NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (12/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
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El Peruano Jueves 12 de setiembre de 2013 502766 ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BONO DE INCENTIVO, “ECOBONO BARRANCA”, A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DE LA CATEGORIA CASA - HABITACION, QUE PARTICIPAN ACTUALMENTE Y DE LOS QUE SE INTEGREN PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE Y RECOLECCIÓN SELECTIVA DE LOS RESIDUOS SOLIDOS DOMICILIARIOS “ECO BARRANCA” Artículo 1º.- APROBAR, las normas que establece el Bono de Incentivo, “Ecobono Barranca”, a favor de los Contribuyentes de la categoría Casa - Habitación, que participan actualmente y de los que se integren para participar en el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de los Residuos Sólidos Domiciliarios “Eco Barranca”; el mismo que está conformado por 10 Artículos y 04 Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales, que en anexo forma parte de la presente ordenanza. Artículo 2º.- DEJAR, sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Artículo 3º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- PUBLIQUESE la presente norma local en el Diario Ofi cial El Peruano, y sus anexos en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe/ y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www. serviciosalciudadano.gob.pe/ conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Artículo 5º.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación, distribución y notifi cación de la presente ordenanza municipal. POR LO TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. Dado en la casa municipal, a los veintiún días del mes de agosto del año dos mil trece. ROMEL ULLILEN VEGA Alcalde Provincial 986664-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China” Entrada en vigencia del “Convenio de Cooperación Económica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Popular China”, suscrito el 20 de agosto de 2012, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 015-2013-RE, de fecha 26 de marzo de 2013. Entró en vigencia el 21 de agosto de 2013. 986983-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN