Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2013 (11/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Miercoles 11 de setiembre de 2013

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Multisectorial del Programa Regional de Poblacion Iquena para el periodo del 2013-2017", y recibira asistencia tecnica de la Direccion General de Politicas de Desarrollo Social del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP. Articulo Septimo.ESTABLECER que el Financiamiento de las actividades propias del "Programa Regional de Poblacion Iquena para el periodo del 20132017", corresponden a cada una de las entidades e instancias pertinentes, quedan sujetas a su presupuesto institucional autorizado de conformidad con sus prioridades, objetivos y metas, sin demandar recursos adicionales al tesoro publico. Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion, y a la Secretaria General del Gobierno Regional de Ica, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario El Peruano, asi como en el Diario de mayor circulacion de la Region, y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de Ica. Comuniquese al senor Presidente Regional de Ica para su Promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional (e) 986188-1

Regional, por ser de importancia para el Gobierno Regional, la implementacion de politicas publicas, que promuevan el desarrollo integral, y sostenido de la Poblacion de la Region Ica; Que, estando a lo acordado y aprobado en sesion ordinaria de fecha 07 de MORDAZA del 2013, con MORDAZA aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias, y el Reglamento Interno, con la dispensa y aprobacion del acta de la fecha, El Consejo Regional de Ica; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE, APRUEBA EL PROGRAMA REGIONAL DE POBLACION IQUENA PARA EL PERIODO DEL 2013 AL 2017" Articulo Primero.- APROBAR el "Programa Regional de Poblacion Iquena para el periodo del 2013-2017", como un Instrumento de Gestion que plasma la integracion explicita del contexto situacional, y las tendencias demograficas en las diversas iniciativas regionales en favor de un MORDAZA de desarrollo humano e inclusion social. Articulo Segundo.- ESTABLECER la "Comision Multisectorial del Programa Regional de Poblacion Iquena para el periodo del 2013-2017", estamento que se encargara de la implementacion, seguimiento y evaluacion del "Programa Regional de Poblacion Iquena para el periodo del 2013-2017", y estara integrada de la siguiente forma: - El Presidente del Gobierno Regional de Ica o su representante. - Un Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien estara encargada de la Secretaria Tecnica. - Un Representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente. - Un Representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. - Un Representante de la Direccion Regional de Salud de Ica. - Un Representante de la Direccion Regional de Educacion de Ica. - Un Representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de Ica. - Un Representante de la Direccion Regional de Vivienda, Construccion y Saneamiento de Ica. - Un Representante de la Direccion Regional de Transportes y Comunicaciones de Ica. - Un Representante de la Oficina Descentralizada del Ministerio de Economia y Finanzas- CONECTAMEF -ICA. - Un Representante de la Oficina Departamental de Estadistica e Informatica - ODEI - INEI - ICA. - Un Representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social - MIDIS. - Un Representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP. Articulo Tercero.- FORMALIZAR mediante Resolucion Ejecutiva Regional del Gobierno Regional de Ica, la constitucion de los miembros integrantes de la "Comision Multisectorial del Programa Regional de Poblacion Iquena para el periodo del 2013-2017", dentro de 30 dias habiles posteriores a la publicacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y Gerencias Regionales competentes del Gobierno Regional de Ica, la implementacion y monitoreo, a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la elaboracion del Reglamento Interno, Plan de Trabajo y demas instrumentos de gestion, dentro de un plazo de 60 dias habiles, los mismos que seran aprobados mediante Decreto Regional, debiendo dar cuenta de ello al Consejo Regional de Ica. Articulo Sexto.- ESTABLECER que al representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social de Ica, actuara como Secretario Tecnico de la "Comision

Exhortan al Presidente del Gobierno Regional de Ica para que interponga acciones administrativas contra R.D. Nº 448-2013-DRELP
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0020-2013-GORE-ICA Ica, 12 de agosto de 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesion Ordinaria de fecha 25 de MORDAZA del 2013, vista la propuesta del Acuerdo de Consejo Regional recaida en el Dictamen Nº 001-2013-/COPPAT/CRI, de la Comision de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado y sus modificatorias, establecen que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los articulos 11º y 13º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establecen que el Consejo Regional es un organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, en tal virtud es atribucion de este ventilar y regular su funcionamiento; Que, de conformidad con el numeral 7) del articulo 102º de la Constitucion Politica del Peru, es atribucion del Congreso de la Republica, aprobar la demarcacion territorial que proponga el Poder Ejecutivo; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, establece las definiciones basicas, criterios tecnicos y los procedimientos para el tratamiento de demarcacion territorial, asi como lograr el saneamiento de limites y la organizacion racional del territorio de la Republica, normas que deben observarse en los procesos de demarcacion territorial; Que, conforme al articulo 8º del Decreto Supremo Nº 0192003-PCM, los Gobiernos Regionales a traves de sus Areas Tecnicas de Demarcacion Territorial, conducen el MORDAZA de demarcacion y organizacion territorial en el ambito regional conforme al Plan de Demarcacion Territorial, para lo cual se encargan de organizar,

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