Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (05/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 94

El Peruano Jueves 5 de setiembre de 2013 502352 que se ha concertado con el Presidente de Yacimientos Petrolíferos, Fiscales Bolivianos, YPFB y el Ministerio de Energía y Minas del referido país hermano, una misión de trabajo al Estado Plurinacional de Bolivia durante los días 20 al 24 de febrero, por una Comisión de la Región Cusca, con la fi nalidad de promover el intercambio de experiencias en materia de hidrocarburos y educación productiva, suscribir convenios de cooperación Bilateral, e intercambiar experiencias. Que, la autorización del viaje al exterior del país, al Presidente Regional de Gobierno Regional Cusco, y Consejeros Regionales, tiene especial importancia porque permitirá el intercambio de experiencias y aprendizajes favorables al proceso de masifi cación del gas natural en la Región Cusco, de manera complementaria en la política nacional del Fondo de Inclusión Energética (FISE), corno región productora del recurso no renovable, estrategias que permitirán a los cusqueños benefi ciarse del gas natural directamente, promoviendo efectos colaterales efectivos en la población, el comercio y la industria. Que, conforme lo dispone el inciso u) del Artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional Nº 021-2007- CRIGRC.CUSCO son atribuciones del Consejo Regional del Cusco, entre otros, “Autorizar los viajes en comisión ofi cial de servicio fuera del país del Presidente, del Vicepresidente, los Consejeros Regionales y Funcionarios, también autorizar los viajes ofi ciales fuera del departamento de los Consejeros Regionales.” Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Leyes Modifi catorias; y el Reglamento Interno de Organización y Funciones, ha aprobado emitir el presente; y por tanto: ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior del país en comisión de servicio del Arq. Jorge Isaacs Acurio Tito, Presidente Regional del Gobierno Regional Cusco, para su participación en la Misión de Trabajo en cumplimiento a las políticas nacionales y regionales de Masifi cación del Gas Natural y la Ley de Seguridad Energética, a realizarse en el Estado Plurinacional de Bolivia, del 20 al 22 de febrero del 2013. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, el viaje al exterior del país en comisión de servicio de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional del Cusco, para su participación en la Misión de Trabajo en cumplimiento a las políticas nacionales y regionales de Masificación del Gas Natural y la Ley de Seguridad Energética, a realizarse en el Estado Plurinacional de Bolivia, del 20 al 22 de febrero del 2013; según el siguiente detalle: - Juan Pablo Luza Sikuy, Consejero Regional del Cusca, por la provincia de Paruro. - Edmundo Gutierrez Saldivar, Consejero Regional de Cusca, por la provincia de La Convención. - Yuri Cuno Vera, Consejero Regional de Cusca por la provincia de Calca. - Pablo Olivera Baca, Consejero Regional de Cusca, por la provincia de Anta. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que los gastos de desplazamiento en comisión de servicio del Presidente Regional y los Consejeros Regionales, serán asumidos por el Gobierno Regional Cusco, para lo que la Ofi cina Regional de Administración debe irnplementar las acciones correspondientes y necesarias. Artículo Cuarto.- El presente Acuerdo de Consejo Regional no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo Quinto.- COMUNIQUESE el presente Acuerdo de Consejo Regional a las instancias correspondientes para su atención inmediata en lo que corresponda. Artículo Sexto.- El presente Acuerdo de Consejo Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación. Dado en la ciudad del Cusco a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil trece. Comuníquese, publíquese y cúmplase. VALERIO PACUALA HUILLCA Consejero Delegado período 2013 Consejo Regional del Cusco 983933-1 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Aprueban la Estrategia Regional de Adaptación al Cambio Climático en la Región La Libertad ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2013-GR-LL/CR “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA ESTRATEGIA REGIONAL DE ADAPATACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO EN LA REGIÓN LA LIBERTAD” EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 2 de abril del 2013, el dictamen de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Protección del Ambiente del Consejo Regional La Libertad, relativo a aprobar la Estrategia Regional de Adaptación al Cambio Climático en la Región La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su Artículos 2° y 4° respectivamente, establece que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal. Los Gobiernos Regionales tienen por fi nalidad esencial, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece en su Artículo 38°, que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del gobierno regional y reglamentan materias de su competencia. Que, la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales en su Artículo 53° inciso c) establece que son funciones en materia ambiental: “Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio