión o subvaluación, así como de la condonación de las Multas Tributarias y Costas y Gastos Procesales. 2. En la Cuarta Disposición Final y Complementaria.- (Pág. 504324) DICE: Suspéndanse los efectos de las Ordenanzas Nº 156- 2012/MDLV y Nº 169-2013/MDLV, hasta que culmine el plazo de acogimiento a que se refi ere el artículo 12º de la presente. DEBE DECIR: Suspéndanse los efectos de las Ordenanzas Nº 156-2012/MDLV y Nº 169-2013/MDLV, así como todo ordenamiento legal que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza, hasta que culmine el plazo de acogimiento al que se refi ere el Artículo 10º del presente texto legal. 1001809-1