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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (04/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Miércoles 4 de setiembre de 2013 502201 Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, de la República Argentina y de la República Bolivariana de Venezuela, sin armas de guerra; Que, con Carta G.500-3319 del 27 de agosto de 2013, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, de la República Argentina y de la República Bolivariana de Venezuela y; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República del 4 al 12 de setiembre de 2013, a fi n de complementar conocimientos teóricos y profesionales, así como visitar diferentes unidades navales, como parte del viaje de instrucción a cargo de la Escuela de Comando y Estado Mayor Naval de la Armada Boliviana; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, de la República Argentina y de la República Bolivariana de Venezuela detallado a continuación, del 4 al 12 de setiembre de 2013, a fi n que complementen sus conocimientos teóricos y profesionales, así como visiten diferentes unidades navales, como parte del viaje de instrucción a cargo de la Escuela de Comando y Estado Mayor Naval de la Armada Boliviana. PERSONAL MILITAR DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA 1. Capitán de Navío Francisco Javier COLLAZOS Churruarrin 2. Capitán de Navío Ruben SANDOVAL Oporto 3. Capitán de Navío Javier Eduardo AYLLÒN Vargas 4. Capitán de Fragata Franz Pablo VALDIVIESO Oña 5. Capitán de Fragata Marco Pedro DURAN Calvety 6. Capitán de Fragata Javier VALDIVIEZO Álvarez 7. Capitán de Fragata Aldo ROJAS Rojas 8. Capitán de Corbeta Jaime Rudy BURGOA Valencia 9. Capitán de Corbeta Anselmo OVANDO Avilés 10. Capitán de Corbeta Ernesto ALFARO Palma 11. Capitán de Corbeta Wilmer RONDO Villca 12. Capitán de Corbeta Richard OSINAGA Rivero 13. Capitán de Corbeta Jhonny TORREZ García 14. Capitán de Corbeta José Yerko FLORES Mercado 15. Capitán de Corbeta Juan Carlos ARDAYA Rivero 16. Capitán de Corbeta Fernando JOHANNSSEN Velasco 17. Capitán de Corbeta Américo QUINTEROS Chávez 18. Capitán de Corbeta Nilton MORANTE Condori 19. Capitán de Corbeta Armando SALAZAR Barrientos 20. Capitán de Corbeta Edwar CHAVEZ Bascope 21. Capitán de Corbeta Jadiel BRAVO Alemán 22. Capitán de Corbeta Gonzalo RAMALLO León 23. Capitán de Corbeta Juan Carlos BARRIOS Solís 24. Capitán de Corbeta Romel DIAZ Misericordia 25. Capitán de Corbeta Mirco VARGAS Condori 26. Capitán de Corbeta Carlos LANDA Aguilar 27. Teniente de Navío Juan Carlos SILVA Deheza 28. Teniente de Navío Israel CASTILLO Ocampo 29. Teniente de Fragata Alex GUERRERO Lerma 30. Teniente de Fragata Rodmy RIOS Gemio 31. Teniente de Fragata Douglas RIOJA Paredes 32. Teniente de Fragata Felipe Edwin MARIN Parra 33. Teniente de Fragata Marcelo Nemesio CASAS Rivero 34. Teniente de Fragata Nicanor Javier OSSIO Jurado 35. Teniente de Fragata Roger CÁCERES Mena 36. Teniente de Fragata Andrés Gustavo OBLITAS Morato 37. Teniente de Fragata Cristian Javier ACHO Oliver 38. Teniente de Fragata Eduardo MENESES Morón 39. Teniente de Fragata Jhonny Gustavo TOLEDO Ovando 40. Teniente de Fragata Erick Manuel SUAREZ Loras 41. Teniente de Fragata Limbert CÁCERES Díaz 42. Teniente de Fragata Eliceo RODRÍGUEZ Calle 43. Teniente de Fragata Marco Antonio CÁCERES Diaz 44. Teniente de Fragata Raúl Lander SÁNCHEZ Daga 45. Teniente de Fragata Ronald Luis GALLO Márquez 46. Teniente de Fragata Iván Antonio LÓPEZ Vacafl or 47. Teniente de Fragata David HERRERA Arredondo 48. Teniente de Fragata Oscar Eduardo CHÁVEZ Adorno 49. Teniente de Fragata Abel Bladimir MENDIZABAL Dorado 50. Teniente de Fragata Osmar Alexander CACHI Abasto 51. Teniente de Fragata Roly LOZA Coarite 52. Teniente de Fragata Omar Alex ABAN Rojas 53. Teniente de Fragata Mauricio Alfonzo MAZUELOS Butrón 54. Teniente de Fragata Diego Serafín BONILLA Salazar 55. Teniente de Fragata Ronny JOSEF Duran PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 1. Capitán de Fragata Pablo Adrián FRANCHI PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA 1. Capitán de Fragata Erasmo Antonio GAMBOA Patiño Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publìquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 983465-2 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 757-2013-DE/SG Lima, 3 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 674 del 19 de agosto de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 1929/ORIE/c.2 del 28 de agosto de 2013, el Jefe de la Ofi cina de Relaciones Internacionales del Ejército, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República del 8 al 13 de setiembre de 2013, a fi n de participar en el XXXII Congreso Ordinario de la Unión Deportiva Militar Sudamericana; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley