NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (05/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 81
El Peruano Jueves 5 de setiembre de 2013 502339 que cada ofi cina registral estará dotada de los mecanismos sufi cientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista ofi cina registral; Que mediante documento de vistos la Jefatura Regional 8 – Arequipa, señala que de las coordinaciones efectuadas con las autoridades de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, a partir del Convenio de Cooperación Interinstitucional celebrado con dicha Comuna el 16 de julio de 2013, ha cedido al RENIEC un ambiente independiente de sus instalaciones para el funcionamiento de una Agencia del RENIEC, a cargo de la Jefatura Regional 8 - Arequipa; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante documento de vistos, señala que dicho ambiente se encuentra implementado y listo para dar inicio a sus operaciones; Que la Gerencia General, mediante documento de vistos opina favorablemente sobre la creación de una Agencia del RENIEC en el distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa; en tal sentido, resulta legalmente viable autorizar la creación de una Agencia en el indicado distrito; Que la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; el literal h) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013); y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la apertura de la Agencia RENIEC, la cual se encuentra ubicada en la Calle Los Andes s/n, esquina con la Av. Obrera, del distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa, a cargo de la Jefatura Regional 8 – Arequipa de la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 983949-3 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 276-2013/JNAC/RENIEC Lima, 4 de setiembre de 2013 VISTOS: Los Informe N° 000049-2013/GOR/JR10LIM/ RENIEC y N° 000053-2013/GOR/JR10LIM/RENIEC (03JUL2013 y 16JUL2013, respectivamente), emitidos por la Jefatura Regional 10 – Lima de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Informe N° 000156-2013/ GOR/RENIEC (23JUL2013), emitido por la Gerencia de Operaciones Registrales; el Memorando N° 000436- 2013/GG/RENIEC (06AGO2013), emitido por la Gerencia General, y el Informe N° 001501-2013/GAJ/RENIEC (14AGO2013), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las ofi cinas registrales en todo el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las modifi caciones convenientes para el mejor servicio a la población, creando las dependencias que fueren necesarias; Que en ese mismo sentido, los artículos 11° y 13° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, establecen que cada ofi cina registral estará dotada de los mecanismos sufi cientes para atender a la población, facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista ofi cina registral; Que mediante documentos de vistos la Jefatura Regional 10 – Lima, señala que de las coordinaciones efectuadas con las autoridades de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, a partir del Convenio de Cooperación Interinstitucional celebrado con dicho Comuna el 29 de diciembre de 2011, ha cedido al RENIEC un ambiente dentro de sus instalaciones, sito en la Av. El Triunfo cdra. 9 s/n, del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima para el funcionamiento de la Agencia del RENIEC, a cargo de la Jefatura Regional 10 - Lima; Que en ese contexto, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante documento de vistos, señala que dicho ambiente se encuentra implementado y listo para dar inicio a sus operaciones; Que la Gerencia General, mediante documento de vistos opina favorablemente sobre la creación de una Agencia del RENIEC en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima; en tal sentido, resulta legalmente viable autorizar la creación de una Agencia en el indicado distrito; Que la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; el literal h) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013); y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la apertura de la Agencia Villa María del Triunfo, la cual se encuentra ubicada en la Av. El Triunfo cdra. 9 s/n, del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, a cargo de la Jefatura Regional 10 – Lima de la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 983949-4 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal - CAP del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 277-2013/JNAC/RENIEC Lima, 4 de setiembre de 2013 VISTOS: El Memorando N° 001800-2013/GPP/RENIEC (23JUL2013) de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe N° 000184-2013/GPP/SGR/RENIEC (23JUL2013) de la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el