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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (05/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 79

El Peruano Jueves 5 de setiembre de 2013 502337 Nº DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CARGO DNI NOMBRES APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO OBSERVACIÓN 45 UCAYALI CORONEL PORTILLO CAMPOVERDE ALCALDE DISTRITAL 41177739 MAXIMILIANO SUPA CARHUAS Autoridad que asume el cargo provisionalmente y mantiene su cargo como regidor titular REGIDORA DISTRITAL 00117022 RAYDA LÓPEZ MARCELO Autoridad que asume el cargo provisionalmente REGIDOR DISTRITAL 42185585 RIBENTÓN SÁNCHEZ RENGIFO Autoridad que asume el cargo provisionalmente REGIDORA DISTRITAL 45532084 LILIA ESTHER RAMÍREZ TANANTA Autoridad que asume el cargo provisionalmente REGIDOR DISTRITAL 40419783 GUSTAVO RAFAEL CUZCANO VARGAS Autoridad que asume el cargo provisionalmente REGIDORA DISTRITAL 40587261 MARÍA ISABEL FARRO BERMEJO Autoridad que asume el cargo provisionalmente Artículo Sexto.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo la convocatoria al proceso de Nuevas Elecciones Municipales 2014 en las circunscripciones electorales detalladas en el artículo segundo de la presente resolución. Artículo Séptimo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para los fines pertinentes. Artículo Octavo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO VELARDE URDANIVIA Samaniego Monzón Secretario General 983956-2 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan apertura de agencias en los departamentos de Cusco, Ucayali, Arequipa y Lima RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 273-2013/JNAC/RENIEC Lima, 4 de setiembre de 2013 VISTOS: El Informe N° 000035-2013/GOR/JR9CUS/ RENIEC (05JUL2013), emitido por la Jefatura Regional 9 – Cusco de la Gerencia de Operaciones Registrales; la Hoja de Elevación N° 000364-2013/GOR/RENIEC (08JUL2013), emitida por la Gerencia de Operaciones Registrales, y el Informe N° 001308-2013/GAJ/RENIEC (15JUL2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las ofi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modifi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando las dependencias que fueren necesarias; Que en ese mismo sentido, los artículos 11° y 13° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, establecen que cada ofi cina registral estará dotada de los mecanismos sufi cientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista ofi cina registral; Que mediante documento de vistos la Jefatura Regional 9 – Cusco, señala que de las coordinaciones efectuadas con las autoridades de la Universidad Nacional de San Antonio de Abad del Cusco, a partir del Convenio de Cooperación Interinstitucional celebrado con dicho Centro de Estudios Superiores el 20 de junio de 2013, la Entidad Educativa antes mencionada ha cedido al RENIEC un ambiente ubicado dentro del campus universitario, sito en la Av. Cultura N° 733, del distrito, provincia y departamento del Cusco para el funcionamiento de la Agencia RENIEC, a cargo de la Jefatura Regional 9 – Cusco, situación que benefi ciará a una población de 16,639 estudiantes; Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante documento de vistos señala, que en la citada Agencia se vienen realizando actividades desde el 20 junio de 2013, por lo que resulta necesario formalizar el inicio de dichas actividades a través de la correspondiente resolución jefatural; Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; en tal sentido, resulta legalmente viable autorizar la apertura de la Agencia RENIEC en el local de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, con efi cacia anticipada al 20 de junio de 2013, en los términos recomendados por los órganos competentes; Que la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y,