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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (12/09/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 102

El Peruano Jueves 12 de setiembre de 2013 502764 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTOS: El Decreto de Alcaldía Nº 08-2013-MSS, el Memorándum Nº 490-2013-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 650-2013-GAJ- MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone la modifi cación de las Bases del Sorteo “Tu responsabilidad tributaria tiene ¡PREMIO!”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 08-2013-MSS del 08.05.2013 se aprobó las Bases del Sorteo Público “Tu responsabilidad Tributaria tiene Premio!”, las cuales contemplan los términos y condiciones de realización del sorteo, el lugar, hora y fecha, el premio, los que pueden y no pueden participar, el lugar de la entrega del premio, y demás condiciones; Que, mediante Memorándum Nº 490-2013-GAT-MSS del 29.08.2013, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que se implementó el programa de sorteo público de dos (02) vehículos entre los contribuyentes del distrito que realicen el pago de sus obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio 2013. Siendo que el sorteo del primer vehículo consistente en una (01) camioneta 4x4 “cero kilómetros” se realizó el 20.05.2013 en presencia de Notario Público de Lima, funcionarios de la Administración, el representante del Órgano de Control Interno y público asistente, en él, participaron contribuyentes que cumplieron con el pago de sus obligaciones tributarias al primer vencimiento (28.02.2013), y adicionalmente, aquellos que pagaron fuera del plazo de vencimiento hasta el 31.03.2013; Que, la Gerencia de Administración Tributaria, agrega que se encuentra pendiente la realización del sorteo del segundo vehículo, que al igual que en el primer sorteo, se trata de una (01) camioneta 4x4 “cero kilómetros”, propone para tal efecto, que se adicione el literal e) al Artículo Primero, se modifi que el Artículo Segundo, el cuarto párrafo del Artículo Quinto y el Artículo Sétimo del Anexo I del Decreto de Alcaldía Nº 08-2013-MSS que aprobó las Bases del Sorteo Público “Tu Responsabilidad Tributaria tiene ¡Premio!”; Que, asimismo la Gerencia de Administración Tributaria señala que, la modifi cación del Decreto de Alcaldía Nº 08-2013-MSS no constituye la creación de nuevos tributos u obligaciones para los contribuyentes, ni establece recorte alguno en los derechos o benefi cios existentes y vigentes a la actualidad; sino que, por el contrario, constituye un benefi cio a favor de los vecinos por tratarse de un incentivo para el cumplimiento de la obligación tributaria ante esta Administración, por lo que resulta factible prescindir de la prepublicación, conforme al Artículo 14º, numeral 3), acápite 3.2 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y la Directiva Nº 005- 2009-MSS aprobada mediante Resolución Nº 220-2009- RASS; siendo innecesaria la prepublicación por cuanto la propuesta normativa contiene un benefi cio tributario de carácter temporal cuyo otorgamiento es potestativo de la Institución; Que, mediante Informe Nº 650-2013-GAJ-MSS del 02.09.2013, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la modifi cación del Decreto de Alcaldía Nº 08-2013-MSS, propuesto por la Gerencia de Administración Tributaria, debiendo elevarse la propuesta normativa al despacho de Alcaldía, conforme a lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Nº 27902; Que, de conformidad con el Informe Nº 650-2013-GAJ- MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 490-2013-GAT-MSS la Gerencia de Administración Tributaria, de conformidad con las facultades señaladas en el numeral 6) del Artículo 20º y el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- ADICIONAR el literal e) en el Artículo Primero del Anexo I, de las Bases del Sorteo “Tu responsabilidad tributaria tiene PREMIO!”, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 08-2013-MSS: “Artículo Primero: Glosario de términos Para efectos del sorteo, se tendrán en cuenta las siguientes defi niciones: (…) e. CARGO AUTOMÁTICO EN CUENTA O TARJETA: aquella operación bancaria mediante la cual, el titular de una cuenta bancaria (ahorros o corriente) o de una tarjeta de crédito, autoriza a la entidad bancaria a realizar los pagos de servicios que desee a través de dicha cuenta o tarjeta, mediante la afi liación del pago del servicio. Asegurando de esta manera, el pago oportuno de sus obligaciones, en forma automática”. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Artículo Segundo, el cuarto párrafo del Artículo Quinto y el Artículo Sétimo del Anexo I, de las Bases del Sorteo “Tu responsabilidad tributaria tiene PREMIO!”, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 08-2013-MSS, debiendo quedar redactados de la siguiente manera: “Artículo Segundo: Términos y condiciones para participar en el segundo sorteo Para participar en el segundo sorteo, se tendrán en cuenta las siguientes condiciones: - Participan en el segundo sorteo, los Contribuyentes Surcanos que no registren deudas tributarias en el SATTI y que hayan realizado el pago de tres o más cuotas de sus obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio 2013, dentro de las fechas de vencimiento de la primera, segunda y tercera cuota del año 2013. - De acuerdo al número de cuotas y medio utilizado para el pago, el contribuyente surcano recibirá un número de opciones de participación en el sorteo, de acuerdo a la tabla que se detalla a continuación: PAGOS EFECTUADOS HASTA EL 29 DE AGOSTO DE 2013 PAGO DE FORMA DE PAGO Vía página web Cargo automático en cuenta o tarjeta o pago en banco con cualquier medio de pago En caja de la municipalidad con cualquier medio de pago 5 cuotas 20 opciones 20 opciones 10 opciones 3 cuotas 06 opciones 06 opciones 03 opciones - Adicionalmente, se considerará para la participación en el sorteo, a todo contribuyente surcano que no registre deuda tributaria al 31 de agosto de 2013, de acuerdo a la tabla que se detalla a continuación: PAGOS EFECTUADOS HASTA EL 31 DE AGOSTO DE 2013 PAGO DE FORMA DE PAGO Vía página web Cargo automático en cuenta o tarjeta o pago en banco con cualquier medio de pago En caja de la municipalidad con cualquier medio de pago 5 cuotas 10 opciones 10 opciones 05 opciones 3 cuotas 03 opciones 03 opciones 03 opciones - No podrán participar los contribuyentes personas jurídicas (bajo cualquier modalidad societaria o asociativa), sucesiones e inafectos al Impuesto Predial. - No participarán en el sorteo el Alcalde, los Regidores, los funcionarios y trabajadores de la municipalidad (bajo cualquier modalidad de contratación), así como sus parientes hasta el primer grado de consaguinidad y por razón de matrimonio. Para este efecto, la Subgerencia de Gestión del Talento Humano proveerá la relación de los ciudadanos antes mencionados a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a fi n que sean excluidos del listado de participantes. - No participarán en el sorteo los contribuyentes benefi ciados con premios en sorteos anteriores.”