Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2013 (06/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Hospital "Hermilio Valdizan" de la Direccion de Salud IV MORDAZA Este del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Designar a la Medico Cirujano MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Hospital "Hermilio Valdizan" de la Direccion de Salud IV MORDAZA Este del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 984600-2

El Peruano Viernes 6 de setiembre de 2013

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan personal encargado de realizar la funcion de verificacion en las Oficinas de Aseguramiento Sucursal MORDAZA y Sabogal de ESSALUD
RESOLUCION DE GERENCIA CENTRAL DE ASEGURAMIENTO N° 25-GCAS-ESSALUD-2013 MORDAZA, 28 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29135, se establece el porcentaje que debe pagar ESSALUD y la ONP a la SUNAT, por la recaudacion de sus aportaciones, asi como otras medidas para mejorar la administracion de tales aportes; Que, la referida MORDAZA faculta a ESSALUD para ejercer de oficio, las funciones de verificacion de la condicion de asegurados del Regimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud y de otros regimenes administrados por ESSALUD como el Seguro de Salud Agrario; Que, el Decreto Supremo N° 002-2009-TR, Reglamentaria de la Ley N° 29135, en su articulo 8° "Deberes de los verificadores" establece que "Los verificadores estan sujetos a los principios, deberes y prohibiciones eticas establecidas en la Ley N° 27815 ­ Ley del Codigo de Etica de la Funcion

Publica y en la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General"; Que, mediante Resolucion N° 015-GCASEGESSALUD-2009, de 04 de noviembre de 2009, se designan 59 verificadores de las Oficinas de Aseguramiento en el ambito a nivel nacional; Que, resulta necesario adoptar acciones que permitan determinar de manera fehaciente la relacion juridica de seguridad social entre la entidad empleadora y el asegurado declarado; Que, las Oficinas de Aseguramiento Sucursal MORDAZA y Sabogal expresan carencia de personal operativo suficiente, para el cabal cumplimiento del Plan Anual de Verificacion 2013; Que, siendo de absoluta responsabilidad de los Jefes de Aseguramiento Sucursal MORDAZA y Sabogal organizar, ejecutar y controlar las acciones de verificacion de la condicion de asegurados y de entidades empleadoras de trabajadores del hogar, proponiendo para este efecto a los servidores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y GOZZER MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de la Oficina de Aseguramiento Sucursal MORDAZA y el servidor MORDAZA MORDAZA, Narco MORDAZA de la Oficina de Aseguramiento Sucursal Sabogal para desempenar el cargo de Verificadores; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal l) del articulo 4° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia Central de Aseguramiento aprobado por Resolucion Presidencia Ejecutiva N° 533-PE-ESSALUD2011; SE RESUELVE Articulo Primero.- DESIGNAR a los senores, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y GOZZER MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de la Oficina de Aseguramiento Sucursal MORDAZA y el servidor MORDAZA MORDAZA, Narco MORDAZA de la Oficina de Aseguramiento Sucursal Sabogal para que realicen la funcion de verificacion en las Oficinas de Aseguramiento Sucursal MORDAZA y Sabogal respectivamente Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de MORDAZA las acciones para la difusion del contenido y alcances de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Central de Aseguramiento ESSALUD 983700-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe

4.

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