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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (05/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 11

El Peruano Jueves 5 de setiembre de 2013 502269 CONSIDERANDO: Que, mediante por Acuerdo COPRI N° 365-10-2001 adoptado por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI en su sesión de fecha 11 de diciembre de 2001, se estableció la entrega en concesión al sector privado de la ejecución de obras de infraestructura para la prestación de servicios turísticos a favor del complejo arqueológico denominado “Fortaleza de Kuélap”, ubicado en el distrito de Tingo, provincia de Luya, departamento de Amazonas; bajo los mecanismos y procedimientos a que se refi ere el Decreto Supremo N° 059-96-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 060-96-PCM; Que, mediante Resolución Suprema N° 536-2001-EF del 19 de diciembre de 2001, se ratifi có el Acuerdo COPRI a que se refi ere el considerando precedente; Que, por Resolución Suprema N° 010-2012-EF del 8 de febrero de 2012, se modifi ca la constitución de los Comités Especiales de PROINVERSIÓN y se crea el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y Servicios Públicos Sociales, Minería, Saneamiento, Irrigación y Asuntos Agrarios - PRO DESARROLLO; Que, por Acuerdo N° 461-2-2012-DE del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha 15 de febrero de 2012, se asignó al Comité PRO DESARROLLO, el Proyecto Sistema de Telecabinas de Kuélap; Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión del 09 de agosto de 2013, se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto Sistema de Telecabinas de Kuélap, de conformidad con lo solicitado por el Comité PRO DESARROLLO; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 060-96-PCM, el Decreto Legislativo N° 1012 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 146-2008-EF, el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN referido en el considerando anterior debe ser ratifi cado por resolución suprema; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, el Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias y complementarias, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 09 de agosto de 2013, mediante el cual se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto Sistema de Telecabinas de Kuélap. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 983988-3 EDUCACION Aprueban Directiva “Orientaciones para la Implementación de la Iniciativa Rutas Solidarias: Bicicletas Rurales para llegar a la Escuela” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0434-2013-ED Lima, 3 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, según el artículo 14 de la Constitución Política del Perú, la educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte; Que, los literales b) y c) del artículo 8 de la Ley General de Educación, Ley N° 28044, establecen que la educación se sustenta entre otros principios, en la equidad, que garantiza a todos iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad; así como la inclusión, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ámbito rural sin distinción de etnia, religión, sexo u otra causa de discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la pobreza, la exclusión y las desigualdades; Que, el artículo 37 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2012-ED, establece que la formación cultural, artística, con énfasis en las creaciones culturales y artísticas en un enfoque intercultural e inclusivo, así como la actividad física, deportiva, recreativa y de emprendimiento que forman parte del proceso de la educación integral de los estudiantes, se desarrollan en todos los niveles, modalidades, ciclos y grados de la Educación Básica; Que, con el Primer Objetivo Estratégico del Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú, aprobado mediante Resolución Suprema N° 001-2007-ED, referido a Oportunidades y Resultados Educativos de igual calidad para todos, se propone una educación básica que asegure igualdad de oportunidades y resultados educativos de calidad para todos los peruanos, cerrando las brechas de inequidad educativa; Que, el artículo 53 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, establece que la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica, tiene entre otras funciones, normar y orientar las actividades y programas de promoción escolar, gestión cultural y sistemas deportivos escolares a través de las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada; Que, con el Informe N° 036-2013-MINEDU/VMGP- DIPECUD, la Directora de la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte, sostiene que “Rutas Solidarias: Bicicletas Rurales para llegar a la Escuela” constituye una iniciativa organizada a través de un sistema de redes que, teniendo en cuenta los criterios de proximidad geográfi ca, identidad cultural y facilidades de comunicación entre todos los actores sociales, permite a los alumnos asistir a la escuela mediante el uso de bicicletas, promoviendo una vida sana con acceso a la educación y mejora en su salud y de los aprendizajes, contribuyendo a la economía familiar, la protección del medioambiente y el contacto con el entorno natural y cultural; Que, asimismo, refi ere que la mencionada iniciativa se encuentra en proceso de implementación y ejecución, por lo que considera necesario aprobar una Directiva que establezca las disposiciones para su adecuada implementación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley General de Educación aprobada por la Ley Nº 28044, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012- ED; en el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; y en la Resolución Ministerial Nº 0036- 2012-ED, Normas para la Formulación y Aprobación de Directivas en el Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 021-2013- MINEDU/VMGP-DIPECUD denominada “Orientaciones para la Implementación de la Iniciativa Rutas Solidarias: Bicicletas Rurales para llegar a la Escuela”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar a la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte del Ministerio de Educación