Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2013 (11/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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formular y tramitar ante la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial, los expedientes de demarcacion territorial que se genere en el ambito regional; Que, en la Sesion Ordinaria de Consejo Regional, de fecha 02 de MORDAZA 2013, la Consejera por Chincha MORDAZA Rebatta, informo al Pleno del Consejo Regional, la creacion de la Institucion Educativa denominada "Juan MORDAZA Ruedas" en el llamado Centro Poblado "Las Brisas de Concon", mediante Resolucion Directoral Regional Nº 448-2013-DRELP con fecha 07 de marzo de 2013; atribuyendole indebidamente como ubicacion la Provincia de San MORDAZA de Canete, cuando en realidad dicha circunscripcion territorial corresponde al Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia de Chincha, Region Ica; Que, frente a este hecho, el Pleno del Consejo acordo derivar el presente caso, a la Comision de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional. Esta Comision a fin de tener la informacion tecnica y legal sobre el MORDAZA, solicito informe sobre la creacion del referido colegio en territorio chinchano, a la Direccion Regional de Educacion del Gobierno Regional de Ica, entidad que mediante Oficio Nº 223-2013 GOREICA-DREI/D-ALE de fecha 09 de MORDAZA 2013, concluye que el Gobierno Regional de MORDAZA Provincias a traves de sus Director Regional de Educacion MORDAZA MORDAZA Urban, ha contravenido normas administrativas imperativas de orden publico y de observancia obligatoria, al crear una Institucion Educativa en territorio en el cual no tiene competencia territorial administrativa, incurriendo con dicho acto en nulidad; Que, la Directora Regional de Educacion de Ica, ha constatado in situ, que mediante Resolucion Directoral Regional Nº 448-2013-DRELP con fecha 07 de marzo 2013, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Director Regional de Educacion del Gobierno Regional MORDAZA Provincias, ha autorizado la creacion y registro de la Institucion Educativa de Gestion Publica de Nivel Inicial y Primaria, con el nombre de "Juan MORDAZA Ruedas", consignando en forma ilegal su ubicacion en la provincia de Canete, jurisdiccion de la UGEL Nº 08 de Canete, con vigencia a partir del 01-MAR-2013; documento administrativo que adolece de informe legal y extranamente forma parte de sus considerandos, la conformidad de la UGEL Nº 10 de Huaral; Que, se ha constatado que en la Institucion creada que asiste un promedio de 12 alumnos, incluidos los dos niveles (Inicial - Primaria) de manera intermitente, cuentan con un solo docente excedente de la UGEL Canete y una docente contratada, y que frente a dicho colegio de reciente creacion, se encuentra la Institucion Educativa "Lorenzo Canepa Pachas" Nº 22766, perteneciente a la UGEL-Chincha, que atiende a los niveles de Ecuacion Inicial, Primaria y Secundaria atendiendo a 96 alumnos; Que, el inciso 1) del articulo 3) de la Ley Nº 27444, establece como requisito para la validez de los actos administrativos, la competencia por razon de territorio; y su contravencion a este requisito, de acuerdo al articulo 10º de la citada MORDAZA administrativa, es causal de nulidad administrativa, situacion en la cual estaria incursa la ilegitima Resolucion Directoral Regional Nº 448-2013DRELP con fecha 07 de Marzo del 2013; Que, es de conocimiento publico que la redelimitacion territorial entre la provincia de Chincha de la Region Ica y la provincia de Canete de la Region MORDAZA Provincias, se encuentra en proceso; existiendo criterios tecnicos expresados por las directoras nacionales que refiriendose al Informe Tecnico Nº 001-2004-PCM/DNT han expresado de manera unanime; La Dra. MORDAZA Huamantinco MORDAZA Directora Nacional de ese entonces mediante Hoja Informativa Nº 071-2011-PCM/DNTDT de fecha 13 de octubre del 2011, le responde al senor Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA Abugattas Majluf, cuando al final concluye: "Correspondiendo a los Gobiernos Regionales de Ica y MORDAZA, dar inicio nuevamente al MORDAZA de demarcacion territorial entre las provincias de Chincha y Canete". Luego, la Mag. MORDAZA MORDAZA Arquinego, tambien Directora Nacional de ese entonces mediante oficio cursado a la Congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, le comunica, ademas que "...el Decreto Supremo Nº 0632012-PCM del 07 de junio del 2012, no es de aplicacion al caso especifico del proyecto de Ley de limites entre las provincias de Chincha (Ica) y Canete (Lima), debido a

El Peruano Miercoles 11 de setiembre de 2013

que el Ejecutivo a traves del DNTDT/PCM, se pronuncio en su oportunidad mediante informe tecnico, el cual viene siendo actualizado y contara con la intervencion de las autoridades regionales"; Que, como esta expresado en el Oficio Nº 223-2013GORE-ICA-DREI/D-ALE de fecha 09 de MORDAZA del 2013, la Direccion Regional de Educacion del Gobierno Regional de Ica, Organo Tecnico, Administrativo especializado del Gobierno Regional de Ica, concluye que el Gobierno Regional de MORDAZA, ha contravenido normas administrativas imperativas de orden publico y de observancia obligatoria, al crear una institucion educativa en territorio en el cual no tiene competencia territorial administrativa, incurriendo con dicho acto en nulidad; Que, estando a lo acordado por la Comision de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, a traves del Dictamen Nº 0012013-/COPPAT/CRI, y aprobado en la Sesion Ordinaria del 25 de MORDAZA del 2013, con el MORDAZA aprobatorio del Pleno del Consejo Regional de Ica y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica y su modificatoria, con la dispensa y aprobacion del acta de la fecha; SE ACUERDA: Articulo Primero.- EXHORTAR al senor Presidente del Gobierno Regional de Ica, para que en ejercicio de sus atribuciones interponga las acciones administrativas que correspondan contra la Resolucion Directoral Regional Nº 448-2013-DRELP con fecha 07 de Marzo del 2013; asi como las acciones legales contra los responsables de los actos descritos que vulneran la normativa del Estado. Articulo Segundo.- EXHORTAR al Presidente del Gobierno Regional de Ica, COMUNIQUE a la senora Ministra de Educacion, y del senor Ministro de Economia y Finanzas, para que tomen conocimiento de la situacion controvertida de acciones de administracion paralelas en que viene incurriendo el Gobierno Regional de MORDAZA Provincias; duplicando acciones y recursos fiscales del erario nacional, que denunciamos en el presente Acuerdo. Articulo Tercero.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de mayor circulacion de la Region Ica y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Ica, el presente Acuerdo. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ica para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Ica 986189-1

Exhortan a autoridades del Poder Ejecutivo, Poder Judicial y Ministerio Publico tener presente el limite territorial de la Region Ica con la Region MORDAZA Provincias
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0021-2013-GORE-ICA Ica, 12 de agosto de 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesion Ordinaria de fecha 25 de MORDAZA del 2013, vista la propuesta del Acuerdo de Consejo Regional recaida en

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