NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (05/09/2013)
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El Peruano Jueves 5 de setiembre de 2013 502279 Autorizan viaje de Director Ejecutivo de la APCI a la República de Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0778/RE Lima, 4 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, del 12 al 13 de setiembre de 2013, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, se llevará a cabo la “Primera Reunión de Trabajo de Cooperación Internacional de CELAC”; Que, al respecto, la Dirección de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina ha extendido la invitación a la Dirección Ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) para que participe en la citada reunión; Que, el objeto del referido evento es reunir a los responsables de cooperación internacional de los treinta y tres (33) países de América Latina y El Caribe, con el propósito de construir de manera horizontal la política de cooperación de este foro regional; Que, por lo tanto, es necesario autorizar el viaje del Director Ejecutivo de la APCI, por ser de interés institucional y acorde con las funciones que desarrolla la entidad; Que, a través del Memorándum Nº 618-2013/APCI- OGA, la Ofi cina General de Administración de la APCI, informa el importe de los pasajes (incluido impuestos) y viáticos de la citada Comisión; asimismo la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Agencia, mediante los Memoranda Nº 378-2013/APCI-OPP y 379-2013/ APCI-OPP, manifestó que se cuenta con la disponibilidad presupuestal; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 4620, del Despacho Viceministerial, de 13 de agosto de 2013; y el Memorándum (DAE) N° DAE0920/2013, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 12 de agosto de 2013; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos modifi cada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013/PCM; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 135-2010/RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modifi catorias; el Decreto Supremo Nº 028-2007/RE, Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, y sus modifi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales; y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2008/PCM y su modifi catoria; y el numeral 10.1. del artículo 10° de la Ley N° 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Luis Humberto Olivera Cárdenas, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 12 al 13 de setiembre de 2013, para que asista a la “Primera Reunión de Trabajo de Cooperación Internacional de CELAC”; así como autorizar su salida del país el 11 de setiembre de 2013 y su retorno el 14 de setiembre de 2013. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), debiendo presentar la rendición de viáticos conforme a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes aéreos (incluido impuestos) Nº de días Viáticos Viáticos US$ Luis Humberto Olivera Cárdenas 667.98 2 740.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el señor Luis Humberto Olivera Cárdenas presentará a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 983978-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada en la localidad de Conchucos-Lacabamba del departamento de Ancash serán otorgadas mediante concurso público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1048-2013-MTC/28 Lima, 7 de agosto 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que confi gurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; Que, mediante Informe Nº 1651 -2013-MTC/28 se da cuenta que para el servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) en la localidad de CONCHUCOS- LACABAMBA del departamento de Ancash, el número de solicitudes admitidas es de cinco (05), lo cual es superior al número de frecuencias disponibles que son cuatro (04), razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) en la localidad de