NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (04/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 4
El Peruano Miércoles 4 de setiembre de 2013 502186 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de funcionaria del INDECOPI a la Federación de Rusia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 279-2013-PCM Lima, 3 de setiembre de 2013 Vista la Carta Nº 521-2013/PRE-INDECOPI, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, del 15 al 21 de septiembre de 2013, se desarrollarán en la ciudad de San Petersburgo, Federación de Rusia, la Reunión del Congreso de Normalización de Asia Pacífi co (PASC, por sus siglas en inglés), en el marco del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífi co (APEC, por sus siglas en inglés), así como la Trigésima Sexta Asamblea General de la Organización Internacional para la Normalización (ISO, por sus siglas en ingles) y reuniones conexas; Que, la reunión del PASC -del cual el Perú es miembro a través del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI- tiene por fi nalidad el intercambio de experiencias y la promoción de alianzas estratégicas entre sus miembros, a fi n de lograr una mejor participación en la normalización internacional; Que, la referida Asamblea General tiene como objetivo central defi nir las futuras líneas de acción a adoptar, así como los avances en el desarrollo de la normalización y las acciones a realizarse en este ámbito, proporcionando un espacio para que los miembros estudien posibilidades de trabajo conjunto que benefi cien las actividades de normalización que realizan en sus respectivos países, además de las acciones de cooperación que contribuyan a la integración y al comercio exterior; Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, ha sometido a consideración la participación en los referidos eventos de la señora María del Rosario Uría Toro, Secretaria Técnica de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias (CNB), dado que la institución, en su calidad de Organismo Peruano de Normalización, desarrolla las actividades de normalización en todos los sectores de la industria, siendo la CNB la autoridad competente para participar a nombre del país en el desarrollo de normas técnicas internacionales; Que, en atención a las consideraciones expresadas, el viaje de representación de la citada funcionaria resulta de interés nacional, por lo cual se estima necesario autorizar su participación, disponiéndose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viáticos en los que incurra la participante, sean asumidos íntegramente por el INDECOPI; De conformidad con la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; el Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora María del Rosario Uría Toro, Secretaria Técnica de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias (CNB) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, del 13 al 22 de septiembre de 2013, a la ciudad de San Petersburgo, Federación de Rusia. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Incluido Impuestos) US$ 5,000 Viáticos US$ 4,320 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 983466-3 Crean Comisión Multisectorial para proponer mejoras al Programa Nacional de Alimentación Escolar QALI WARMA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 280-2013-PCM Lima, 3 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Constitución Política del Perú, establece que es objetivo de la comunidad y del Estado otorgar protección a los grupos sociales especialmente vulnerables, en particular a las niñas y niños; Que, asimismo, de conformidad con los artículos 1 y 44 de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado, siendo deberes primordiales de este último, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, en ese contexto, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con la fi nalidad de mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil; Que, según lo previsto en el artículo 9 de la Ley N° 29792, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social elabora políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo e inclusión social, acceso a oportunidades y desarrollo de capacidades de su competencia; promueve la participación del sector privado y la sociedad civil con el fi n de desarrollar intervenciones conjuntas en la aplicación