Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2013 (12/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano Jueves 12 de setiembre de 2013

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asuntos de su competencia", en concordancia con lo senalado en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru. Que, el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece: "el deber de contribuir a una efectiva gestion ambiental y de proteger el ambiente asi como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva". Que, el articulo 43º de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos, establece que: "las autoridades sectoriales y municipales estableceran condiciones favorables que directa o indirectamente generan un beneficio economico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimizacion o segregacion de materiales en la fuente para su reaprovechamiento", entre otros. Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, senala que: "la municipalidad tanto provincial como distritales es responsable por la gestion y manejo de los residuos de origen domiciliario comercial y aquellos similares a estos originados por otras actividades, correspondiendo como municipalidad distrital asumir lo dispuesto en el numeral 2, incisos a), b), c), d), e), f) y g)". Que, el articulo 7º de la Ley Nº 29419 - Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, senala que: "los gobiernos locales implementan programas de incentivos a la segregacion en la fuente, los cuales pueden incluir compensacion a los contribuyentes a traves de la reduccion del pago de tarifas o la entrega de bienes o servicios a menos costo o de forma gratuita, como parte de programas de certificacion ambiental de empresas o instituciones en general". Que, el articulo 47º del Reglamento de la Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, Decreto Supremo Nº 005-2010-MINAM senala que: "la municipalidad establecera progresivamente un MORDAZA de incentivo a los vecinos que participan del Programa de Formalizacion de Recicladores y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos reaprovechables y los entregan a los recicladores autorizados por la Municipalidad, segun la cantidad de los residuos que se producen, al menos una vez por semana. El beneficio del MORDAZA de incentivo sera regulado por Ordenanza Municipal y permitira un descuento en el pago de arbitrios del siguiente trimestre o ano, siempre y cuando los pagos hayan sido efectuados puntualmente". Que, el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisa que: "las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones dentro de los limites que fije la ley". Que, el Decreto Supremo Nº 002-2013-EF, que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano fiscal 2013, establece como Meta 16 Implementar un Programa de Segregacion en la Fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en un 10% de viviendas urbanas del Distrito. Que, el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios, tiene como objetivo lograr el desarrollo de un modelo integral para el reaprovechamiento de los residuos solidos inorganicos segregados en la fuente, como base de la cadena productiva del reciclaje, permitiendo: 1) Generar la inclusion social de los recicladores a traves de puestos de trabajo dignos, 2) Preservar los recursos naturales, 3)Desarrollar una cultura ambiental en los ciudadanos, 4) Reducir el alto indice de morosidad por el pago de arbitrios, y 5) Incrementar la MORDAZA util de los rellenos sanitarios, reduciendo la disposicion final de los residuos solidos. Que, despues de algunas intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 9º; 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, el Pleno del Concejo Municipal con el UNANIME de los senores regidores presentes y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta; se aprobo la siguiente:

"Articulo QUINTO: Actividades preparatorias del sorteo (...) Asimismo, la Gerencia de Tecnologias de la Informacion debera proporcionar un CD conteniendo la informacion senalada en el cuadro precedente, setenta y dos (72) horas MORDAZA del sorteo, a cada uno de los funcionarios y autoridades indicados en el Articulo Tercero." "Articulo SETIMO: Elaboracion del Acta del resultado del sorteo Una vez obtenido el resultado del sorteo mencionado, el Notario Publico de MORDAZA elaborara el Acta correspondiente en donde se especificara, entre otros, los datos del contribuyente ganador del sorteo." Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia, en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion su publicacion en el MORDAZA institucional www. munisurco.gob.pe. Articulo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente MORDAZA a la Gerencia Municipal, Gerencia de Tecnologias de la Informacion, Gerencia de Administracion Tributaria, Subgerencia de Orientacion, Registro y Recaudacion Tributaria y Subgerencia de Gestion del Talento Humano; asi como la difusion de la misma a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 986669-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Establecen el MORDAZA de Incentivo "Ecobono Barranca", a favor de los contribuyentes de la categoria Casa-Habitacion que participen del Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de los Residuos Solidos Domiciliarios "Eco Barranca"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0029-2013-AL/CPB EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 21 de Agosto del 2013, en la estacion Orden del Dia, el Proyecto de Ordenanza que establece el MORDAZA de Incentivo, "Ecobono Barranca", a favor de los Contribuyentes de la categoria MORDAZA - Habitacion, que participan actualmente y de los que se integren para participar en el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de los Residuos Solidos Domiciliarios "Eco Barranca"; y, CONSIDERANDO: Que, segun lo senalado en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades: "los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los

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