Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (06/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 24

El Peruano Viernes 6 de setiembre de 2013 502386 de mayo de 2013, la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, remitió el Informe Técnico Nº 06820-2013-SUNARP- Z.R.Nº IX/OC de fecha 13 de mayo de 2013, en el que se concluye que el predio en consulta se encuentra ubicado en ámbito donde a la fecha no se ha encontrado documentación gráfi ca de antecedentes registrales; Que, el tercer párrafo del artículo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspección técnica con fecha 09 de julio de 2013, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza, con suelos de textura arenosa y con afl oramiento rocoso, el cual presenta topografía accidentada; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 21 265,77 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0157-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 26 de julio de 2013. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 21 265,77 m², ubicado a la altura del Km. 9.3 de la Avenida Nicolás Ayllón (Carretera Central), colindante al AA.HH. Las Viñas de Vitarte, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 983926-4 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 115-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de agosto de 2013 Visto el Expediente Nº 243-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 17 242,46 m², ubicado al Noreste de la ciudad de Ancón, entre Punta Mulatos y Punta Laucheros, en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 17 242,46 m², ubicado al Noreste de la ciudad de Ancón, entre Punta Mulatos y Punta Laucheros, en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, con Ofi cio Nº 982- 2012-SUNARP/Z.R.Nº IX/GPI de fecha 14 de mayo de 2012 remitió el Informe Técnico Nº 05142-2012- SUNARP-Z.R.Nº IX/OC, en el que se concluye que el área en consulta se encuentra en ámbito donde a la fecha no se ha identifi cado información gráfi ca de plano con antecedentes registrales; Que, a fi n de actualizar la búsqueda catastral, con Ofi cio Nº 1371-2013-SUNARP/Z.R.Nº IX/GPI de fecha 08 de julio de 2013, la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, remitió el Informe Técnico Nº 9562-2013-SUNARP-Z.R.Nº IX/OC de fecha 02 de julio de 2013, en el que se concluye que el predio en consulta se encuentra en ámbito donde a la fecha no se ha identifi cado información gráfi ca de plano con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 05 de agosto de 2013, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza, de suelo arenoso – limoso con afl oramientos rocosos y libre de ocupación; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 17 242,46 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0148-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 19 de agosto de 2013. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 17 242,46 m², ubicado al Noreste de la ciudad de Ancón, entre Punta Mulatos y Punta Laucheros, en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 983926-5