NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (11/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 46
El Peruano Miércoles 11 de setiembre de 2013 502660 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban la Directiva Nº 004-GAT/ MDLP “Devolución de Pago Indebido o en Exceso mediante la Modalidad de Transferencia de Pago de una Cuenta Origen a una Cuenta Destino”, y anexos RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 514-2013-GAT/MDLP La Perla, 2 de setiembre del 2013 Visto, que es necesario crear y aprobar una Directiva para regularizar la Devolución de Pago Indebido o en Exceso mediante la modalidad de Transferencia de Pago de una Cuenta Origen a una Cuenta Destino. CONSIDERANDO: Que, el Art. 39 de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Gerencias resuelvan los aspectos administrativos a su cargo, a través de Resoluciones y Directivas. Que, el objeto de la Directiva Nº 004 “ Devolución de Pago Indebido o en Exceso mediante la Modalidad de Transferencia de Pago de una Cuenta Origen a una Cuenta Destino”, es regularizar el procedimiento para efectuar las Devoluciones de Pagos Indebidos o en Exceso, realizados por concepto de las obligaciones tributarias: Impuesto Predial y Arbitrios Municipales por un mismo predio, según establece el artículo 38º del Código Tributario, siendo esta la Transferencia de Pagos que consiste en trasladar de una Cuenta Origen (donde se efectúo el pago indebido o en exceso) a una Cuenta Destino, de tal manera que los pagos efectuados por un predio a nombre del anterior propietario, sean registrados a nombre del actual propietario, benefi ciando de esta manera al administrado a fi n de que pueda cumplir con sus obligaciones tributarias y además evitando los reembolsos de dinero. Que, conforme a lo establecido en el Código Tributario cuyo Texto Único Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, que en su Art. 30º establece que el pago de la deuda tributaria será efectuado por los deudores tributarios y en su caso por sus representantes. Que, el artículo 38º del Código Tributario- Decreto Supremo Nº 133-2013-EF establece la normatividad respecto a las Devoluciones de Pagos Indebidos o en Exceso, permitiendo qué el administrado en calidad de sujeto pasivo del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales podrá solicitar en la modalidad de Devolución la Transferencia de Pago por su pago Indebido o en Exceso. Que, con Memorándum Nº 188-2013-SGPYP-GPYP- MDLP la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización indica que, de la revisión efectuada al Proyecto de Directiva denominada “Devolución de Pago Indebido o en Exceso mediante la Modalidad de Transferencia de Pago de una Cuenta Origen a una Cuenta Destino”, determina su Procedencia ya que cumple con las especifi caciones técnicas correspondientes. Que, mediante Memorándum Nº 614 -2013-GAJ-MDLP, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente y da su conformidad a la presente directiva por encontrarse de acuerdo a lo normado en el Texto Único Ordenado del Código Tributario, la Ley Orgánica de Municipalidades, y al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Perla, asimismo, por constituir un documento de gestión elemental orientando a la regulación de las Devoluciones de Pagos Indebidos o en Exceso en la modalidad de Transferencia de Pago de una Cuenta Origen a una Cuenta Destino. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972. SE RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 004- GAT/MDLP “Devolución de Pago Indebido o en Exceso mediante la Modalidad de Transferencia de Pago de una Cuenta Origen a una Cuenta Destino”, y anexos 01 y 02 que forman parte integrante de la presente Norma Municipal, la cual surtirá efecto a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del texto integro de la Directiva Nº 004-GAT/MDLP en la página web de la Municipalidad Distrital de La Perla (www. muniperla.gob.pe). Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Directiva a la Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Control y Recaudación y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese publíquese y cúmplase. MARTHA PATRICIA ROJAS CHAMBERGO Gerente Gerencia de Administración Tributaria 986047-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Amplían vigencia del “Plan Director de Desarrollo Urbano de Moquegua - Samegua 2003 - 2010” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2013-MPMN Moquegua, 3 de mayo de 2013 EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO” VISTO, en Sesión Ordinaria del 27-03-2013, el Dictamen Nº 006-2013-CODUIO/MPMN sobre la ampliación de la vigencia del “Plan Director de Desarrollo Urbano de Moquegua - Samegua 2003 - 2010”. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, los Artículos 73º y 79º de la Ley Nº 27972, establecen que las Municipalidades son competentes en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas Urbanas, entre Otras; Que, por Ordenanza Municipal Nº 027-2003- MUNIMOQ de 30-09-2003, se aprobó el “Plan Director de Desarrollo Urbano de Moquegua - Samegua 2003 - 2010” y ampliadas su vigencia hasta 31-12-2012, mediante las Ordenanzas Municipales Nº 005-2011-MPMN y Nº 009- 2012-MPMN; Que, en consecuencia habiendo vencido el período de la segunda ampliación de la vigencia del “Plan Director de Desarrollo Urbano de Moquegua - Samegua 2003 - 2010”, resulta necesario aprobar una nueva ampliación de la vigencia de dicho Instrumento Técnico Normativo de Gestión Municipal;