Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2013 (11/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Miercoles 11 de setiembre de 2013

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cursado a la Congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, le comunica, ademas que "...el Decreto Supremo Nº 0632012-PCM del 07 de junio del 2012, no es de aplicacion al caso especifico del proyecto de Ley de limites entre las provincias de Chincha (Ica) y Canete (Lima), debido a que el Ejecutivo a traves del DNTDT/PCM, se pronuncio en su oportunidad mediante informe tecnico, el cual viene siendo actualizado y contara con la intervencion de las autoridades regionales"; Que, en ninguno de los casos planteados por sus maximas ex autoridades del Organismo Nacional de ese entonces como son: "...dar inicio nuevamente al MORDAZA de demarcacion territorial entre las provincias de Chincha y Canete", y: "... e Informe Tecnico que viene siendo actualizado y contara con la intervencion de las autoridades regionales."; ha sido respetado por el actual Director Nacional de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial; Que, si bien es MORDAZA que el ejecutivo del Gobierno Regional de Ica, es el competente en la materia a nivel regional, el Consejo Regional, ha venido respaldando su actuacion con pleno conocimiento del MORDAZA y sus antecedentes, por tanto declaramos que estamos ante un MORDAZA procedimiento que aun no se ha reiniciado de manera formal y oficial con la MORDAZA de nuestra propuesta, porque consideramos que el Informe Tecnico Nº 001-2004-PCM/DNTDT de fecha 27 de MORDAZA del 2004, es inaplicable, por tanto ineficaz para el MORDAZA proyecto de ley, por haber sido rechazado y archivado por el Congreso de la Republica; Que, de acuerdo a los documentos senalados, el Director Nacional de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, al haber propuesto en agenda un proyecto aun no iniciado y haber incorporado el articulo tercero del proyecto, la aplicacion del Decreto Supremo Nº 063-2012-PCM del 07 de junio del 2012, que regula consulta vecinal, cuando oficialmente la DNTDT habia comunicado que no era de aplicacion al caso especifico del proyecto de Ley de Limites entre las provincias de Chincha (Ica) y Canete (Lima), hecho que exige el pronunciamiento energico del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica; Que, a fin de garantizar los derechos e intereses en defensa de la integridad territorial de la Region Ica, que se sustenta en la identidad regional, es imperativa la preservacion del orden publico en la MORDAZA de controversia, asi como la suspension de actuaciones funcionales predeterminadas orientadas a afianzar presuntos derechos inexistentes a favor de la Municipalidad Provincial de Canete, y la Region MORDAZA Provincias, actos que constituyen MORDAZA provocacion a la institucionalidad; Que, estando a lo acordado por la Comision de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, a traves del Dictamen Nº 001-2013-/COPPAT/CRI, aprobado en la Sesion Ordinaria del 25 de MORDAZA del 2013, con el MORDAZA aprobatorio del Pleno del Consejo Regional de Ica y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y su modificatoria, con la dispensa y aprobacion del acta de la fecha; Ha dado el Acuerdo de Consejo Regional siguiente: Articulo Primero.- EXHORTAR, al senor Presidente del Consejo de Ministros a fin de que haga de conocimiento a los senores Ministros y Ministras de las diferentes Carteras Ministeriales, tener presente que el limite territorial de la Region Ica con la Region MORDAZA Provincias, se inicia en la margen Izquierda del rio Canete (Km 145 Panamericana Sur), cuyo ambito se encuentra en MORDAZA de redelimitacion. Articulo Segundo.- EXHORTAR al senor Presidente de la Corte Suprema de la Republica, y al senor Fiscal de la Nacion, a fin de que los senores Jueces y Fiscales tengan presente que el limite territorial de la region Ica con la region MORDAZA Provincias, se inicia en la margen Izquierda del rio Canete (Km 145 Panamericana Sur),cuyo ambito se encuentra en MORDAZA de redelimitacion. Articulo Tercero.- RESPALDAR las acciones administrativas, constitucionales y de coordinacion parlamentaria, que adopte el Presidente del Gobierno Regional de Ica, a fin de que haga prevalecer el ambito

el Dictamen Nº 001-2013-/COPPAT/CRI, de la Comision de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, y sus modificatorias, le confiere a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Regionales tienen entre sus principales funciones, promover el desarrollo y la economia regional, fomentando inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo, esto conforme establece el articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado; Que, conforme al articulo 8º del Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, los Gobiernos Regionales a traves de sus areas tecnicas de demarcacion territorial, conducen el MORDAZA de demarcacion y organizacion territorial en el ambito regional conforme al Plan de Demarcacion Territorial, para lo cual se encargan de organizar, formular y tramitar ante la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, los expedientes de demarcacion territorial que se genere en el ambito regional; Que, segun el Oficio Nº 040-2013-PCM/DNTDT, de fecha 21 de enero 2013, la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, comunica al Gobierno Regional de Ica que "...considerando la importancia de retomar el MORDAZA de aprobacion del proyecto de delimitacion territorial de las provincia de Chincha (Ica) - Canete (Lima), en la MORDAZA legislatura 2012 del Congreso de la Republica, y considerando los pedidos de los Congresistas y del propio Gobierno Regional de MORDAZA, es que se procedio a la MORDAZA del MORDAZA proyecto de ley con la referencia b)...", a que se refiere el Informe Nº 048-2012-PCM/DNTDT dirigido al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Oficio Multiple Nº 078-2013-PCM/ SG-DNTDT del 06 Febrero del 2013, cursado por la Secretaria de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante el cual se convoca al Gobierno Regional de Ica, a la MORDAZA de la Propuesta Tecnica y del Proyecto de Ley que ha formulado la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, sobre delimitacion territorial entre las provincias de Chincha (Ica) - Canete (Lima), para el 14 de febrero pasado; Que, mediante Oficio Nº 052-2013-GORE-ICA/PR de fecha 25 de enero del 2013, el Presidente del Gobierno Regional de Ica, responde con veracidad, las inexactitudes declaradas por el Magister MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Nacional de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, expresando su rechazo; Que, la actuacion del Director Nacional de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, constituye un atentando contra el debido proceso; informa que ha remitido un proyecto de Ley de manera inconsulta con el Gobierno Regional de Ica, al presentar un MORDAZA proyecto en base al Informe Tecnico Nº 001-2004-PCM/DNTDT de fecha 27 de MORDAZA del 2004, que originara el Proyecto de Ley 10861/2003-PE, que fue archivado (rechazado) hasta en tres oportunidades por el Congreso de la Republica, actuacion incongruente y desafiante al ordenamiento legal de la republica, razon por la cual se ha presentado denuncia penal; Que, dicha actuacion colisiona con el MORDAZA de Predictibilidad, actuando en contra de los criterios tecnicos expresados por las Directoras Nacionales que le antecedieron en el mismo cargo, que refiriendose al Tecnico Nº 001-2004-PCM/DNT han expresado de manera unanime, la Dra. MORDAZA Huamantinco MORDAZA Directora Nacional de ese entonces mediante Hoja Informativa Nº 071-2011-PCM/DNTDT de fecha 13 de octubre del 2011, le responde al senor Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA Abugattas Majluf, cuando al final concluye: "Correspondiendo a los Gobiernos Regionales de Ica y MORDAZA dar inicio nuevamente al MORDAZA de demarcacion territorial, entre las provincias de Chincha y Canete". Luego, la Mag. MORDAZA MORDAZA Arquinego, tambien Directora Nacional de ese entonces, mediante oficio

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