Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2013 (12/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano Jueves 12 de setiembre de 2013

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TITULO II DE LA LICENCIA DE EDIFICACION EN REGULARIZACION Articulo 2º.- ORGANOS COMPETENTES El organo competente para conocer los procedimientos normados en aspectos Administrativos y Tecnicos es la Sub Gerencia de Obras Privadas y Control MORDAZA, la que resolvera en primera instancia y la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA emitira pronunciamiento en MORDAZA instancia agotando la via administrativa. Articulo 3º.- REQUISITOS El procedimiento administrativo para la regularizacion de edificacion sin licencia se inicia con la MORDAZA de los siguientes documentos. a) Formulario Unico de Edificaciones (FUE).Documento que debe ser llenado por el propietario y por los profesionales responsables del proyecto, en tres juegos con firmas originales. b) MORDAZA de documento que acredite titularidad del inmueble. En los casos de que el predio se encuentre dentro del Regimen de Propiedad Comun y Exclusiva debera de adjuntar autorizacion de la junta de propietarios y reglamento interno inscritos. Los predios que no cuenten con reglamento interno y su respectiva junta de propietarios inscritos, deberan presentar el consentimiento expreso con caracter de declaracion jurada legalizado, de los propietarios de las unidades de vivienda que conforman la edificacion. La propiedad debe encontrarse libre de cualquier MORDAZA judicial de copropiedad. c) Memoria Descriptiva.- Informe de ubicacion, forma, area, medidas, estado de terminacion y de conservacion del predio en tramite; firmado por el profesional constatador responsable de la edificacion. d) Carta de Seguridad de Obra.- Documento que debe ser firmado y MORDAZA por un Ingeniero Civil colegiado y Habilitado, que actua como constatador. e) Antecedentes de la edificacion.- Declaratoria de fabrica, licencia de obra, con sus correspondientes planos de ser el caso. f) Presupuesto de Obra calculado en base a cuadro de valores unitarios oficiales de Edificacion (actualizado a la fecha de regularizacion para el pago de multa) g) Declaracion Jurada de Habilitacion Profesional.Declaracion Jurada simple de estar habilitado por el colegio profesional respectivo. h) Juego de Planos.- Plano de Ubicacion y Localizacion (con cuadro comparativo de areas, secciones de vias), Plantas (totalmente amobladas), Cortes y elevaciones a nivel de proyecto suscrito por el administrado y con firma y sello del profesional constatador responsable del proyecto. Planos de sistema de seguridad, evacuacion y senalizacion (cuando sea necesario). i) Comprobante de Pago por Derecho de Tramite.Recibo original efectuado ante la municipalidad de MORDAZA MORDAZA, por derecho de tramite. j) Pago al Colegios de Arquitectos del Peru (CAP) y para delegado Ad Hoc por derecho de revision del proyecto.-Para los proyectos de Edificacion destinado a uso Educativo. Articulo 4º.- PROCEDIMIENTO El procedimiento administrativo para la obtencion de la Licencia de Edificacion en vias de Regularizacion establecido en la presente MORDAZA, podra ser promovida por la persona natural, propietaria, posesionaria o adjudicataria del predio. Para la inscripcion en los registros publicos de la Licencia de Edificacion en Regularizacion otorgada bajo los alcances de la presente ordenanza debera obtener previamente la Resolucion de Aprobacion de la Habilitacion Urbana.

Sub Gerencia de Obras Privadas y Control Urbano; y La Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA respectivamente proponen el proyecto de ordenanza de procedimiento de regularizacion de edificaciones de Licencia de Obra, Conformidad y Declaratoria de Edificacion, a fin de formalizar las edificaciones en el distrito de uso Residencial y Educativo, asi como reducir las multas sobre dichas edificaciones, dada la existencia de MORDAZA sectores en los cuales se ha construido o MORDAZA edificaciones sin la correspondiente licencia de Edificacion, recomienda que se otorgue beneficio de regularizacion, resultando inaplicables para los predios localizados en areas reservadas para via publica aprobados por ordenanza Nº 341-MML y en algunos casos en que se encuentre en la prolongacion de via existente y que forman parte de algun tramo vial. Que, la Normativa presentada esta dirigida a la regularizacion de aquellas edificaciones efectuadas sin la correspondiente licencia de Construccion, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley Nº 29090, 29300, 29476 y 29898, el D.S. Nº 024-2008-VIVIENDA y el D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA y la existencia de un gran numero de edificaciones que no han logrado su regularizacion en los plazos establecidos por las normativas anteriores (Ord. Nº 068-2011MDSA; Ord. Nº 084/MDSA; Ord. Nº 109/MDSA) se hace necesario permitir la regularizacion de tales edificaciones permitiendo su formalizacion, traves de esta Ordenanza procedimiento de Regularizacion de Edificaciones sin Licencia de Obra, otorgando mayor flexibilidad de manera temporal en cuanto a los requisitos y procedimientos que deben de seguir los propietarios, poseedores de los inmuebles dentro del Distrito de MORDAZA MORDAZA, permitiendo para ello la reduccion de multas y derechos sobre las edificaciones que se acojan a la presente ordenanza. Que, la presente gestion municipal consciente de las dificultades economicas que afectan a nuestros vecinos, resulta considera conveniente la emision de dicha ordenanza, para establecer un procedimiento de regularizacion de edificaciones de Licencia de Obra. Que, estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º, numeral 8) y el articulo 40º de la ley organica de las Municipalidades, el consejo Municipal por mayoria. Aprueba la siguiente ordenanza. PROCEDIMIENTO DE REGULARIZACION DE EDIFICACIONES SIN LICENCIA DE OBRA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- DE LOS ALCANCES Y LA VIGENCIA Los propietarios de edificaciones ubicadas en el distrito de MORDAZA MORDAZA, podran acogerse a los beneficios establecidos en la presente ordenanza que hayan ejecutado obras de ampliacion, remodelacion (culminadas y/o casco habitable) y demolicion, deben haber concluido MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, expedientes de licencias de obra pendientes de pago de liquidacion y multa por derecho a Regularizacion y los que hayan sido resueltos dentro de la vigencia de la presente MORDAZA, que cumpla con el Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) y/o la presente norma. La presente ordenanza sera de aplicacion en todo el ambito de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, no es aplicable a los predios localizados en areas de reserva para la via publica aprobados por la ordenanza Nº 341-MML, a los predios ubicados en la prolongacion de vias existentes que forman parte de un tramo vial, a edificaciones que se encuentren edificadas dentro de un area destinado para reserva o servidumbre y bajo lineas de alta tension y/o predios que contravengan las normas tecnicas. Se consideran aptas para regularizar construcciones sobre terrenos que a la fecha cuenten con proyecto de Habilitacion MORDAZA aprobado o con estudios preliminares aprobados. El plazo para acogerse a los beneficios de la presente ordenanza para edificacion de Uso Vivienda es hasta el 31de Diciembre del 2013 y para edificaciones de Uso Educativo es hasta el 31 de Octubre del 2013.

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