NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (05/09/2013)
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El Peruano Jueves 5 de setiembre de 2013 502278 RELACIONES EXTERIORES Dan por terminadas funciones de Vicecónsul Honorario del Perú en la ciudad de Kiev, República de Ucrania RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 175-2013-RE Lima, 4 de setiembre de 2013 VISTA: La Resolución Suprema Nº 079-2002-RE, de fecha 26 de febrero de 2002, que nombró al señor Juan Olivas Cornejo como Vicecónsul Honorario del Perú en la ciudad de Kiev, República de Ucrania, con circunscripción en todo el país; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE establece en su artículo 127º, literal b) que las funciones de los cónsules honorarios concluyen por la cancelación del nombramiento y de las letras patentes correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en el artículo 127º, literal b) del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 05 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del señor Juan Olivas Cornejo, como Vicecónsul Honorario del Perú en la ciudad de Kiev, República de Ucrania. Artículo 2º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3º.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 983988-9 Autorizan viaje, con eficacia anticipada, de Directora de la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI a Trinidad y Tobago, Surinam y Jamaica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0777/RE Lima, 4 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, con el propósito de afi anzar las relaciones bilaterales con los países miembros de la Comunidad del Caribe (CARICOM) en el marco del fortalecimiento de la posición del Perú en materia de Cooperación Internacional para el Desarrollo, como país cooperante técnico, en las áreas en los que cuenta con ventajas comparativas y con miras a impulsar la modalidad de cooperación Sur – Sur, se han realizado coordinaciones con los Ministerios de Relaciones Exteriores de la República de Trinidad y Tobago, de la República de Surinam y de Jamaica; Que, con tal fi nalidad, y en atención a lo dispuesto por el Despacho del Viceministro de Relaciones Exteriores, con Hoja de Trámite (GAC) Nº 2930, de 24 de mayo de 2013, se encargó a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Ana Marina Alvarado de Díaz, Directora de Gestión y Negociación Internacional, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), para que realice las gestiones correspondientes con los referidos países, del 27 y el 30 de mayo de 2013; Que, a través del Memorándum Nº 451-2013/ APCI-OGA, la Ofi cina General de Administración de la APCI, informa el importe de los pasajes y viáticos de la citada Comisión; asimismo la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la referida Agencia, mediante los Memoranda Nº 279-2013/APCI-OPP y 280-2013/APCI- OPP, manifestó que se cuenta con la disponibilidad presupuestal; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 3668, del Despacho Viceministerial, de 1 de julio de 2013; y el Memorándum (DAE) N° DAE0754/2013, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 26 de junio de 2103; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su modifi catoria; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modifi catorias; el Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, y sus modifi catorias; y el artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Ana Marina Alvarado de Díaz, Directora de la Dirección de Gestión y Negociación Internacional, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), a las ciudades de Puerto España, República de Trinidad y Tobago; de Paramaribo, República de Surinam; y de Kingston, Jamaica; con efi cacia anticipada, del 27 al 30 de mayo de 2013, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Artículo 2º.- Los gastos de pasajes y viáticos que irrogó el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), debiendo presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Aéreos (incluido impuestos) US$ Nº de días viáticos Viáticos US$ Ana Marina Alvarado de Díaz 3638.22 4 1720.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Ana Marina Alvarado de Díaz, presentará al Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 983981-1