NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (06/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 14
El Peruano Viernes 6 de setiembre de 2013 502376 Intergubernamental del Sector Educación, aprobado por dicha Comisión según el acta de fecha 14 de agosto de 2012; señalando en su artículo 2, que la Comisión Intergubernamental del Sector Educación es una instancia constituida por el Ministerio de Educación, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, en el marco de los mecanismos de coordinación intergubernamental y la normatividad sobre el desarrollo del proceso de descentralización; Que, el artículo 3 del mencionado Reglamento señala que dicha Comisión tiene por objetivo concertar y articular las políticas, estrategias y acciones que deben implementar los tres niveles de gobierno de manera coordinada, para el fortalecimiento de la gestión descentralizada del Sistema Educativo, que permita brindar un servicio educativo de calidad para el logro de los aprendizajes y el pleno ejercicio del derecho a la educación; Que, de acuerdo con el Acta de la Primera Sesión Ordinaria de 2013 de la Comisión Intergubernamental del Sector Educación, realizada el 07 de mayo de 2013, se acordó llevar a cabo un Censo en las 215 UGEL del país, a fi n de contar con información fi dedigna y actualizada para mejorar la gestión en los campos de la modernización y de la descentralización de la gestión educativa; Que, el Convenio N° 088-2013-ED, Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Estadística e Informática, tiene como objeto la ejecución de los actos necesarios y sufi cientes para llevar a cabo un estudio diagnóstico a nivel nacional, mediante el levantamiento de información primaria, que permita describir las condiciones y situación de las Unidades de Gestión Educativa Local – UGEL, siendo la población objetivo las doscientas quince (215) UGEL distribuidas en los 25 Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana, a fi n de contar con información actualizada y relevante sobre las condiciones de las UGEL a nivel institucional, pedagógico y administrativo; Que, conforme al literal a) del artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012- ED, la Ofi cina de Coordinación Regional es responsable de coordinar las acciones de descentralización en materia educativa con los niveles de gobierno regional y local, y tiene entre otras funciones, asegurar el establecimiento de canales de coordinación y comunicación entre las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada y las direcciones generales y ofi cinas del Ministerio de Educación; Que, en tal sentido, con Informe N° 23-2013-MINEDU/ VMGI-OCR, la Jefa de la Ofi cina de Coordinación Regional del Ministerio de Educación, señala que resulta necesario emitir las orientaciones para la realización del Censo Nacional – Diagnóstico de las Unidades de Gestión Educativa Local en el territorio nacional, a fi n de conocer las dimensiones pedagógica, institucional y administrativa de cada una de ellas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley General de Educación aprobada por la Ley Nº 28044, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED; y, en el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el documento denominado “Orientaciones para la realización del Censo Nacional - Diagnóstico de las Unidades de Gestión Educativa Local en el territorio nacional 2013”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la Ofi cina de Coordinación Regional efectuará el seguimiento y monitoreo de las actividades del Censo Nacional - Diagnóstico de las Unidades de Gestión Educativa Local en el territorio nacional 2013. Artículo 3.- Disponer que los demás órganos, unidades orgánicas y dependencias del Ministerio de Educación brinden el apoyo necesario para el cumplimiento de lo señalado en la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer que la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Ministerial así como el documento que aprueba, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 984156-1 ENERGIA Y MINAS Formalizan requerimiento y dación de la opinión técnica de las autoridades sectoriales, a través del Sistema de Evaluación Ambiental en Línea - SEAL, a efectos de agilizar los procedimientos de evaluación y certificación ambiental de los instrumentos de gestión ambiental aplicables a la Mediana Minería y Gran Minería RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 358-2013-MEM/DM Lima, 4 de setiembre de 2013 VISTO: Resolución Ministerial Nº 270-2011-MEM/DM, que aprobó el Sistema de Evaluación Ambiental en Línea- SEAL para la presentación, evaluación y otorgamiento de Certifi cación Ambiental para la mediana y gran minería. CONSIDERANDO: Que, el artículo 17º del Decreto Supremo Nº 019- 2009-MINAM, establece que en los procedimientos de evaluación ambiental, la autoridad competente, receptora de la solicitud, deberá requerir la opinión técnica a la autoridad sectorial si alguno de los aspectos relacionados al proyecto de inversión (emplazamiento, infraestructuras, instalaciones, uso de recursos naturales u otros) es regulado por ésta; Que, el artículo 76º la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, prescribe que, en atención al criterio de colaboración, las entidades deben proporcionar directamente los datos e información que posean, sea cual fuere su naturaleza jurídica o posición institucional, a través de cualquier medio, sin más limitación que la establecida por la Constitución o la ley, para lo cual se propenderá a la interconexión de equipos de procesamiento electrónico de información, u otros medios similares; Que, con Resolución Ministerial Nº 381-2008- PCM se aprueba los Lineamientos y mecanismos para implementar la interconexión de equipos de procesamiento electrónico de información entre las entidades del Estado; asimismo, por D.S. Nº 004-2013- PCM se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, que considera la necesidad de la gestión por procesos, simplifi cación administrativa y organización institucional; Que, con Resolución Ministerial Nº 270-2011-MEM/ DM, se aprobó el Sistema de Evaluación Ambiental en Línea - SEAL para la presentación, evaluación y otorgamiento de Certifi cación Ambiental para la mediana y gran minería, estableciéndose la obligación de los titulares mineros de presentar los instrumentos de gestión ambiental para la evaluación a cargo de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros exclusivamente por internet; para lo cual, la tramitación y evaluación de los estudios, el traslado de observaciones y levantamiento de las mismas, así como las notifi caciones a los titulares y el ingreso de información se realizará sólo vía SEAL; Que, en ese marco, resulta necesario formalizar