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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (05/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Jueves 5 de setiembre de 2013 502270 para que establezca las disposiciones complementarias que resulten necesarias para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en el documento normativo aprobado en el artículo precedente, y cumpla con informar oportunamente al Viceministro de Gestión Pedagógica, sobre los alcances de su cumplimiento. Artículo 3.- Disponer que la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Ministerial así como el documento que aprueba, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 983536-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban modificación de concesión solicitada por Electro Oriente S.A. y Addendum N° 2 al Contrato de Concesión N° 031-94 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-2013-EM Lima, 4 de setiembre de 2013 VISTO: El Expediente con código N° 15012593 sobre la solicitud de modifi cación de concesión defi nitiva de distribución de energía eléctrica, presentada por Electro Oriente S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11000601 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral Nº IV, Sede Iquitos, Ofi cina Registral de Iquitos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 086-94-EM, publicada el 06 de diciembre de 1994, se otorgó a favor de Electro Oriente S.A., concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad, suscribiéndose el Contrato de Concesión N° 031-94, elevado a Escritura Pública el 01 de febrero de 1995; Que, mediante Resolución Suprema N° 083-99- EM, publicada el 10 de junio de 1999, se aprobó la regularización de la ampliación de las zonas de concesión defi nitiva, entre las cuales se encuentra la zona de Santa Clotilde, a favor de Electro Oriente S.A., para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad, suscribiéndose el Addendum N° 1 al Contrato de Concesión N° 031-94, correspondiente a las citadas zonas; Que, mediante documento presentado el 19 de octubre de 2012 bajo el Registro N° 2238589, el concesionario solicitó la modifi cación de la referida concesión, con la fi nalidad de reducir su área de concesión y las áreas excluidas de su concesión se sujeten a lo previsto en el último párrafo del artículo 30 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; Que, en el área excluida de la zona de concesión, están previstas ejecutarse obras de electrifi cación rural de acuerdo con lo coordinado por la Municipalidad distrital de Napo, Electro Oriente S.A. y el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Electrifi cación Rural; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, y la solicitud cuenta con la opinión favorable a que se refi ere el Informe N° 350-2013-DGE-DCE, siendo procedente aprobar el Addendum N° 2 al Contrato de Concesión N° 031-94, el mismo que deberá ser elevado a Escritura Pública, incorporando en éste el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM ; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la modifi cación de la concesión solicitada por Electro Oriente S.A. y el Addendum N° 2 al Contrato de Concesión N° 031-94, en los aspectos referidos a modifi car los Anexos N° 3 y N° 4, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- La modifi cación aprobada en el artículo que antecede, comprende la zona reducida de concesión que a continuación se señala, la cual está delimitada por las coordenadas UTM, en el sistema PSAD56, que fi guran en el plano obrante en el expediente: Código N° 15012593 Zona Distrito Provincia Departamento Plano N° Escala 01 Santa Clotilde Napo Maynas Loreto Plano N° 02 Escala 1/7500 Artículo 3°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, el Addendum N° 2 al Contrato de Concesión N° 031-94, y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública que dé origen el Addendum N° 2 al Contrato de Concesión N° 031-94. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 983988-4 Constituyen derecho de servidumbre legal de ocupación, paso y tránsito a favor de Savia Perú S.A., sobre predio de propiedad del Estado Peruano ubicado en el departamento de Piura, para la ejecución del Proyecto “Cabo Blanco” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 058-2013-EM Lima, 4 de setiembre de 2013 VISTO el Expediente Nº 2045654 de fecha 24 de noviembre de 2010 y sus Anexos Nos. 2066985, 2080006, 2084457, 2096512, 2108830, 2114869, 2119817, 2138600, 2145917, 2145920, 2156842, 2169636, 2175600, 2203907, 2214807 y 2217880,