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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (06/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Viernes 6 de setiembre de 2013 502370 Exteriores, efectuada en Cancún, se ha programado una Reunión Técnica del Grupo de Servicios e Inversión en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 9 al 11 de setiembre de 2013; Que, dicho evento tiene por fi nalidad analizar y negociar los Anexos de Medidas Disconformes de Servicios e Inversión los cuales establecen normas, regulaciones, reglamentos o medidas de cada país, que no estarán sujetos a las obligaciones de los capítulos de Servicios e Inversión; de esa manera, se determinará el nivel real de apertura y compromisos que cada país asumirá en los temas de Servicios e Inversión; Que, además durante la Reunión Técnica se evaluará que los Anexos refl ejen la legislación de cada país y los compromisos que han asumido en acuerdos comerciales previos, se revisará que los Anexos de los otros países no excluyan los sectores de servicios e inversión de interés para el Perú, y se sustentará la legislación y posición peruana en dichos sectores, entre otros aspectos, a fi n de alcanzar consensos respecto de los Anexos; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado se autorice el viaje de los señores José Luis Castillo Mezarina y Gerardo Antonio Meza Grillo, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en su calidad de miembros del equipo negociador peruano, responsables de las negociaciones de Servicios y de Inversión, respectivamente, representen al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR en la reunión antes mencionada; Que, según el artículo 3º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Entidad es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y responsable en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores José Luis Castillo Mezarina y Gerardo Antonio Meza Grillo, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 8 al 12 de setiembre de 2013, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participen en la Reunión Técnica de la Alianza del Pacífi co, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 1 311,82 x 2 personas) : US$ 2 623,64 Viáticos (US$ 370,00 x 4 días x 2 personas) : US$ 2 960,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente Resolución, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 983579-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 459-2013-DE/MGP Lima, 5 de setiembre de 2013 Visto, el Ofi cio N.1000-1128 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 24 de junio de 2013; CONSIDERANDO: Que, el Comando de la Fuerza Aérea Colombiana, hace extensiva la invitación a las Fuerzas Armadas del Perú, para que participen en diferentes cursos militares programados para el año académico 2013, entre los cuales se encuentra el Curso Internacional de Inteligencia Aérea, a realizarse en la Escuela de Inteligencia Aérea de la Fuerza Aérea Colombiana, ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 9 de setiembre al 11 de octubre de 2013; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Subalterno para que participe en el mencionado Curso; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 1: Formación / Califi cación / Especialización, Ítem 61, Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013; Que, la designación de Personal Naval para que participe en el referido Curso, responde a la necesidad de capacitar al Ofi cial designado en Instituciones Militares Extranjeras, con la fi nalidad de formar carácter y liderazgo, adquirir conocimientos y experiencias en la lucha contra los diferentes agentes generadores de violencia que alteran la seguridad interna en nuestro país; así como, desarrollar una sólida doctrina relacionada con estos temas, garantizando el logro de los más altos estándares de calidad en la capacitación que se imparte en dicha Escuela, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación recíproca asumido por nuestro país; así como, fomentar e incrementar las medidas de confi anza mutua con instituciones armadas de otros países; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Diego Rafael SAN ROMAN Burga, para que participe en el Curso Internacional de Inteligencia Aérea, a realizarse en la Escuela de Inteligencia Aérea de la Fuerza Aérea Colombiana, ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 9 de setiembre al 11 de octubre de 2013, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero,